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De las listas cremallera a la dirección de las grandes empresas: las claves de la ley de paridad

  • El Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de ley de representación paritaria en órganos de decisión
  • Conllevará la modificación de otras leyes, como la del régimen electoral general o de los mercados de valores

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Las claves de la ley de paridad aprobada por el Gobierno
La igualdad en los puestos directivos aún está lejos de alcanzarse

La llamada ley de paridad, que acerca la representación igualitaria entre hombres y mujeres a los órganos de decisión, ha sido aprobada este martes en el Consejo de Ministros como primer paso para alcanzar la igualdad en la composición de las grandes empresas, gobiernos y listas electorales.

En vísperas del 8M, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció este sábado la aprobación de este proyecto de ley, que, entre otras cosas, afectará también al propio Consejo de Ministros. "Si la mujer representa la mitad de la sociedad, el poder político y el poder económico tienen que ser también de las mujeres", defendió Sánchez. La parte socialista del Gobierno ha respaldado la norma, mientras que la morada asegura que su prioridad no es que "unas pocas mujeres" consigan "reventar los techos de cristal", sino que lo haga "hasta la mujer más machacada"; al tiempo que han pedido que se extienda a otros organismos.

Para garantizar la representación, la aprobación de esta ley conllevará la modificación de otras leyes que ya están en vigor, como la del régimen electoral general, del Gobierno o de los mercados de valores y servicios de inversión. He aquí las principales claves:

El Gobierno y la Administración tendrán al menos un 40% de hombres o mujeres

Uno de los puntos claves de este anteproyecto de ley reside en el nombramiento de las personas que ejerzan tanto las vicepresidencias del Gobierno como los diferentes ministerios. Para ello, se establecerá que haya una presencia equilibrada de hombres y mujeres en el que cada uno de los géneros suponga al menos el 40% de los puestos.

Esto implicaría que, con la organización actual del Ejecutivo, al menos 13 de los 22 ministerios tendrían que estar dirigidos por el género más representado, mientras que en el caso de las vicepresidencias serían dos. En la actualidad, el Gobierno cuenta con 15 ministras, siete ministros y tres vicepresidentas.

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Esta misma norma de representación se aplicará en los órganos superiores y directivos de la Administración, como las secretarías de Estado y direcciones generales, de forma que en no se supere el 60% ni de hombres ni de mujeres en el ámbito de cada ministerio. De igual forma, afectará a los organismos autónomos, las agencias, las empresas públicas o las fundaciones, así como las personas con contratos de alta dirección.

Una vez entre en vigor la ley, los distintos organismos tendrán un plazo máximo de cinco años para alcanzar la presencia equilibrada entre mujeres y hombres en estos ámbitos señalados.

Paridad en las listas cremallera y los procesos electorales

A unos pocos meses de las elecciones autonómicas y municipales, la ley pone el foco también en la composición de las candidaturas electoral, las llamadas listas cremalleras. Así, la nueva ley establecerá que se deberá garantizar una composición paritaria, "integrándose las listas por personas de uno y otro sexo ordenados de forma alternativa", si bien en este caso el anteproyecto no determina un porcentaje concreto.

Por contra, sí que establece que se deberá aplicar a todos los procesos electorales: elecciones de diputados al Congreso, municipales, de miembros de los consejos insulares y de los cabildos insulares, diputados al Parlamento Europeo y miembros de las Asambleas Legislativas de las Comunidades. También se aplicará cuando las candidaturas para el Senado se agrupen en listas.

Las grandes empresas tendrán que elaborar un informe anual de igualdad

Las empresas afectadas por esta reforma deberán asegurar que su consejo de administración tenga una composición con presencia, como mínimo, de "un 40% de consejeros del sexo menos representado", y velarán por que esta composición concurra también en la alta dirección de la empresa. Asimismo, se prevé también la necesidad de aprobar y publicar un Informe anual sobre igualdad de género en el consejo de administración para poder hacer seguimiento del cumplimiento de la ley.

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La legislación se aplicará a todas las sociedades cotizadas a partir del 1 de julio de 2024. Y se extenderá a julio de 2026 a aquellas que tengan la consideración de entidad de interés público y a las grandes empresas, es decir, que cuenten con más de 250 trabajadores y cuyo importe neto de la cifra anual de negocios supere los 50 millones de euros o el total de las partidas de activo sea superior a 43 millones de euros.

Para aquellas que incumplan la ley al no aplicar la paridad o elaborar los informes anuales, está previsto que se impongan sanciones en el marco de la Ley de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión.

Modificará la ley de colegios profesionales

Por otro lado, también se garantizará una representación mínima del 40% del género menos representado de los puestos en las Juntas de Gobierno de los Consejos Generales y los Colegios Profesionales, así como en la composición de los tribunales, jurados u órganos colegiados que se constituyan para otorgar premios o condecoraciones financiados o concedidos por organismos y representantes del sector público.

Desde Unidas Podemos han reclamado a los socialistas que la norma también incluya a los miembros del CGPJ y a los órganos constitucionales, aseguran fuentes del Ministerio de Igualdad a RTVE.