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La Audiencia de Madrid anula el pago de las indemnizaciones a los afectados de la talidomida

  • Anula la sentencia contra la farmacéutica porque considera prescrito el caso
  • Había sido condenada a pagar 20.000 euros por punto de discapacidad
  • Las víctimas de este medicamento se sienten "machacadas" por la sentencia
  • La sentencia (.pdf) de la Audiencia de Madrid es recurrible ante el Supremo

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Los afectados por el caso de la talidomida se quedan sin indemnización

La Audiencia Provincial de Madrid ha anulado la sentencia que condenaba a la farmacéutica de la talidomida a indemnizar a las víctimas que sufrieron malformaciones por este medicamento al considerar prescrito el caso por el tiempo transcurrido.

Los afectados por la talidomida nacieron sin pies o brazos después de que les recetaran a sus madres talidomida para combatir las nauseas del embarazo, un medicamento que prohibió en Alemania hace más de 50 años.

En noviembre de 2013, el Juzgado de Primera Instancia número 90 de Madrid condenó a la farmacéutica alemana Grünenthal a pagar a los afectados 20.000 euros por cada punto porcentual de minusvalía que tuvieran reconocido -las víctimas habían reclamado 204 millones- pero la empresa recurrió y ahora la Audiencia de Madrid le da la razón en una nueva sentencia conocida este miércoles que, no obstante, es recurrible ante el Tribunal Supremo.

La Asociación de Víctimas de a Talidomida en España (Avite) ha recibido la decisión de la Audiencia Provincial de Madrid como un "mazazo", mientras que la farmacéutica Grünenthal ha señalado en una nota que la resolución judicial pone de manifiesto que los demandantes "no probaron sus alegaciones" y ha insistido en que ya existen medios "específicos y eficaces" para que los afectados se beneficien de ayudas económicas.

La sentencia considera prescrito el caso

La Audiencia Provincial de Madrid explica que la demanda contra la farmacéutica se presentó en 2012 cuando ya se había superado el plazo de prescripción de un año para interponerla que cuenta a partir del momento en el que se tienen los elementos de diagnóstico necesarios para ello, lo que a juicio del tribunal al menos era posible desde 2008 en la tesis más favorable a los demandantes, informa Efe.

Recuerda que Grünenthal obtuvo la molécula de la talidomida en 1954 y que en España se autorizaron diversas especialidades del principio activo desde junio de 1959 a diciembre de 1960 hasta que en mayo de 1962 se ordenó la retirada de tres de ellas y en enero de 1963 una cuarta a raíz de que se descubrieran efectos de malformaciones congénitas al ser consumido por embarazadas. Afectaban sobre todo a brazos y antebrazos con presencia de la mano unida al hombro, además de anomalías en órganos, especialmente los internos.

La Audiencia explica que Avite, que fue inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones en 2003, presentó la demanda el 16 de febrero de 2012, que el plazo de prescripción para interponerla era de un año y que los daños prenatales fueron puestos de manifiestos en partos que tuvieron lugar hasta el año 1965.

De esta forma la Audiencia entiende que los afectados por la talidomida ya estaban en disposición para ejercer las acciones respecto de estas malformaciones desde que alcanzaron la mayoría de edad, ya que sus malformaciones se evidenciaron en el momento de sus nacimientos.

En todo caso, aunque no conocieran -"lo que es difícil"- la relación de sus secuelas con el fármaco, tal situación cambió en 2003 cuando se inscribió Avite.

Los daños derivados no retrasan el cómputo de prescripción

Añade que en el caso más favorable a los demandantes ya en 2008 podrían haber obtenido los correspondientes diagnósticos que el Centro de Investigación de Anomalías Congénitas del Instituto de Salud Carlos III realizó entre 2006 y 2008, ninguno de los cuales ha sido aportado a las actuaciones, apunta.

Aclara que los daños consecutivos, como dolor y afectación de otros órganos, no retrasan el cómputo de prescripción para poder ejercitar la acción, ya que, según la jurisprudencia ello supondría eliminar el plazo para la misma dada la posibilidad de producirse cualquier nuevo acontecimiento sobrevenido hasta el fallecimiento.

En todo caso, para la Audiencia estos daños consecutivos han de entenderse como variaciones por las exigencias del cuerpo de quienes se ven privados de un miembro u órgano por cualquier circunstancia y en definitiva son consecuencia del daño inicial. Además, la Sala indica que no se han acreditado los riesgos de transmisión de los defectos a descendientes de la talidomina.

Las víctimas se sienten "machacadas"

Las víctimas de la talidomida en España se sienten "machacadas" y "decepcionadas" por la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid. "Respetamos la decisión de la justicia, aunque no la compartimos", ha indicado el presidente de la Avite, José Riquelme, quien ha considerado que la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid ha sido "un mazazo tremendo" y "un golpe muy bajo y muy fuerte" para los afectados.

"Nos parece increíble y alucinante que la titular del juzgado de Primera Instancia número 90 de Madrid no viera prescripción anteriormente y ahora tres jueces de la Audiencia Provincial de Madrid hayan visto prescripción", ha declarado Riquelme.

El presidente de Avite ha destacado que van a seguir luchando, mientras tengan "aliento y vida", para reclamar indemnizaciones, y ha asegurado que recurrirán la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid ante el Tribunal Supremo, aunque tengan que esperar cuatro años más para ver qué dice la justicia en las altas instancias.

"Vamos a seguir luchando hasta los últimos días de nuestras vidas", ha asegurado Riquelme, quien ha indicado que, durante el juicio, se demostró con el informe Heidelberg que la prescripción estaba rota porque había daños nuevos, permanentes y continuos.

Ha resaltado que "España es el único país que ha machacado a las víctimas de la talidomida", que cuentan con ayudas e indemnizaciones en todos los países del mundo procedentes del laboratorio o de los Gobiernos.

La farmacéutica reitera que los afectados tienen ayudas

Por otro lado, la farmacéutica Grünenthal ha afirmado en un comunicado que ya existen medios "específicos y eficaces" para que todos los afectados por la talidomida puedan beneficiarse de ayudas económicas.

Para Grünenthal, la sentencia de la Audiencia madrileña pone de manifiesto que los demandantes "no probaron sus alegaciones" y, transcurridos más de cincuenta años, es "imposible iniciar un juicio válido".

Todos los afectados tienen derecho a recibir los mismos beneficios de la Fundación Contergan que "ya están percibiendo las víctimas alemanas y españolas", señala Grünenthal en la nota.

Grünenthal explica que ha contribuido económicamente con la Fundación Contergan, que concede pensiones vitalicias a todas las víctimas de productos con talidomida de su fabricación o sus distribuidores, que pueden llegar a 7.000 euros al mes, según el grado de discapacidad.

También asegura que ha puesto en marcha diversas iniciativas internacionales para mejorar las condiciones de vida de los afectados.