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El Supremo sienta en el banquillo al fiscal general del Estado: las claves de una causa llena de controversias

  • La investigación pone el foco en la cronología de los hechos y el borrado de los dispositivos
  • El juez señaló la actitud "frenética" de García Ortiz para "ganar el relato" y la defensa apunta al entorno de Amador
Las claves de la causa abierta contra el fiscal general del Estado

Se abre un nuevo capítulo en el intrincado proceso judicial de Álvaro García Ortiz. El Tribunal Supremo ha dictado auto de apertura de juicio oral al fiscal general del Estado, un trámite judicial que le llevará a sentarse próximamente en el banquillo de los acusados. Lo hará como único acusado de un delito de revelación de secretos por la presunta filtración de datos reservados sobre el caso contra el empresario Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid.

Tras ocho meses de investigación, informes policiales, registros en los despachos, cambios en las imputaciones y muchas controversias, el juez del Tribunal Supremo, Ángel Luis Hurtado, trata de dirimir si García Ortiz es el responsable de hacer llegar a los medios la información contenida en los correos que intercambiaron el fiscal del caso contra Amador, Julián Salto, y el abogado del empresario, Carlos Neira.

La causa, abierta desde octubre de 2024, se centra concretamente en la filtración de una oferta para alcanzar un pacto de conformidad que evitara llegar a juicio por los dos delitos fiscales que presuntamente habría cometido González Amador. No obstante, el juez ha tenido en cuenta otros elementos, como la cronología de los mensajes entre García Ortiz y otros dos fiscales, así como la nota de prensa publicada por la Fiscalía para desmentir el bulo difundido en algunos medios sobre el origen de dicha propuesta judicial.

Estas son las claves del caso:

Amador cree que se vulneró su derecho de defensa

González Amador, que se enfrenta a varios años de prisión por la presunta comisión de un fraude a la Hacienda Pública mediante facturas falsas, se ha querellado contra García Ortiz al considerar que vulneró sus derechos a la intimidad, a la presunción de inocencia y al derecho de defensa por una filtración que, a su juicio, se llevó a cabo por el mero hecho de ser la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.

En su solicitud de procesamiento contra el fiscal general, se basó, entre otras cosas, en un informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil que señaló la "participación preeminente" de García Ortiz en la filtración de los correos, así como en la declaración de la fiscal superior de Madrid, Almudena Lastra, quien testificó que el fiscal general, preguntado por si había sido el filtrador, se limitó a responder "eso ahora no importa".

Además, están personados como acusaciones populares Manos Limpias, la Fundación Foro Libertad y Alternativa, el Colegio de Abogados de Madrid y la Asociación Profesional Independiente de Fiscales (APIF).

Esta última ha solicitado al juez instructor, Ángel Hurtado, que se aparte a García Ortiz de su cargo en la Fiscalía General. Sin embargo, estar imputado no figura entre las causas previstas para su cese en el Estatuto del Ministerio Fiscal. Por lo pronto, el magistrado ha rechazado rechaza suspenderle cautelarmente de sus funciones, pero le ha impuesto una fianza de 150.000 euros para asegurar responsabilidades pecuniarias que pudieran derivarse, como costas o la multa contemplada para el delito de revelación de secretos.

Sin embargo, la inclusión de la multa en el cálculo es un criterio que, según determinó el Tribunal Constitucional en 2023, supone una "pena anticipada" que no ha sido declarada en sentencia y que vulnera la presunción de inocencia. La Corte de Garantías recordaba en su fallo que este principio supone el derecho a recibir el trato de "no autor o no partícipe en hechos de carácter delictivo" y que, por tanto, no se respetaba al ponderar la posible condena.

La defensa apunta al entorno del empresario y de la CAM

Pese a las constantes peticiones de dimisión, García Ortiz ha descartado dimitir. Si bien ha asumido la responsabilidad por la nota de prensa que difundió la Fiscalía, considera que con sus actos hizo lo que "tenía que hacer" como fiscal: "dar a conocer la verdad frente a la mentira" difundida en varios medios. Así, insiste en que "no puede ser que la mentira derrote a un fiscal general".

De hecho, señala que es el entorno de González Amador el origen del bulo que se divulgó sobre quién había propuesto el pacto de conformidad. En concreto, habría sido el jefe del gabinete de Presidencia de Ayuso. Por tanto, la defensa alega que quien revela ante la prensa la existencia de negociaciones con el fiscal y reconoce haber incurrido en irregularidades, "no puede exigir que dichas informaciones sean consideradas reservadas".

El testimonio de los periodistas

También subraya que no había secreto que filtrar porque la información publicada en la nota de prensa ya había sido divulgada. Para ello se basa en que hay pruebas de que al menos una decena de periodistas supieron de aquellas negociaciones antes de que el fiscal general del Estado se lo reclamara a sus subordinados.

La defensa, por ejemplo, pidió citar a cuatro periodistas de El País. Este diario, de hecho, expuso que sus redactores "trabajaban en confirmar" la información que ya circulaba por las redacciones "al menos 31 horas antes de la petición" de García Ortiz para acceder a los correos.

Pero, según la Fiscalía, el juez no ha tenido en cuenta estos testimonios. La Abogacía del Estado, que ejerce la defensa, también esgrime que Hurtado ha omitido pruebas que le exculparían y le acusa de sostener la imputación "en meras opiniones carentes de base probatoria”.

Pese a ello, García Ortiz también ha manifestado que confía en la labor de los jueces y en su independencia. "No puedo manifestar ninguna crítica externa ni concreta al Poder Judicial en su conjunto", subrayó en Audiencia Abierta.

La cronología: de la propuesta de pacto a la nota de prensa

Gran parte de esta investigación recae, por tanto, en las conversaciones privadas del imputado y las publicaciones de los medios.

Para analizar cuál fue la fuente de los periodistas, el juez instructor ha ido recabando minuto a minuto los artículos, los mensajes y las llamadas realizadas entre la primera noticia que se hizo eco del presunto delito fiscal de Amador y el comunicado oficial que emitió el Ministerio Fiscal sobre el asunto, que fue lo que motivó la querella de González Amador contra el fiscal general.

El inicio de la cronología se sitúa en febrero de 2024, cuando Carlos Neira envió un mensaje en nombre de su cliente a la dirección de correo genérica de la Fiscalía de Delitos Económicos de Madrid, a la que pudieron tener acceso una veintena de personas.

En él, se ofrecía a aceptar "íntegramente" la existencia de dos delitos por defraudar más de 350.000 euros y propuso asumir ocho meses de cárcel, así como pagar 520.000 euros a través de un pacto de conformidad que le evitase ir a juicio.

Meses más tarde, el novio de Ayuso se desvincularía de este email, negando haber dado su consentimiento. Según fuentes presentes en su declaración como testigo, explicó que no supo de la existencia del correo en cuestión hasta el 14 de marzo de 2024, por la prensa, aunque le había dado permiso al letrado para negociar.

Pero la información sobre la causa abierta contra él comenzó a difundirse por primera vez el 12 de marzo. A primera hora de la mañana, elDiario.es publicó algunos datos concretos que pertenecían a un informe de Hacienda y a la denuncia que interpuso el Ministerio Fiscal. Ese mismo día, el fiscal Julián Salto envió un correo a Neira en el que le informaba de que dicha denuncia no era "obstáculo para poder llegar a un acuerdo si su cliente y usted así lo creen".

Pero no fue hasta el día siguiente cuando cobró relevancia mediática. A las 21.29 horas del 13 de marzo El Mundo publicó una noticia en la que afirmaba que la Fiscalía era quien había ofrecido el pacto de conformidad a González Amador. A las 22.10, La Sexta reveló que la oferta partía de la defensa, contradiciendo a los otros medios. Y a las 23.25, Cadena SER se hizo eco del contenido del correo electrónico, avanzando algunos extractos.

Según el sumario, mientras los periodistas se hacían eco de la causa abierta por presuntos delitos fiscales, Álvaro García Ortiz y la fiscal jefa Provincial, Pilar Rodríguez, se mandaban mensajes o hablaban por teléfono. Los registros desvelaron que mantuvieron el contacto entre las 21.34 horas del 13 de marzo y las 9.53 del día siguiente para la elaboración de una nota informativa en respuesta a la cascada de informaciones que desataría la posterior tormenta judicial.

El 14 de marzo a las 10.22 horas la Fiscalía Provincial de Madrid decidió difundir la nota de la discordia con "aclaraciones" sobre la denuncia contra González Amador. En ella se dio cuenta del cruce de correos entre la defensa y el Ministerio Público y se confirmó que fue Neira quien propuso el pacto.

Pero al mismo tiempo también hubo movimientos en el entorno de González Amador: éste reenvió una captura del mensaje de Julián Salto al jefe de Gabinete de la presidenta madrileña, Miguel Ángel Rodríguez, quien a su vez lo filtró a varios periodistas. Lo hizo a través de un chat llamado "Prensa Nacional" el día 13 de marzo a las 22.27 horas, indicando que la Fiscalía había ofrecido el acuerdo a cambio de reconocer los delitos fiscales, según reconoció ante el juez.

Aunque también dijo que no tenía conocimiento del mensaje en el que el abogado Carlos Neira hacía la propuesta, su versión pronto quedó descartada con la documentación y los mensajes que presentó en el Tribunal Supremo, que demostraron que sí que conocía el origen del pacto.

El juez ve una actitud "frenética" para "ganar el relato"

Esta cronología de los hechos llevó al juez preguntarse en el auto de imputación cómo tuvieron acceso los medios de comunicación al contenido de los correos, cuando los mismos estaban exclusivamente en poder de las partes implicadas –la defensa y la Fiscalía de Madrid– y de García Ortiz y la fiscal jefa Provincial a partir del día 13 de marzo por la noche.

En su exposición razonada, el juez del Supremo sostiene que el fiscal general se puso en contacto con varios medios -El Plural y Cadena Ser- para facilitarles los correos y "que le dieran publicidad", aun siendo "consciente" de que revelaría el contenido confidencial.

Hurtado cree también que actuó con una actitud "frenética" de "ganar el relato" a favor del Ministerio Público y por "indicaciones" de Presidencia del Gobierno, pero los magistrados de la Sala de Apelación han descartado que la Moncloa tuviera algo que ver y señalan que la acción fue "impulsada personalmente" por García Ortiz.

Además, para los magistrados del alto tribunal, pensar que la filtración pudiera proceder de fuentes ajenas a la Fiscalía General, como serían los funcionarios o fiscales que podrían haber tenido acceso al buzón de correos genérico al que se remitió la propuesta, "parece completamente irrazonable".

El borrado del teléfono

Por otro lado, se cuestiona que el fiscal general borrara todos sus dispositivos electrónicos una semana después de su imputación. La UCO efectúó un registro de diez horas a su despacho e incautó dos teléfonos móviles, su ordenador de mesa, una tableta y una multitud de USB. Tras analizarlos, los investigadores hallaron "cero mensajes" instantáneos durante el periodo en el que presuntamente se filtró la información.

García Ortiz admitió haber vaciado su móvil, pero se justificó en el protocolo de seguridad del Ministerio Fiscal por la información sensible y personal con la que trabajan. De hecho, señaló que desde que está en la Fiscalía General tuvo que cambiar seis veces de dispositivo.

Pero este argumento no termina de convencer al Supremo. En uno de sus autos, el juez Hurtado señaló que si bien "carece de relevancia penal" que un investigado pueda hacer desaparecer pruebas que le puedan incriminar, no es una acción que se deba ignorar. Así, ve como una evidencia que García Ortiz borró pruebas y, aunque ha dado explicaciones de por qué lo hizo, considera que podía haberlo comunicado "antes de llevar a cabo tal desaparición".

La Sala de Apelaciónes también advirtió de que el borrado de whatsapps y correos ha impedido a los investigadores acceder a toda la información que existía sobre las comunicaciones de los investigados. Por ello, cree que "tuvo por finalidad ocultar la información" ante posibles registros.

El voto discordante en el Supremo

Con todo, algunos juristas han mostrado sus dudas sobre los indicios sobre los que se sustenta el caso. De hecho, el auto de confirmación del procesamiento de García Ortiz contó con el voto particular de un magistrado, Andrés Palomo, que se desmarcó al considerar que la "relativa coincidencia cronológica" es insuficiente para procesar al fiscal general del Estado.

Para este magistrado, "no aparece suficientemente justificado" que García Ortiz "haya sido el autor de la revelación de la información" contenida en el correo. Además, sostiene que "el único indicio adicional que se menciona son diversas alusiones a al comportamiento procesal del investigado", al que se reprocha que "no haya colaborado con la investigación" por el borrado de sus mensajes.

Palomo argumenta que es necesario considerar "la especial relevancia del contenido de los mismos", especialmente ante el "escrutinio público", y destaca que igualmente se divulgó el horario y duración de sus llamadas telefónicas durante 10 meses, con "mención reiterada" de la dirección familiar del propio García Ortiz.

García Ortiz, el único procesado

Cuando arrancó la causa judicial, el juez también abrió diligencias contra la jefa de la Fiscalía de Madrid, Pilar Rodríguez, y el teniente fiscal de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General, Diego Villafañe.

Este último se trataba, según Hurtado, de la persona a través de la cual había llegado a la FGE el expediente administrativo de González Amador que más tarde fue publicado en elDiario.es. Sin embargo, el juez acordó en febrero de 2025 el archivo de la causa contra él porque esos indicios perdieron "potencia", al tiempo que reconoció que no puede afirmarse que el expediente fuera utilizado para elaborar la nota de prensa de la Fiscalía.

Pilar Rodríguez, en cambio, continuó imputada cuatro meses más por haber intervenido en la redacción de la nota informativa emitida por el fiscal general y haberle trasladado la información de la causa. No se archivó su invetsigación hasta que la Sala de Apelaciones aceptó su recurso.

Los magistrados indicaron que en su actuación no hubo indicios de la comisión de delito, puesto que estaba obligada a informar al fiscal general del Estado y que el hecho de que "interviniera en una simple verificación de los datos" no permite afirmar que interviniera de forma efectiva en la realización de la nota. De hecho, señalan que todo ello queda patente en que "expresó su disconformidad a que se publicara una nota informativa".

Por otro lado, pese a que la defensa apuntara a la posibilidad de que González Amador o Miguel Ángel Rodríguez fuesen los filtradores en "coordinación" con "el entorno institucional de la Comunidad de Madrid", estos solo han sido citados a declarar como testigos.