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Un juzgado mercantil abre una puerta a los particulares para reclamar por la manipulación del euríbor

  • Reconoce que la alteración de una referencia hipotecaria afecta a los particulares
  • Considera que la manipulación ha "afectado" a millones de prestatarios
  • Cree que las instituciones "miraron para otro lado" ante el aluvión de demandas
  • La OCU solicita a la Comisión Europea el período en el que se manipuló el índice

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Imagen de archivo de una entidad de Barclays Bank
Imagen de archivo de una entidad de Barclays Bank

La manipulación del euríbor afecta también a los particulares, según ha reconocido una sentencia de un juzgado de lo mercantil de Sevilla, lo que abre una vía de reclamación por lo cobrado indebidamente entre 2004 y 2012, período en el que se han acreditado alteraciones del índice por determinadas entidades bancarias.

Así resulta de una demanda presentada por un particular contra Barclays Bank SAU, hoy integrado en Caixabank, en la que reclama la nulidad "por abusivas" de tres cláusulas contenidas en un contrato hipotecario, lo que le habilitaría para reclamar la cantidad afectada por la alteración del índice.

De hecho, la manipulación supuso la que la Comisión Europea multara con 1.712 millones de euros a Deutsche Bank, JPMorgan, HSBC, RSBC, Crédit Agricole y Société Générale por la "alteración orquestada de los índices de referencia interbancarios de la zona euro" en 2013. Sin embargo, el propio Ejecutivo comunitario en palabras del comisario Almunia negó que afectase a los particulares.

El juzgado resalta además que la manipulación del índice ha afectado "a millones de prestatarios" e insiste en que, al igual que en muchos países del mundo, "muchas familias y empresas han dejado de pagar sus préstamos hipotecarios ante la imposibilidad de hacer frente a las cuotas".

El tribunal se remonta a los inicios del euríbor, con el que se referencia el 80% de las hipotecas españolas y de otros productos financieros, y uitliza como referencia de la alteración el informe de la Autoridad Bancaria Europea (EBA, por sus siglas en inglés) y del supervisor de los mercados europeos (ESMA, por sus siglas en inglés) de 2012 en el que se encuentran los principales indicios de una manipulación en las publicaciones suministradas por los bancos entre 2004 y 2012.

Los reguladores negaron que afectase a los usuarios particulares

El fallo asegura, además, que los reguladores "echan la vista a un lado" alegando que esta manipulación no afecta a los usuarios ante las posibles protestas de los afectados.

En la sentencia, hace referencia a las palabras del exresponsable de Competencia de la UE Joaquín Almunia en las que afirmaba que "el dictamen contra los bancos que participaron en el cártel no abre la vía para que los particulares reclamen daños y perjuicios por la manipulación del tipo de interés de su hipoteca, dado que no les afectó directamente".

A este respecto, la sentencia añade que Almunia sabía que una posible reclamación "de la innumerable cantidad de afectados por la manipulación supondría una auténtica catástrofe para el sector bancario ante la imposibilidad de responder económicamente".

Ahora el juzgado de lo mercantil da la opción al demandante de que, en ejecución de sentencia, determine "a qué periodo concreto de la vida de su préstamo con garantía hipotecaria afectó la manipulación del euríbor y cuál fue el euríbor que se le debió aplicar, con la finalidad de realizar los cálculos procedentes y que se le restituya, si procede, las cantidades abonadas de más".

Al margen, anula dos cláusulas más del contrato al considerarlas abusivas, una referida a intereses moratorios y otra al vencimiento anticipado. Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante instancias superiores.

La OCU pide que la CE aclare el periodo de manipulación

Tras conocerse la sentencia, la asociación de consumidores OCU ha reclamado a la Comisión Europea que facilite la información sobre el periodo de tiempo en el que tuvo lugar la manipulación de los índices de referencia y aclare los efectos que pudo tener "en los millones de contratos hipotecarios de los europeos" durante ese tiempo.

La asociación cree que la multa de 1.712 euros de la Comisión Europea es "ejemplar", aunque entiende que "no sirve para reparar a todos los consumidores afectados ni aclara el periodo de tiempo durante el cual sucedió esta manipulación".

Por ello, insiste en reclamar a la Comisión Europea que explique cómo pudo afectar esta manipulación a los consumidores y exige poner los medios adecuados para que este tipo de acuerdos ni vuelvan a suceder.