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Fútbol

El Tribunal de UE anula las multas al Valencia y al Elche por ayudas ilegales

  • Bruselas reclamaba 20,4 millones de euros al Valencia y 3,7 al Elche
  • La reclamación surgió a raíz de los avales otorgados por el Instituto Valenciano de Finanzas

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Imagen panorámica de Mestalla, el estadio del Valencia.
Imagen panorámica de Mestalla, el estadio del Valencia.

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha anulado la decisión de la Comisión Europea de imponer multas a los clubes de fútbol Valencia CF, por lo que estos equipos no tendrán que abonar las sanciones que les reclamaba Bruselas por presuntas ayudas de Estado ilegales.

El Ejecutivo comunitario había impuesto al Valencia una multa de 20,4 millones de euros y al Elche otra de 3,7 millones a raíz de los avales otorgados por el Instituto Valenciano de Finanzas que, según Bruselas, les permitió obtener préstamos en condiciones más favorables cuando atravesaban dificultades económicas.

Entre 2009 y 2010, el Instituto Valenciano de Finanzas (IVF) había concedido varios avales a fundaciones vinculadas a clubes de fútbol profesional de la Comunidad Valenciana, unas medidas que la Comisión Europea consideró ilegales en julio de 2016, tras lo que obligó a su recuperación.

La decisión de la corte europea, con sede en Luxemburgo, considera que el razonamiento de Bruselas para imponer las sanciones "adolece de varios errores manifiestos de apreciación", como valorar que ninguna entidad financiera concedería al Valencia un aval estando el club en crisis.

La Comisión tampoco valoró si "resultaba manifiesto que el Valencia CF no habría obtenido facilidades comparables de un operador privado" en lugar de del IVF. Para el TGUE, la Comisión "no respaldó suficientemente su afirmación de que no existía un precio de mercado para un préstamo similar no avalado", lo cual atribuía al "número limitado de observaciones de operaciones similares en el mercado".

Considera "inexacto" el cálculo de Bruselas

Además, considera "inexacto" el cálculo de Bruselas de que las acciones del Valencia tenían un valor prácticamente nulo al hallarse el club en crisis, ya que el ejercicio anterior a esa fecha había arrojado beneficios y la Comisión tampoco tuvo en cuenta "la existencia de un patrimonio neto importante del club".

En cuanto al Elche, el tribunal considera que Bruselas erró "al no tomar en consideración la situación económica y financiera de la fundación prestataria vinculada al Elche CF, la Fundación Elche", ya que ésta era la que se beneficiaba del aval controvertido conforme al contrato celebrado con el IVF pese a que la Comisión no lo viese así.

La Comisión tampoco tuvo en cuenta que la Fundación Elche había concedido al IFV una hipoteca sobre una parcela como contragarantía, ni la recapitalización del Elche CF. Además, al igual que con el Valencia, la Comisión había considerado que ninguna entidad financiera concedería un aval a una empresa en crisis, una valoración que el TGUE considera errónea.

La Comisión Europea puede presentar ahora un recurso de casación ante el Tribunal de Justicia de la UE para contestar la anulación de las sanciones, en un plazo de dos meses y diez días a partir de la notificación de la resolución.