El Supremo ejecuta la sentencia contra García Ortiz y la remite a la Inspección Fiscal para que decida sobre su futuro
- La sentencia inhabilita a García Ortiz "exclusivamente" para su cargo de fiscal general del Estado
- Ahora el Ministerio Público deberá decidir si lo expulsan o suspenden de la carrera fiscal
El Tribunal Supremo ha ejecutado la sentencia contra el exfiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, que deberá abonar una multa de 7.200 euros e indemnizar a la pareja de la presidenta madrileña, Alberto González Amador, por un delito de revelación de datos reservados. Además, el Alto Tribunal ha dado traslado de la sentencia a la Inspección de la Fiscalía General del Estado, para que estudie a los "efectos oportunos" el futuro de García Ortiz como fiscal.
Así lo ha acordado la Sala Segunda a través de un auto fechado el 12 de diciembre y al que ha tenido acceso RTVE este miércoles, mediante el que procede a la "ejecución de la sentencia dictada en la presente causa especial" y de las penas impuestas: "Hecho, practíquese la correspondiente liquidación de condena".
Junto a los dos años de inhabilitación para ejercer su cargo como fiscal general, el Tribunal Supremo le "requiere" a García Ortiz que abone el pago de la multa impuesta, que asciende a los 7.200 euros. Junto a esto, le pide que indemnice al novio de Isabel Díaz Ayuso con la cantidad de 10.000 euros, cuantía que "deberá abonar en la cuenta de depósitos y consignaciones".
La sentencia lo inhabilita "exclusivamente" para ser fiscal general
El Supremo ordena que se notifique esta resolución a la Inspección Fiscal de la FGE, junto con testimonio de la sentencia, "a los efectos oportunos", sin dar más detalles.
La sentencia acotó la inhabilitación de García Ortiz "exclusivamente" al cargo que ostentaba en el momento de los hechos, es decir, fiscal general del Estado, "revelándose como excesiva su proyección a otros", esto es, a su condición de fiscal.
Sin embargo, dejó la puerta abierta a que la Fiscalía pueda intervenir sobre su expulsión o suspensión de la carrera fiscal. "No nos corresponde dilucidar las consecuencias extraprocesales de la condena, que se mueven en otro plano", explicaron los magistrados.
Cuando un fiscal general deja de serlo, debe solicitar su reingreso en la carrera. Y ahí sí que el escenario podría complicarse, porque una vez que pasa nuevamente a ser fiscal, se ve plenamente afectado por el Estatuto Orgánico, como un fiscal más, por lo que la Inspección de la Fiscalía General, que lidera la nueva fiscal Teresa Peramato, deberá estudiar de oficio cómo afecta la resolución a la condición de fiscal de García Ortiz.
El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal trata la expulsión por pena
Así, el artículo 32.d) del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal que trata sobre "las causas de pérdida de la condición de fiscal" señala para decretar la expulsión la "pena principal o accesoria de inhabilitación para cargo público o condena por delito doloso".
Pero acto seguido, indica que "sin perjuicio de la facultad que concede el artículo 44.2" a su sustituta en el cargo "para sustituir la pérdida de condición de fiscal por la sanción de suspensión en los casos en que la pena no fuera superior a 6 meses".
Una vez que la Inspección intervenga, tendrá entonces que determinar si ese artículo es aplicable a García Ortiz para decretar bien su expulsión de la carrera fiscal o su suspensión como fiscal