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Los migrantes regularizados no podrán votar en las elecciones generales: necesitan la nacionalidad

Los extranjeros no pueden votar en las generales sin la nacionalidad
Mensajes que difunden el bulo de que los migrantes regularizados podrán votar en las próximas elecciones generales VerificaRTVE

El Gobierno tramita un Real Decreto, tras llegar a un acuerdo con Podemos, que permitirá, por primera vez en 20 años, una regularización extraordinaria de extranjeros. En redes sociales se difunde que los 500.000 migrantes que, se estima, podrán acogerse a esta medida podrán votar en las próximas elecciones generales. Es un bulo. El acuerdo no otorga la nacionalidad española a estas personas, un requisito indispensable para poder votar en los comicios generales.

Nos habéis consultado en el correo de VerificaRTVE por publicaciones de redes sociales que alertan de fraude electoral porque los migrantes regularizados podrán votar en las elecciones generales, autonómicas y municipales. Uno de esos mensajes, compartido más de 3.000 veces en X, dice que "Sánchez sabe que no puede salir a la calle y ahora toca legalizar a todos los que ha importado para que le puedan votar en 2027". Otra publicación en esta red social pregunta: "¿Alterar el censo electoral mediante la legalización de 500.000 inmigrantes a menos de un año de las elecciones generales no sería un fraude electoral?".

Regularizar no es lo mismo que nacionalizar

Los migrantes a los que prevé regularizar el Gobierno no pueden votar en las próximas elecciones generales, es un bulo. Esta iniciativa permite que 500.000 extranjeros obtengan a medio plazo permiso de trabajo y residencia, pero no la nacionalidad española.

¿Quiénes pueden votar en las elecciones generales?

Los extranjeros que residen en España no pueden votar en unas elecciones generales ni autonómicas si no tienen la nacionalidad española. Así lo establece el artículo 13 de la Constitución, que ciñe a los españoles el derecho a participar en elecciones, y el artículo 2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), que reitera que "el derecho de sufragio corresponde a los españoles mayores de edad". Solo se permite el voto a los extranjeros con residencia legal en España en las elecciones municipales, pero solo a quienes procedan de determinados países.

¿Y en las elecciones municipales?

En las elecciones municipales, según prevé la LOREG, sí puedan votar los residentes que procedan de países de la Unión Europea y de aquellos que cuenten con un acuerdo de reciprocidad con España, es decir, que también permitan el voto a los españoles en sus elecciones locales. En las últimas municipales, en 2023, pudieron votar los extranjeros procedentes de trece países que no son de la UE: Noruega, Ecuador, Nueva Zelanda, Colombia, Chile, Perú, Paraguay, Islandia, Bolivia, Cabo Verde, República de Corea, Reino Unido y Trinidad y Tobago. En el caso de las elecciones europeas, los ciudadanos de la UE pueden tanto votar como ser elegidos en el Estado miembro en el que residan.

Los plazos para adquirir la nacionalidad: entre uno y diez años

Para que los extranjeros residentes en España puedan adquirir la nacionalidad es necesario haber vivido legalmente en España durante diez años, salvo algunas excepciones: cinco años para los refugiados y dos años para quienes procedan de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí. El período de residencia se reduce a un año en algunos supuestos, como haber nacido en territorio español o llevar un año casado con un español o española. El sistema actual está vigente en el Código Civil desde 2002 y no se ha producido ningún cambio desde entonces, salvo el de 2021, cuando se permitió que los extutelados solo tuvieran que esperar un año de residencia. El último dato aportado por el Ministerio de Justicia detalla 221.284 solicitudes de nacionalidad concedidas en 2025. En total, se han concedido más de un millón de solicitudes desde 2020.

Más allá de esta regularización extraordinaria, en 2025 entró en vigor un nuevo Reglamento de Extranjería que cambia los requisitos para que los migrantes regularicen su situación. En concreto, agiliza la reagrupación familiar, reordenando las figuras de arraigo. El Gobierno calcula que la reforma permitirá regularizar "a unas 300.000 personas al año durante los próximos tres años" (2025, 2026 y 2027).