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Bruselas denuncia a España ante el TJUE por no trasponer completamente la normativa MiFiD II a su legislación

  • La normativa tiene como objetivo mejorar la transparencia en los mercados financieros
  • Según la Comisión Europea, España solo ha notificado una trasposición parcial de la misma

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Jean-Claude Juncker, presidente de la Comisión Europea, durante una comparecencia en Bruselas la pasada semana
Jean-Claude Juncker, presidente de la Comisión Europea, durante una comparecencia en Bruselas la pasada semana

La Comisión Europea (CE) ha informado este jueves de que denunciará a España ante el EspañaTribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por no incorporar plenamente en su legislación nacional la normativa sobre mercados de instrumentos financieros (MiFID II), puesto que hasta la fecha "España solo ha notificado una trasposición parcial", ha indicado la Comisión en un comunicado.

El Ejecutivo comunitario había dado en enero dos meses a España para que terminase de trasponer esta normativa de 2014 y una directiva delegada vinculada a esta de 2016, que deberían haber sido incluidas en julio de 2017.

Las normas en cuestión se aprobaron como respuesta a la crisis financiera para mejorar la transparencia de estos mercados y conseguir que se negocie menos en la sombra, e introducen reglas en materia de organización de las empresas de servicios de inversión, servicios de suministro de datos o para los mercados de pymes.

También regulan las salvaguardas de los instrumentos financieros y fondos de los clientes, así como la percepción de honorarios, comisiones u otros beneficios.

Europa abierta - Mifid II: una directiva europea para mayor transparencia en los mercados - escuchar ahora

Los mercados son menos seguros

El hecho de que no estén completamente incorporadas a la legislación nacional "hace que los mercados sean menos seguros, ya que los centros de negociación y las empresas de inversión no tienen que operar con arreglo a requisitos operativos más estrictos y transparentes", ha dicho el Ejecutivo comunitario.

Además, ha añadido, las autoridades nacionales competentes no pueden expedir autorizaciones legalmente correctas para actividades que no estaban previamente reguladas, o que estaban reguladas de forma diferente a la directiva previa, MiFID I.

La Comisión ha recordado que MiFID II es aplicable desde el 3 de enero de 2018 y que, la falta de transposición en algunos Estados "perturba el mercado único", al tiempo que advirtió de que el régimen de "pasaporte" transfronterizo de varias actividades y servicios de inversión podría funcionar peor en los países dónde no se ha incorporado la normativa.

El Ejecutivo comunitario abrió este procedimiento de infracción en septiembre de 2017 tanto para España como para Eslovenia, que también será llevada ante el TJUE por este motivo.