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El Banco de España admite que la regulación bancaria previa a la crisis fue "claramente insuficiente"

  • Justifica que en ese momento tampoco había regulación internacional
  • Admite que hubo recomendaciones pero también que pudo ser más enérgico
  • Cree que niveles de solvencia y provisiones de la banca parecían suficientes

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El gobernador el Banco de España, Luis María Linde, en una imagen de archivo
El gobernador el Banco de España, Luis María Linde, en una imagen de archivo.

El Banco de España considera que los instrumentos regulatorios de ámbito nacional que se impulsaron durante en los años anteriores a la crisis financiera eran "claramente insuficientes".

La máxima institución supervisora en España lo reconoce en el Informe sobre la crisis financiera y bancaria en España 2008-2014(ver .PDF) , publicado este viernes, en el que admite que da por perdidos 60.000 millones del rescate bancario, pero no hace autocrítica sobre la falta de regulación más allá de que se pudo ser más "enérgico".

El Banco de España justifica que la normativa internacional de aquel momento no requería adoptar medidas que limitasen la concentración de riesgos, a pesar de que reconoce había un contexto en España de "excesivo" crecimiento del crédito y exposición de la banca al sector inmobiliario.

Ante el "excesivo" crecimiento del crédito y la "elevada" exposición de las entidades de crédito al sector inmobiliario en los años previos a la crisis (2000-2007), el Banco de España defiende que desarrolló una serie de instrumentos regulatorios para contrarrestar la acumulación de estos riesgos.

Entre las medidas aplicadas por el Banco de España en este periodo se incluye la implantación de las provisiones dinámicas o contracíclicas y el tratamiento de los vehículos de inversión estructurados -Special Investment Vehicles(SIV)-.

"A diferencia de otras jurisdicciones (...) en España se adoptó una interpretación muy estricta de los criterios que permitían a las entidades de crédito no incluir en su perímetro de consolidación los vehículos de inversión estructurados", sostiene el Banco de España, que explica que la constitución de estos vehículos fuera del balance de las entidades facilitó la transformación y titulización de los créditos 'subprime' en otros países.

Recomendaciones y reflexiones ante los riesgos

Además, la institución indica que "ante los riesgos latentes observados" en la actividad crediticia de la banca española, trasladó a las entidades una serie de recomendaciones y reflexiones relacionados con la financiación hipotecaria e inmobiliaria y con la gobernanza de las cajas de ahorro, entre otras.

No obstante, en un contexto de crisis financiera internacional e "intenso" ajuste en los mercados internacionales, la institución gobernada por Luis María Linde afirma que estos instrumentos "resultaron claramente insuficientes".

"Podría plantearse la pregunta de si se podría haber actuado de forma más enérgica, promoviendo las modificaciones legales necesarias para establecer límites a la concentración de riesgos por sectores, a los niveles de apalancamiento o a las proporciones máximas entre el valor de los préstamos y la valoración de sus garantías (LTV)", admite el Banco de España, aunque recuerda que la implantación de este tipo de herramientas macroprudenciales "no se contemplaba" en la regulación internacional existente antes de la crisis financiera.

"Por otra parte, los niveles de solvencia y provisiones de las entidades, junto con la evolución de los mercados y las previsiones económicas, sustentaron la opinión de que, en general, las entidades podrían afrontar una corrección gradual de sus balances con los instrumentos disponibles y la normativa legal entonces en vigor", apostilla el Banco de España.