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La Justicia europea multa a España con tres millones por el retraso en la liberalización de la estiba

  • Considera que el país tardó un "tiempo significativo" de 29 meses en legislar
  • Estima que el incumplimiento por parte de España debe considerarse grave
  • La multa, inferior a la propuesta por Bruselas y que ascendía a 24 millones

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Puerto de Algeciras, en Cádiz
Puerto de Algeciras, en Cádiz.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha impuesto a España una multa de tres millones de euros por retrasarse en liberalizar el sector de la estiba, según una sentencia hecha pública este jueves. La Comisión Europea solicitaba una sanción de unos 24 millones de euros por este mismo motivo.

Los magistrados de la Corte de Luxemburgo han defendido una cantidad inferior porque "deben tenerse en cuenta todas las circunstancias del incumplimiento que se le imputa y, en particular, la duración y la gravedad de la infracción", según recoge Efe.

El TJUE no ha aceptado el argumento de Madrid de que el retraso en el incumplimiento obedeciera a "dificultades internas relacionadas con la disolución del Parlamento nacional, con el hecho de que el Gobierno se encontrara en funciones y con la celebración de nuevas elecciones", según recoge la misma agencia.

Sin embargo, en su sentencia el tribunal sí que ha valorado que el país "ha demostrado su buena fe" al cooperar con la Comisión Europea en el procedimiento administrativo, pero que la multa responde a que el incumplimiento persistió durante un "tiempo significativo".

En concreto, ha señalado el tribunal, transcurrieron "29 meses desde que se dictó la sentencia del 11 de diciembre de 2014 hasta que entró en vigor la nueva normativa por la que se adaptaba la legislación nacional a lo dispuesto en dicha sentencia".

La reforma fue finalmente aprobada el pasado mayo, cuando el Congreso de los Diputados convalidó -tras un rechazo inicial- el decreto ley aprobado por el Gobierno, y contaba con el aval del Ejecutivo comunitario.

El TJUE estima, además, que el incumplimiento debe considerarse grave, puesto que afecta a la libertad de establecimiento, que constituye uno de los principios fundamentales del mercado interior.

De la Serna culpa al primer 'no' del Congreso

El ministro de Fomento, Iñigo de la Serna, ha valorado que la multa finalmente impuesta es "significativamente menor" de los 24 millones, pero ha señalado que "la causa principal" de la multa es el rechazo del Congreso al primer decreto ley, según recoge Servimedia.

Para la eurodiputada de Izquierda Unida Paloma López, la sentencia sanciona "a un Gobierno que ha actuado tarde y que, además, no ha querido buscar antes una solución acordada", según recoge Efe.

La Comisión Europea se ha limitado a "tomar nota" del fallo y ha evitado hacer comentarios sobre la rebaja en la sanción. Fuente comunitarias han señalado a Europa Press que lo relevante es que las autoridades españolas han "abordado las restricciones" a la libertad de establecimiento que había en los puertos, con una reforma que contribuye a la "competitividad" del sector y protege a los trabajadores portuarios.

La primera condena a España tuvo lugar en 2014

El caso se remonta a 2011, cuando Bruselas abrió un expediente a España por el régimen de trabajo portuario vigente. Ante la falta de reformas, la Comisión Europea llevó a España ante la Justicia en junio de 2013. En diciembre de 2014 el país fue condenado por no reformar su legislación para adaptarla a la normativa comunitaria.

Considerando que, al término de un plazo establecido en el 20 de septiembre de 2015, España no había adoptado aún las medidas necesarias para dar cumplimiento a la sentencia de 2014, la Comisión Europea decidió en 2016 interponer un segundo recurso por incumplimiento ante el Tribunal de Justicia contra el país solicitando la imposición de sanciones.

Entonces, el Ejecutivo europeo pedía una multa cuya cantidad resultase de multiplicar la cantidad de 27.552 euros por cada día de retraso desde la fecha en que se dictó la sentencia de 2014 hasta el momento en el que se aprobara la reforma o se dictara sentencia sobre el asunto (unos 24 millones de euros).

Además, Bruselas solicitaba una segunda sanción de 134.122 euros diarios por cada día de retraso desde la fecha en que se dictase sentencia en el presente asunto hasta la fecha en que se ejecutase la sentencia de 2014, petición de la que desistió tras convalidar el Congreso, a la segunda, el decreto ley aprobado por el Gobierno, hecho que tuvo lugar dos meses antes de la publicación de este fallo.

La aprobación del decreto de liberalización de la estiba provocó la convocatoria de varias jornadas de huelga por parte de los sindicatos al entender que era un "ERE encubierto". Pedían un acuerdo con la patronal para garantizar la subrogación total de los empleos a cambio de una rebaja salarial, algo que se logró el pasado 29 de junio, lo que puso fin al conflicto.