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Ocho exdirectivos de Caja Duero y Caja España citados como imputados por vender preferentes

  • Entre los citados a declarar están los expresidentes de ambas cajas
  • Las entidades comercializaron las emisiones a través de sus oficinas

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Sucursales de Caja España y Caja Duero. (Archivo)
Sucursales de Caja España y Caja Duero. (Archivo)

El juez Eloy Velasco ha citado como imputados para los días 22 y 23 de octubre a ocho responsables de Caja España y Caja Duero por "idear" presuntamente la emisión de preferentes y deuda subordinada como instrumento para capitalizar las entidades "a costa y en perjuicio de los clientes".

Velasco ha adoptado esta decisión en una providencia después de que la sección tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional le obligara el 29 de julio a admitir a trámite una querella de la Unidad de Consumidores de Castilla y Leon (UCE) contra la cúpula de Caja España y Caja Duero tras haberla archivado.

En concreto, ha citado cita a las 10.00 horas del próximo 22 de octubre, de acuerdo con la querella y a petición de la Fiscalía Anticorrupción, a Santos Llamas y Julio Fermoso, expresidentes de Caja España y Caja Duero, y a los exdirectores generales de Caja España, Javier Ajenjo, y de Caja Duero, Lucas Hernández.

Un día después y a la misma hora deberán comparecer los exdirectores financieros de Caja España, Antonio Fernández, y de Caja Duero, Arturo Jiménez; y el exdirector comercial de Caja España Óscar Fernández, así como su homónimo en Caja Duero que debe ser identificado por el Banco CEISS, fruto de la fusión entre ambas cajas.

Todos ellos estaban acusados en la querella de delitos de estafa, publicidad engañosa, administración fraudulenta o desleal y maquinación para alterar el precio de las cosas.

Además de las citaciones, Velasco ha acordado requerir diversa documentación a Caja España de Inversiones, Caja Duero y Banco CEISS, así como a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y al mercado AIAF (mercado español para la deuda corporativa o renta fija privada) sobre la emisión de participaciones preferentes y deuda subordinada en 2009 y 2010.

Las cajas realizaron dos emisiones de preferentes

La entonces Caja España realizó dos emisiones de participaciones preferentes en fechas 11 de noviembre de 2004 por un total de 150 millones de euros y el 19 de mayo de 2009 por 200 millones, ofreciendo un tipo de interés del 5,15% y del 8,25% respectivamente. La periodicidad del pago del cupón, en ambos casos, era trimestral.

Por su parte, Caja Duero también realizó dos emisiones, una en el año 2003 y otra el 25 de marzo de 2009, esta última por importe de 100 millones y con un tipo de interés del 8,75%. El pago del cupón tenía también una periodicidad trimestral.

Ambas entidades hicieron llegar a sus clientes las emisiones comercializando éstas a través de sus redes de oficinas. Sin embargo, fue el 5 de febrero de 2013 cuando Banco CEISS puso en conocimiento de la CNMV, a través de un hecho relevante, la imposibilidad de abonar los cupones emitidos.

Los perjudicados pueden acudir a la vía civil o penal

La sección tercera de la Sala de lo Penal es la misma que ordenó al instructor del caso Bankia, Fernando Andreu, investigar al expresidente de Caja Madrid Miguel Blesa y a la cúpula directiva de esta entidad y de Bancaja por planificar la emisión de estos productos.

De hecho, en el auto reproducen los argumentos que ya esgrimieron entonces para acotar el objeto de la investigación a "la emisión y comercialización primaria de preferentes y deuda subordinada" en 2009 y 2010 y a las personas que "idearon" su comercialización.

Como ha señalado en otros casos, este tribunal cree que los empleados de las sucursales se limitaban a vender el producto financiero siguiendo las instrucciones de los órganos directivos y, si omitieron información o el inversor cree que fue engañado, parece "lógico pensar" que actuaban según unas directrices.

No obstante, recuerda que los perjudicados pueden acudir a la vía civil o penal de los tribunales territoriales donde se encuentran esas oficinas bancarias.

Los magistrados recuerdan que la CNMV calificó en 2011 de "malas prácticas" la forma en que las entidades casaron la oferta y la demanda de las preferentes, pero instaurando este sistema, lo que buscaron y "efectivamente consiguieron" fue "la creación de un instrumento rápido y sencillo para dar liquidez" a estos productos.

Por tanto, "el error y hasta el incumplimiento normativo de las entidades estriba en no haber cambiado el procedimiento cuando, a resultas básicamente de la crisis financiera", el valor razonable se alejó del nominal, convirtiendo un "procedimiento correcto" en una mala práctica.