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El Tribunal Supremo prohíbe la inscripción de Sortu como partido político

  • Ha habido tres votos particulares en contra de esta decisión
  • Se buscaba la unanimidad, pero por primera vez no ha habido consenso

El fallo supone que Sortu no concurrirá en los comicios, aunque es recurrible

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El Tribunal Supremo prohíbe la inscripción de Sortu como partido político

La Sala del 61 del Tribunal Supremo ha acordado por mayoría prohibir la inscripción como partido político de Sortu, la nueva formación de la izquierda abertzale, en una votación con tres votos particulares en contra, según han informado a TVE fuentes del Alto Tribunal.

Contra todo pronóstico, el Tribunal Supremo ha dado a conocer este mismo miércoles su decisión sobre la legalización de la nueva marca de Batasuna.

Por mayoría, han dado la razón a la Abogacía del Estado y a la Fiscalía que consideraban esta formación una continuación de Batasuna, ilegalizada en marzo de 2003 por su vinculación con la organización terrorista ETA.

Ahora Sortu tiene 30 días de plazo para presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (TC) por vulneración de derechos fundamentales. Sin embargo, el Consitucional no tiene un plazo límite para pronunciarse sobre esta cuestión.

Por eso, en principio, esta decisión de la Sala del 61 del Supremo imposibilitará la concurrencia de Sortu a las elecciones del próximo 22 de mayo. Para que esto ocurriera, el Constitucional debería tomar una decisión, y además a favor de la nueva formación de la izquierda abertzale, antes del 18 de abril, fecha límite para la inscripcíón de partidos en estos comicidios.

Por primera vez no ha habido consenso

Los 16 magistrados que componen la Sala del 61 han estado reunidos casi 10 horas para acordar el futuro de Sortu.

El objetivo era llegar a una decisión por unanimidad pero no ha habido consenso. Es la primera que la Sala del 61 toma una decisión de estas características con tres votos particulares.

A las 10.00 horas el Tribunal Supremo ha iniciado la deliberación para decidir si la nueva formación de la izquierda abertzale debía ser inscrita en el registro de partidos políticos.

Durante dos horas y media el magristrado responsable de la ponencia, Carlos Lesmes, ha dado sus argumentos a favor de la ilegalización de Sortu.

La decisión se ha alcanzado tan sólo un día después de que la Sala del 61 concluyera la vista pública para estudiar este asunto, que finalizó con los alegatos en favor de la ilegalización del representante de los Servicios Jurídicos de Estado Manuel Rivero y del fiscal de Sala de lo Contencioso-Administrativo Antonio Narváez.

La defensa de la nueva marca de la izquierda abertzale, ejercida por los letrados Iñigo Iruin y Adolfo Araiz, había pedido que se declarara justamente lo contrario, es decir, que Sortu no es continuación de Batasuna y que cumple con los requisitos de la Ley de Partidos Políticos.