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El Tribunal de Justicia de la UE rechaza la limitación de las licencias de los VTC en Barcelona

  • Asegura que va en contra de la libertad de establecimiento en la capital catalana
  • Abre la puerta a una licencia adicional de ámbito nacional para regular el transporte

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El Tribunal de Justicia de la UE rechaza la limitación de las licencias de los VTC en Barcelona

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea asegura que limitar el número de licencias a los vehículos de turismo con conductor (VTC) en función de las que se otorguen a los servicios de taxi en el área urbana de Barcelona es contraria al derecho de la Unión Europea.

Según el tribunal europeo, otorgar una licencia de VTC por cada 30 de taxi es contraria al derecho a la libertad de establecimiento.

La limitación del número de licencias de servicios de vehículos de turismo con conductor en la conurbación de Barcelona es contraria al derecho comunitario. En cambio, exigir la obtención de una licencia adicional a la prevista a nivel nacional puede resultar necesario para la buena gestión del transporte, del tráfico y del espacio público, así como para la protección del medio ambiente.

La Corte europea aprecia que la limitación de una licencia de VTC por cada 30 de taxi supone una restricción a la libertad de establecimiento "desproporcionada" y "limita efectivamente el acceso al mercado a todo recién llegado", y el requisito de la licencia adicional "limita el número de prestadores de servicios de VTC del Área Metropolitana de Barcelona (AMB)".

La Justicia europea resuelve así la cuestión perjudicial remitida por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) respecto al caso de Prestige and Limousine SL, filial de Cabify, que llevó a los tribunales el reglamento local de ordenación de VTC en la ciudad condal.

Autorización adicional

La sentencia contempla que si bien los objetivos de buena gestión del transporte, del tráfico y del espacio público y de la protección del medio ambiente, pueden constituir razones imperiosas de interés general, "el objetivo de garantizar la viabilidad económica de los servicios de taxi es un motivo de carácter puramente económico que no puede constituir una de esas razones".

El TJUE matiza que una autorización adicional puede resultar necesaria, pero "debe basarse en criterios objetivos, no discriminatorios y conocidos de antemano, que excluyan cualquier arbitrariedad y que no se solapen con los controles ya efectuados en el marco del procedimiento de autorización nacional, sino que respondan a necesidades particulares del AMB".

Además, el tribunal avala que los VTC ayudan a fomentar la reducción del uso del vehículo privado y utilizar energías alternativas, así como contribuir a alcanzar el objetivo de una movilidad eficaz e integradora, gracias a su nivel de digitalización y a la flexibilidad en la prestación de servicios.

El TJUE también respalda el argumento de que "es posible adoptar medidas menos restrictivas para limitar el posible impacto de la flota de los VTC en el transporte", como la "organización de los servicios de VTC, limitaciones de estos servicios durante determinadas franjas horarias o incluso restricciones de circulación en determinados espacios".