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La reforma de la ley de infancia da voz a los niños: las claves del nuevo texto

  • El Gobierno pone en el centro el "interés superior del menor" en esta revisión de la LOPIVI
  • Los expertos resaltan avances como la eliminación del límite de edad para declarar pero alertan de retos pendientes
Claves de la reforma de la ley de infancia
Un bebé sujeta la mano de una persona adulta Elisa Schu/picture alliance via Getty Images

La Ley de protección a los menores frente a la Violencia (LOPIVI) nació hace más de un lustro como una herramienta integral para garantizar el interés superior del menor en situaciones complejas. El Gobierno asume ahora que hacen falta algunos ajustes de la conocida como 'Ley Rhodes', en referencia al pianista que sufrió abusos sexuales en la infancia, para lo cual ha anunciado una batería de cambios.

La reforma "pretende actuar donde la ley actual ha fallado", ha explicado la ministra de Juventud e Infancia, Sira Rego, al término del Consejo de Ministros en el que se han aprobado los cambios. Uno de los más destacados plantea que los menores sean escuchados en cualquier proceso que les afecte, sin tener en cuenta su edad. Hasta ahora, la obligatoriedad de declarar sólo se planteaba para niños y niñas de más de 12 años o con una "madurez suficiente".

Este compromiso entronca con la Convención sobre los Derechos del Niño, que en su artículo 12 a contempla dar la oportunidad al niño de "ser escuchado" en todo procedimiento que le afecte, como explica a RTVE Noticias la abogada especializada Ana Rodríguez, que llama a "erradicar del imaginario popular la idea de que los niños eligen cuando tienen 12 años". Ahora, podrán hablar "sin límite de edad y sin límite de de condición", resalta Rodríguez, que tiene pendiente de hecho el avance de un juicio por custodia en el que ella misma reclama que un niño de siete años pueda tomar la palabra.

Sin embargo, considera que el derecho a la escucha debe ir siempre acompañado de otras mejoras. "Los niños tienen que ser oídos, pero con garantías", lo que incluye, según esta abogada miembro de la Asociación Madrileña de Abogados de Familia e Infancia (AMAFI), adoptar medidas para no "revictimizar" al menor y que declare en "un entorno seguro", como pueda ser una cámara de Gessell menos hostil que una sala de juicios.

La responsable de incidencia política de la ONG Save the Children, Carmela del Moral, coincide en que, aunque “todo avance en mejorar la respuesta que se da a la atención a los niños frente a la violencia es positivo”, está ahora "como se implementan" los cambios. Apelar al interés superior del niño a su derecho a prestar declaración es "fundamental", añade en declaraciones a RTVE Noticias, pero no basta y es necesario determinar "cómo se va a hacer esta escucha” y que sea respetuosa, con profesionales formados y un lenguaje adaptado a la situación.

Por su parte, la responsable de Incidencia Política de UNICEF España, Lucía Losoviz, considera positivo el hecho de que “podrán estar acompañados por una persona de confianza y elegir el sexo de quien les entreviste, especialmente en casos de violencia o maltrato”, pero ve margen de mejora para ampliar el rango de edad para el caso de las pruebas preconstituidas —la grabación de las declaraciones de un menor de edad para evitar su revictimización—, ya que actualmente se contempla para niños de hasta 14 años y personas con discapacidad, pero la organización reclama "que se amplíe hasta los 17 años, incluidos".

El interés superior del menor

Rego ha apelado en varias ocasiones durante la rueda de prensa al "interés superior del menor", el eje que vertebra toda esta reforma. El concepto figurará por escrito, de tal forma que, como apunta la portavoz de UNICEF en un comunicado, "dejará de ser una fórmula abstracta para convertirse en un principio con criterios claros". “Eso implicará que todas las decisiones que afectan a niños, niñas y adolescentes deberán explicar de manera expresa cómo se ha valorado y aplicado este principio”, ha valorado.

Save the Children publicó en diciembre el estudio 'Por una justicia a la altura de la infancia', elaborado a partir del análisis de 345 sentencias de abusos sexuales, y concluyó, como recuerda ahora Carmela del Moral, que en ninguna se recoge de manera expresa ese "interés superior" del niño, "cuando debería ser la base", por lo que ve positivo reforzar incorporar el concepto hasta el punto de convertirlo en el núcleo legal y judicial.

El Gobierno pone el foco en la protección del bienestar físico, emocional y psicológico de los menores, de tal manera que plantea el alejamiento de cualquier persona que le violente. Si un niño o niña expresa rechazo hacia uno de sus progenitores, el sistema deberá investigar las causas del rechazo y proteger a la persona menor de edad, según el Ministerio, que insiste en descartar la custodia compartida cuando existan indicios de que puede repercutir negativamente en el niño.

El nuevo texto prohíbe de forma expresa planteamientos sin aval científico como el síndrome de alienación parental, lo que implica descartar cualquier informe público o privado basado en ellos y la impugnación de las resoluciones que los utilicen como base. “España es el primer país en prohibir su uso por ley”, ha enfatizado la ministra al aludir a estos informes "pseudocientíficos" que ya estaban a priori descartados.

A nivel profesional, se crearán turnos de oficio especializados en violencia contra la infancia y la adolescencia dentro de los Colegios de Abogacía. La abogada Ana Rodríguez celebra cmo "necesario" este turno de oficio, al tiempo que avisa de que requerirá de presupuesto para formar abogados y darles una remuneración acorde, teniendo en cuenta que la especialización en infancia aún es un asunto pendiente en el sistema judicial español.

En este sentido, desde Save the Children recuerdan que a día de hoy "sólo hay tres secciones que atiendan específicamente los derechos contra la infancia" en los tribunales de toda España.

¿Qué queda fuera de la ley?

La ley, sin embargo, evita interceder en el debate abierto por la asistencia de menores a eventos en los que haya situaciones violencia contra los animales, como por ejemplo las corridas de toros, y no introduce variaciones en el actual sistema de régimen de visitas para los caso de malos tratos, según Rego porque el Gobierno tocará este último tema en la Ley de Violencia Vicaria. La ministra ha incidido en que el mero hecho de que considerar a los hijos de mujeres maltratadas víctimas de violencia de género ya les otorga una categoría específica a tener en cuenta para repartir visitas o apartar del todo a un determinado progenitor.

Por otro lado, al margen de eliminar la "capacidad de veto" de un agresor para limitar las medidas de reparación requeridas por un menor, incluida la atención psicológica, la reforma tampoco toca cambios generalizados en la patria potestad. En la práctica, explica la abogada Ana Rodríguez, esto supone que "un agresor puede negarse a que el niño sea intervenido quirúrgicamente o a que vaya a un determinado colegio", por lo que habría margen para actuar en este ámbito.

Carmela del Moral admite que la LOPIVI era "insuficiente" e "imperfecta", pero recuerda que su aprobación final estuvo "caracterizada por la negociación y por el consenso", ya que en la negociación hasta la redacción final participaron miembros de la sociedad civil, expertos y grupos políticos —sólo Vox y PNV votaron en contra en el Congreso de los Diputados—. Por ello, apela a que en los trámites parlamentarios que ahora se abren impere este mismo "espíritu de consenso", teniendo en cuenta que el asunto nos concierne a todos.

Además, aún habrá que "aterrizar" las medidas anunciadas este martes para determinar los recursos que son necesarios y las competencias de las distintas administraciones, desde el ámbito local al estatal pasando por el autonómico. "De nada sirven las grandes leyes si no hay implementación", sentencia la responsable de incidencia de Save the Children.