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El Ministerio de Transportes establece los servicios mínimos para la huelga de tripulantes de cabina de Ryanair

  • Tendrá lugar los días 24, 25, 26 y 30 de junio, y los días 1 y 2 de julio
  • Cerca de 1.900 trabajadores forman el colectivo que convoca la huelga

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Se establecen cinco criterios para los servicios mínimos durante la huelga
Se establecen cinco criterios para los servicios mínimos durante la huelga

La huelga de Tripulantes de Cabina de Pasajeros (TCP) de la aerolínea irlandesa para los días 24, 25, 26 y 30 de junio, y los días 1 y 2 de julio ya tiene los servicios mínimos fijados por el Ministerio de Transportes, que ya se lo ha comunicado a Ryanair, Aena, Enaire y a los sindicatos convocantes USO-STA y SITCPLA.

Estos servicios esenciales tienen como objetivo compatibilizar el interés general de los ciudadanos y en particular sus necesidades de movilidad, con el derecho de huelga de este colectivo de trabajadores, recuerda el ministerio en un comunicado.

Ryanair es la compañía que más pasajeros transporta en el mercado español, con una oferta que superó las 650 rutas desde España en 2021.

Según la información aportada por la propia compañía, cerca de 1.900 trabajadores forman el colectivo que desempeña labores de Tripulantes de Cabina de Pasajeros (TCP) en las bases que la compañía tiene en España.

¿Cuáles son los servicios mínimos decretados?

Los servicios mínimos decretados son los que resulten de aplicar los siguientes criterios a los servicios aéreos de transporte público operados por la compañía aérea Ryanair, con origen o destino en los aeropuertos de Madrid, Málaga, Barcelona, Alicante, Sevilla, Palma de Mallorca, Valencia, Girona, Santiago de Compostela e Ibiza:

-Ruta doméstica hacia o desde territorios no peninsulares. Para el aeropuerto de Madrid, un 78% de protección de los vuelos; para el de Málaga, un 81% de protección de los vuelos; para el de Barcelona, un 80%; para Alicante, un 73%; para Sevilla, un 78%; para el de Palma de Mallorca, un 73%; para Valencia, un 74%; para el de Santiago, un 76% y para el de Ibiza, un 82% de protección de los vuelos.

-Ruta con ciudades españolas peninsulares y extranjeras, cuyo medio alternativo de transporte público signifique un recorrido con un tiempo de desplazamiento igual o superior a cinco horas. Para los aeropuertos de Madrid, Barcelona, Valencia y Alicante, un 58% de protección de los vuelos; para el de Sevilla, un 57%; para el de Palma de Mallorca y el de Ibiza, un 56% y para el de Girona y el de Santiago, un 53%.

-Ruta con ciudades españolas peninsulares cuyo medio alternativo de transporte público signifique un recorrido con un tiempo de desplazamiento inferior a 5 horas. Para el aeropuerto Barcelona, un 36% de protección de los vuelos, mismo porcentaje para el resto de los aeropuertos, en el caso de registrarse vuelos de este tipo.

-Aquellas operaciones técnicas de posicionamiento y otras tales como la situación de tripulaciones necesarias para la realización efectiva de los servicios de transporte aéreo considerados como esenciales, los operados en los periodos entre jornadas de huelga y los posteriores a la finalización de esta.

-Aquellos vuelos cuya hora de salida programada fuera anterior al inicio de la huelga y cuya llegada prevista se produzca en el periodo de huelga.

Respecto al listado de vuelos concretos afectados por estos servicios mínimos, corresponde a la compañía aérea Ryanair establecer los vuelos sometidos a los porcentajes de la resolución de servicios mínimos que se han descrito anteriormente, para lo que deberá adoptar las medidas necesarias para garantizar que se presten salvaguardando en todo momento la seguridad del conjunto de las operaciones.