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Así será el rescate de la banca española: las claves del memorando de entendimiento

  • Hay condiciones para los bancos con ayudas, el sector financiero y el país
  • Se fija un calendario de cumplimiento y un control exhaustivo del proceso

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El borrador del memorando de entendimiento, el contrato que firmará España el próximo 20 de julio para poder acceder al rescate de hasta 100.000 millones de euros para respaldar a la banca, establece 32 condiciones que el Gobierno deberá cumplir en las fechas marcadas para recibir el dinero que solicite.

El proceso comienza con la identificación de las necesidades precisas de capital de cada una de las entidades financieras, fija condiciones tanto para el sector financiero como para el conjunto del país y está sometido a un control exhaustivo por parte de las autoridades europeas. Estas son las claves de ese contrato:

¿Cuánto dinero pone la UE y cómo deberá devolverlo España?

El documento señala que España dispone de hasta 100.000 millones de euros procedentes del Fondo Europeo de Estabilidad Financiera (EFSF, en sus siglas en inglés), es decir, el fondo de rescates que ha auxiliado a Grecia, Irlanda y Portugal, no el fondo permanente que está punto de entrar en vigor.

Podrá solicitar la cantidad que necesite -las auditorías independientes indican un máximo de 62.000 millones- a lo largo de 18 meses, el período de vigencia del programa, aunque por el momento recibirá 30.000 millones de euros este mismo mes para las necesidades más inmediatas. Cualquier uso de este dinero tendrá que tener el visto bueno de la Comisión Europea y el BCE.

El borrador del memorando no especifica los plazos de devolución ni los tipos de interés, aunque el ministro de Economía, Luis de Guindos, ha avanzado que habrá hasta 15 años para devolver los préstamos y que el interés será inferior al 4%.

Según ha filtrado el Gobierno holandés, el rescate se hará en cuatro tramos y tres se destinarán a la recapitalización.  El primero de un máximo de 45.000 millones que se entregará al Fondo de  Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) a mediados de noviembre, de  un máximo de 15.000 millones a finales de diciembre, y otro pago de  hasta 15.000 millones a finales de junio de 2013.

El  cuarto tramo, de hasta 25.000 millones, servirá para financiar las  sociedades de gestión de activos, es decir los bancos malos que tendrán  que crear las entidades que requieran ayuda pública hasta noviembre para  aislar los activos problemáticos.

¿Cómo se sabrá cuánto dinero necesitan exactamente los bancos?

El memorando establece, en primer lugar, que se deben conocer las necesidades de capital de todos y cada uno de los bancos españoles. Se hará mediante la revisión de todos los activos bancarios a través de una prueba de estrés individual. Así, cuando en septiembre se conozcan los resultados de las pruebas de resistencia que cuatro auditoras (PwC, Deloitte, Ernst & Young y KPMG) realizan a los 14 grupos bancarios más importantes del país y que suponen el 90% del sistema, el sector financiero español se dividirá en cuatro grupos:

  • Grupo 0: entidades que no necesitan capital adicional (probablemente, solo el Grupo Santander, el BBVA y CaixaBank) y que no tendrán exigencias adicionales;
  • Grupo 1: entidades controladas por el FROB (BFA-Bankia, Catalunya Caixa, NCG Banco y Banco de Valencia);
  • Grupo 2: entidades que necesiten capital adicional, no puedan incrementar ese capital por sus propios medios y necesiten ayudas estatales;
  • Grupo 3: entidades que necesiten capital adicional y no necesiten de ayudas públicas para lograrlo.

Una vez conocidas las necesidades de capital, se tomará una decisión sobre el futuro de cada banco, optando entre recapitalizarlo, reestructurarlo o liquidarlo. En última instancia, será la Comisión Europea quien decidirá, antes de finales de año, qué hacer con cada entidad, ya que debe aprobar los respectivos planes de recapitalización o reestructuración.

¿Qué condiciones se exigirán a los bancos que pidan ayuda?

Aquellos bancos que necesiten fondos públicos tendrán que demostrar su viabilidad sin necesidad de más ayudas estatales en el futuro, mediante un plan de reestructuración. Los planes deben centrarse en la capacidad del banco de generar valor para los accionistas y también deberán recoger los costes derivados de la reestructuración.

Además, deberán basarse en una reducción significativa de las áreas de negocio que no sean rentables, con venta de activos, mejora del gobierno de las entidades, cierre de oficinas y recortes de personal. Además, se prohíbe el reparto de dividendos.

Los accionistas, los titulares de capital híbrido (como las participaciones preferentes) y los de deuda subordinada tendrán que asumir parte de las pérdidas, de manera que todo el peso de la reestructuración no recaiga sobre las arcas públicas. El Gobierno deberá tomar las medidas legislativas necesarias para obligar a accionistas y a titulares de híbridos a asumir la mencionada quita si no se pudiera llegar a un acuerdo voluntario sobre el reparto de la carga.

Aquellos bancos que no coticen en bolsa deben presentar un calendario creíble para una eventual salida al parqué. Asimismo, las autoridades españolas se comprometen a limitar la remuneración de los ejecutivos y miembros de los consejos de administración de todas las entidades que reciban ayudas.

Cuando los bancos no sean viables,  España deberá presentar planes de liquidación ordenada de las entidades. La viabilidad o no de una entidad será determinada por el Gobierno y la Comisión Europea.

Estos planes deben ser compatibles con los objetivos de mantener la estabilidad financiera, minimizar la carga de estos procesos de liquidación sobre los contribuyentes, así como dejar que las entidades sanas adquieran sus activos y pasivos de forma competitiva.

Además, las entidades deberán segregar los activos tóxicos en lo que el documento denomina empresa externa de gestión de activos, es decir, un banco malo (o varios), tal y como estableció en su momento el Gobierno y ha subrayado la Comisión Europea.

Estos  bancos malos deberán estar funcionando a pleno rendimiento en noviembre  de 2012, por lo que el Ejecutivo deberá implantar la legislación antes,  y la transferencia de los activos desde las entidades a los bancos  malos se hará a precio real, por lo que tendrán que contabilizar  pérdidas en sus balances cuando segreguen esos activos.

¿Y a los bancos que no pidan ayudas pero necesiten capital?

Los bancos del Grupo 3 deberán presentar planes de recapitalización creíbles antes de octubre en los que demuestren que son capaces de satisfacer esas carencias sin recurrir a la inyección pública.

Sin embargo, y para evitar dudas, las entidades que necesiten aumentar su capital en más de un 2% serán recapitalizadas con dinero público como precaución. Los bancos deberán emitir bonos convertibles  contingentes ('cocos', en el argot financiero) suscritos por  el FROB antes de diciembre.

Las entidades tendrán hasta junio de 2013 para devolver ese dinero. Si no lo hacen, serán nacionalizadas (en parte) y deberán presentar un plan de reestructuración.

Los bancos del Grupo 3 que necesiten menos de ese 2% de capital no serán recapitalizados de esa manera y tendrán hasta el 30 de junio de 2013 para captar el dinero que necesitan. Si no lo logran, también tendrán que presentar planes de reestructuración.

¿Qué condiciones se exigirán al conjunto del sector bancario?

Todos los bancos deberán tener, al terminar el año, un capital básico de al menos el 9% y hasta 2014 no reducir su nivel de capital básico sin la autorización del Banco de España. Además, el Gobierno deberá revisar la normativa sobre provisiones, el dinero que los bancos deben guardar para afrontar posibles pérdidas.

Desde el punto de vista de la supervisión, el Ministerio de Economía deberá traspasar al Banco de España las competencias sancionadoras y la concesión de licencias bancarias antes de que acabe el año.

Asimismo, el propio organismo supervisor deberá llevar a cabo una revisión completa de sus procedimientos de inspección y de toma de decisiones antes de que termine el mes de octubre. “Específicamente, las autoridades analizarán la necesidad de cualquier mejora necesaria en la comunicación a los responsables de adoptar decisiones de vulnerabilidades y riesgos del sistema financiero, para garantizar la adopción de acciones correctivas”, señala el documento.

Además, exige que el Gobierno elabore antes de novimebre una legislación que reforme las cajas de ahorro para que no puedan controlar bancos como accionistas, lo que desmonta el actual sistema de fusiones de cajas.

Por último, pide que el Ejecutivo prepare una normativa específica de protección de los consumidores, por ejemplo, para “limitar la venta de instrumentos de deuda subordinada” y de cualquier otro tipo de productos financieros que no cubre el Fondo de Garantía de Depósitos, como las participaciones preferentes.

¿Qué condiciones macroeconómicas se exigirán al Gobierno?

Aunque la condicionalidad está limitada al sector financiero, el documento señala que hay “una estrecha relación entre los equilibrios macroeconómicos, las finanzas públicas y la solidez del sector financiero y por eso el progreso con respecto a la implementación de los compromisos bajo el procedimiento por déficit excesivo y con respecto a las reformas estructurales (...) será vigilado regularmente y de cerca".

En otras palabras, el Eurogrupo deja claro que el préstamo a la banca está ligado al cumplimiento no solo de las condiciones impuestas al sector financiero, sino también de las condiciones macroeconómicas exigidas al Gobierno que, como subraya Bruselas, son obligaciones. Así, en primer lugar se exige que España cumpla con los objetivos de déficit, que en el borrador están sin especificar, aunque el Ecofin ha acordado este martes que sean del 6,3% este año, 4,5% en 2013 y 2,8% en 2014.

Además, se piden una serie de reformas estructurales, a saber:

  • poner en marcha un sistema de impuestos acorde con los esfuerzos de consolidación fiscal y que proporcione mayor soporte al crecimiento económico, en referencia a una posible subida del IVA;
  • eliminar las bonificaciones fiscales por compra de vivienda;
  • implementar las reformas del mercado laboral y adoptar medidas adicionales para aumentar la efectividad de las políticas activas de empleo;
  • medidas adicionales para liberalizar los servicios profesionales, reducir los plazos en la concesión de licencias para desarrollar actividades económicas y eliminar las barreras para hacer negocios;
  • completar las interconexiones de gas y electricidad con los países vecinos y abordar de una forma exhaustiva el problema del déficit de tarifa eléctrica.

¿Cómo se controlará el cumplimiento del acuerdo?

La troika formada por la Comisión Europea, el Banco Central Europeo y la Autoridad Bancaria Europea (EBA; en sus siglas en inglés) "verificará en intervalos regulares las condiciones" vinculadas al plan y su cumplimiento con "misiones" e informes trimestrales por parte de España.

Las autoridades españolas deben proporcionar a la troika y al Fondo Monetario Internacional datos semanales de los depósitos y la liquidez de los bancos, así como datos trimestrales de los balances bancarios, los préstamos y el capital de que disponen las entidades. Las entidades controladas por el FROB deberán presentar sus datos con horizonte a uno, tres y seis meses.

Estos requisitos de información no excluyen la posibilidad de que se soliciten más datos y, en paralelo, técnicos de Bruselas vigilarán el cumplimiento de reformas para paliar el déficit excesivo y los desequilibrios macroeconómicos.