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El Supremo confirma la libertad de Miguel Ricart, el asesino de las niñas de Alcàsser

  • Quedó en libertad en noviembre de 2013, con el fin de la doctrina Parot
  • Los recursos de casación contra su libertad han sido desestimados

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Miguel Ricart, el único condenado por el triple crimen de Alcàsser sale de la cárcel
Miguel Ricart, único condenado por el triple crimen de Alcàsser, a su salida de la prisión, en Ciudad Real.

La sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado este martes la libertad de Miguel Ricart, que salió de prisión en noviembre de 2013, tras permanecer 20 años encarcelado, por el secuestro, violación y asesinato de Miriam, Toñi y Desirée, las tres niñas de Alcàsser (Valencia), ocurrido a finales del año 1992.

Ricart, alias El Rubio, salió de la cárcel en noviembre del pasado año tras tumbarse la doctrina Parot.

Se trata de la única persona condenada por el asesinato de Miriam García, Toñi Gómez y Desirée Hernández, las niñas de 14 y 15 años que desaparecieron en noviembre de 1992 y cuyos cuerpos fueron localizados en el paraje de La Romana el 27 de enero de 1993. El otro considerado autor de este suceso, Antonio Anglés, huyó y figura en paradero desconocido desde entonces.

El Rubio, que fue condenado en el año 1997 a 170 años de prisión por el triple crimen, tendría que haber salido del establecimiento penitenciario en 2011, pero un año antes se le decidió aplicar la conocida doctrina Parot, y se alargó así su permanencia hasta 2023, es decir, cuando hubiera cumplido los 30 años de cárcel, la máxima pena que contemplaba la ley.

Sin embargo, con la desactivación de esta doctrina por parte del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), la Audiencia de Valencia acordó la inmediata libertad del condenado al estimar que se habían cumplido las penas impuestas.

No hubo recurso del Ministerio Fiscal

Contra esta decisión de libertad, las acusaciones particulares, la popular y el abogado del Estado presentaron recursos de casación ante el TS, que ahora han sido desestimados, sin entrar a estudiar el fondo de los mismos, al considerar que en este caso, el ministerio fiscal, "único legalmente facultado", no recurrió la resolución valenciana.

Al respecto, la Sala recuerda que la Ley Orgánica del Poder Judicial excluye expresamente la posibilidad de que quien no sea el ministerio fiscal se encuentre habilitado para recurrir en casación las decisiones adoptadas en esta fase de ejecución de sentencia condenatoria.

El fiscal no se opuso a su puesta en libertad en aplicación a la sentencia europea, al tiempo que consideraba correcta la liquidación de la condena que se aplicó sobre el reo.

En concreto, el Tribunal Supremo dice en su sentencia: "La constancia de falta de legitimación para interponer un recurso como el presente por parte de las acusaciones, particular y popular, así como por la responsable civil subsidiario, y la ausencia de recurso por el ministerio público, único legalmente facultado para ello, nos aboca inexorablemente y sin necesidad de entrar a examinar los motivos planteados en los recursos a la desestimación de todos ellos".

Al respecto, la Sala recuerda que la Ley Orgánica del Poder Judicial excluye expresamente la posibilidad de que quien no sea el ministerio fiscal se encuentre habilitado para recurrir en casación las decisiones adoptadas en esta fase de ejecución de sentencia condenatoria.

Las niñas fueron asesinadas en 1992

El triple crimen tuvo lugar el 13 de noviembre de 1992 en el paraje de 'La Romana', en una casa abandonada a la que llevaron a las tres niñas de Alcàsser. Un día después de aparecer los cuerpos, el 28 de enero de 1993, la Policía pudo detener a Miguel Ricart, y seguidamente entró en prisión.

En el año 1997, la Audiencia condenó a Ricart a la pena de 170 años de prisión como autor de tres delitos de asesinato y de cuatro delitos continuados de violación, en concurso ideal con tres delitos de rapto, con la concurrencia de las circunstancias agravantes de despoblado y ensañamiento en relación a los delitos de asesinato y violación.

Esta resolución fue declarada firme por el Supremo en junio de 1999, tras desestimarse los recursos de casación. A Ricart se le aplicó la doctrina Parot, con lo que se evitó su salida de prisión prevista para el año 2011, pero tras la anulación de esa doctrina, en 2013, la Audiencia de Valencia, tras escuchar a las partes, decidió dejarle en libertad.

Miguel Ricart, natural de Catarroja (Valencia), ingresó en prisión por estos hechos cuando tenía 23 años, y la abandonó con 44 años a sus espaldas. La primera cárcel que pisó fue la de Picassent, aunque luego también fue destinado a la de Castellón, la de Zuera (Zaragoza) y, finalmente, a la de Herrera de La Mancha, en el municipio de Manzanares, en Ciudad Real, donde pasó sus últimos días entre rejas.