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El TSJ de Galicia acuerda procesar al exlíder del PSdeG Pachi Vázquez por prevaricación

  • Por supuestas irregularidades en 37 contratos siendo alcalde de O Carballiño
  • El Tribunal subraya que hubo advertencias y Vázquez no pidió asesoramiento

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El ex secretario general del PSOE en Galicia, Pachi Vázquez
El ex secretario general del PSOE en Galicia, Pachi Vázquez.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha acordado el procesamiento del exsecretario general del PSdeG y exconselleiro Pachi Vázquez como presunto autor de un delito continuado de prevaricación durante su etapa como alcalde de O Carballiño (Ourense).

El caso se sigue contra el dirigente socialista por supuestas irregularidades en 37 contrataciones efectuadas durante su etapa como alcalde de esta localidad orensana, entre los años 1995 y 2005.

Por este motivo tendrá que comparecer ante el alto tribunal gallego el próximo 3 de febrero y además abonar 2.000 euros como fianza en previsión de costas.

El Tribunal recuerda que tanto la secretaría como la intervención municipal hicieron advertencia de la irregularidad de las contrataciones, pero agrega que el alcalde "continuó contratando con habitualidad al personal en régimen laboral sin un mínimo expediente, sin una mínima acreditación del mérito y de la capacidad de los elegidos y sin publicidad alguna".

En el auto, la Sala de lo Civil y Penal llega a afirmar sobre la práctica de contrataciones irregulares que "tan habitual, metódico, sistemático y uniforme semeja haber sido este comportamiento que, a día de hoy, esta localidad de 14.600 habitantes dispone de unos 130 empleados públicos, pero solo 29 son funcionarios, de los cuales, policías locales son 18 y el resto, unos 100, laborales".

Los magistrados recogen, "como máximo exponente de lo expuesto", un decreto de Vázquez de 2004, como alcalde, "en el que sin ningún procedimiento o justificación amparada legítimamente en el ordenamiento jurídico se acuerda sin más reconocer la condición de trabajadores indefinidos a 6 trabajadores que con anterioridad tenían contratos temporales realizados sin ningún procedimiento o amparo legal".

También hace hincapié en una resolución de la Alcaldía de 2005, "en la que sin ningún procedimiento o justificación amparada legítimamente en el ordenamiento, se acuerda, sin más, la contratación de 31 trabajadores para todo el período del año 2005 a propuesta del concejal de personal".

No pidió ningún asesoramiento para contratar

El auto apunta también que la defensa no ha podido probar que los expedientes administrativos de procesos selectivos, aunque tramitados, hubiesen desaparecido del archivo municipal.

"No hay -dice- el mínimo vestigio de sustracción, extravío o destrucción por incendio, inundación o cualquier otra calamidad de fuerza mayor o caso fortuito; pérdida que, por otra parte, habría sido muy selectiva", cuestiona.

Asimismo, desmonta el argumento de la defensa de que el procesado desconocía la "injusticia" de las contrataciones, ya que hubo advertencias y no pidió asesoramiento alguno, tiene una cualificación universitaria y "dilatada experiencia en cargos de alta responsabilidad".

La Sala explica en su disposición también que el Ayuntamiento de O Carballiño, personado en la causa, ha de figurar, no como perjudicado, sino como responsable civil.