Prisión sin fianza para los tres detenidos por violar en Madrid a una niña de 8 años, uno de ellos el padre
- El arresto se ha producido tras la denuncia de la madre, que se percató de la agresión en el distrito de Usera
- En Cantabria, un hombre ha sido condenado a 16 años de prisión por violar repetidamente a la hija de su pareja, de 10 años
El juez ha decretado prisión provisional comunicada y sin fianza para los tres hombres detenidos por violar a una niña de 8 años en su domicilio del distrito madrileño de Usera, uno de ellos el padre de la menor.
El arresto tuvo lugar el sábado pasado tras el aviso de la madre que se percató de la agresión sexual cuando llegó a su casa y llamó a la Policía, han informado fuentes policiales.
Los arrestados son el padre de la niña, boliviano de 38 años, y otros dos hombres que convivían en el mismo domicilio, un ecuatoriano de 33 y un colombiano de 24.
Lejos de la imagen del agresor desconocido, los datos muestran que, en la mayor parte de las ocasiones, el abuso sexual infantil se comete dentro del ámbito familiar o por personas de confianza, lo que dificulta su detección y denuncia. Los expertos insisten en la necesidad de romper el silencio y reforzar la educación afectivo-sexual desde edades tempranas, para ayudar a los menores a identificar conductas inapropiadas.
16 años y medio de prisión por violar a la hija de su pareja
Esta semana, la Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a 16 años y medio de prisión a un hombre por agredir sexualmente en repetidas ocasiones a la hija de su pareja, de 10 años, y tomar imágenes de las relaciones.
En una sentencia que no es firme, el tribunal le considera autor de un delito continuado de agresión sexual con penetración a menor, de un delito de elaboración de pornografía infantil y de un delito de exhibicionismo.
Además de la pena de prisión, le impone una medida de libertad vigilada durante diez años; le inhabilita para ejercer la patria potestad, tutela o curatela por un periodo de dieciocho años; también le inhabilita para trabajar con menores durante 35 años, y le prohíbe acercarse y comunicar con la menor por un periodo de 29 años.