Enlaces accesibilidad

La Audiencia Nacional rechaza investigar a Zapatero como pedía Hazte Oír por sus vínculos con Maduro

  • El magistrado apunta que no han aportado indicios racionales de criminalidad
  • Critica que Hazte Oír no aporte "elementos probatorios más allá de informaciones periodísticas generalistas"
El expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero, en un acto.
El expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero, en un acto. EFE/Chema Moya
RTVE.es

La Audiencia Nacional ha inadmitido la querella presentada por la asociación Hazte Oír contra el expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero por delitos de blanqueo de capitales, tráfico de drogas y pertenencia a organización criminal en relación con su vinculación con el expresidente de Venezuela Nicolás Maduro, por falta de indicios criminales.

En un auto al que ha tenido acceso RTVE.es, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6, Antonio Piña, razona que los hechos esgrimidos en la querella proceden de fuentes abiertas, especialmente de informaciones periodísticas, y apunta que no han aportado indicios racionales de criminalidad que permitan abrir un procedimiento penal.

Según el magistrado, las querellas requieren "la aportación de elementos probatorios que vayan más allá de las informaciones periodísticas o de las conclusiones que puedan obtenerse en base a ellas".

En la querella, Hazte Oír apuntaba a la supuesta comisión de delitos de tráfico de drogas, blanqueo de capitales y pertenencia a organización criminal, y señalaba a la Audiencia Nacional como la competente para conocer estos hechos en tanto Zapatero, como ciudadano español, habría perpetrado los mismos "en el extranjero".

Critica que se confunda la "creencia personal o popular con la existencia de hechos"

El instructor, tras analizar la querella y cada uno de los delitos que atribuye a Rodríguez Zapatero, señala que "no se puede confundir la creencia personal o popular con la existencia de hechos que tengan la entidad suficiente para la apertura de una causa penal".

Para el juez Piña, no "puede sostenerse que la colaboración con el Gobierno de Venezuela que en determinados ámbitos haya podido tener Zapatero sea suficiente para considerar que ayudaba de forma consciente al sostenimiento de una organización criminal". El magistrado, además, pide distinguir entre el Ejecutivo del país "y la supuesta implicación de determinados miembros de este en el tráfico de drogas".

Además, añade que en el texto de la querella "no se ha aportado hecho alguno que pueda relacionar al querellado con el delito de tráfico de sustancias estupefacientes, o pertenencia a organización criminal, y lo mismo cabe decir con la imputación de un delito de blanqueo de capitales". Para el magistrado, "no hay constancia de que (Zapatero) haya percibido cantidad alguna procedente del Gobierno de Venezuela".

También la Fiscalía pidió inadmitir la querella al considerar que en la misma no se detallaba ningún indicio delictivo contra el expresidente.

En su auto, el magistrado llega a la conclusión de que procede inadmitir la querella al carecer de relevancia típica los hechos denunciados. Contra el auto, cabe recurso de reforma o apelación.