Enlaces accesibilidad

Andalucía indemnizará a mujeres que sufrieron vejaciones durante la Guerra Civil y la dictadura

  • A modo de reparación moral y reconocimiento a la construcción de la sociedad
  • La cuantía de 1.800 euros se percibirá en un pago único
  • Las mujeres podrán presentar cualquier prueba admitida en Derecho

Por
Aprueban ayuda para las mujeres que sufrieron vejaciones durante el Franquismo

La Junta de Andalucía indemnizará a las mujeres andaluzas que padecieron formas de represión sobre el honor, la intimidad y la propia imagen durante la Guerra Civil y los primeros años de la dictadura (1936-1950).

El Consejo de Gobierno ha aprobado este martes el decreto por el que se reconoce a estas personas el derecho a percibir una cuantía fija y única de 1.800 euros, como modo de reparación moral y reconocimiento a su papel en la construcción de la actual sociedad democrática.

El consejero de Gobernación y Justicia, Luis Pizarro, ha subrayado tras el Consejo que la nueva norma viene a saldar una "deuda moral" con estas mujeres, que sufrieron distintas formas de represión durante esos años, muchas veces "por el simple hecho de ser familiares de víctimas del franquismo".

"Papel crucial para la democracia"

Según la Junta, el decreto reconoce "la fortaleza, valentía y afán de superación" de este colectivo, cuyo "trabajo silencioso pero firme" ha tenido un "papel crucial" en la instauración de la democracia.

Por ello, Pizarro ha manifestado que los 1.800 euros que percibirán las mujeres represalidas constituyen una "cantidad simbólica", ya que no se trata de una "cuestión económica" sino de la "reparación" de un daño.

La indemnización acordada, que se suma a las que desde 2001 viene concediendo el Gobierno andaluz a las víctimas de encarcelamientos y confinamientos en campos de concentración, hace referencia a hechos que no supusieron privación de libertad pero sí acciones vejatorias dirigidas especialmente contra la población femenina, como el rapado, la ingesta de aceite de ricino y la exposición al escarnio público.

El periodo considerado abarca los años de mayor incidencia de este tipo de represión, entre 1936 y 1950.

Valdrá cualquier prueba admitida en Derecho

Ante la inexistencia de documentos que acrediten lo ocurrido en la mayoría de estos casos, las mujeres represaliadas podrán presentar cualquier prueba admitida en Derecho, incluidos testimonios de terceros y declaraciones juradas.

Las pruebas serán revisadas por una comisión de estudio y valoración de la que formarán parte el comisario para la Recuperación de la Memoria Histórica, Juan Gallo, un miembro de su equipo y tres técnicos de la Administración autonómica.

Las afectadas contarán con un plazo de tres meses a partir de la publicación del decreto en el BOJA para presentar la solicitud y con las pruebas que consideren necesarias.

Podrán hacerlo a través de los registros públicos de la Consejería de Gobernación y Justicia y de las delegaciones del Gobierno de la Junta, así como de forma telemática en el portal www.juntadeandalucia.es.

Una ver recibida la solicitud, la Administración deberá resolver y notificar en un plazo máximo de tres meses. La cuantía de 1.800 euros, que se percibirá en pago único, es similar a la establecida para las personas que sufrieron penas de prisión de entre tres meses y tres años.