Los últimos momentos del 'procés', una "ensoñación" que dura ya nueve años
- El Tribunal Constitucional ya ha avalado la amnistía a todos los delitos
- Para hacerla efectiva, falta que la apliquen los tribunales interpelados
”De vultu tuo judicium meum prodeat; oculi tui videant aequitates”. Si alguna vez visitáis el palacio de las Salesas y entráis en el salón de plenos, sobre el dintel de la puerta veréis esta inscripción en letras doradas. Estaba la última vez que entré. Hace ya. La frase es de un salmo: "De tu presencia salga mi juicio; vean tus ojos la equidad".
En ese salón se celebró el juicio del Procés. Desde el 12 de febrero hasta el 12 de junio de 2019: 18 semanas. En el banquillo, diez acusados del Gobierno catalán de 2017 y dos líderes de entidades soberanistas. Seis ausencias destacadas. La que más, la del que era presidente de Cataluña, Carles Puigdemont. Llevaba un año y cuatro meses en Bélgica. Él estaba inmerso en un procedimiento judicial bien distinto, para evitar la extradición.
Habíamos llegado hasta ahí de sobresalto en sobresalto. El 1 de octubre de 2017, cuando nos despertamos con los golpes en los colegios de Cataluña. 2,2 millones de ciudadanos fueron a votar en un referéndum prohibido. El 10 de octubre, con una declaración de república catalana que duró unos segundos. El 27 de octubre, con una declaración de independencia solemne sin trascendencia jurídica alguna ni banderas. Y la aplicación del 155.
El 30 de octubre, con la querella del fallecido fiscal Maza por rebelión (alzamiento violento y público). Puigdemont iba rumbo a Bélgica. El 2 de noviembre, con el ingreso en prisión provisional de los líderes independentistas que sí se presentaron en la Audiencia Nacional, como Junqueras.
El Gobierno catalán cesado, en la cárcel. Su cabeza visible, decía él, en el exilio. Dos maneras de verlo, dos maneras de enfrentarlo. Dos. Dos. Una situación fácil de escribir o de explicar en un directo. La adrenalina del momento, supongo. Hechos son hechos. Pero muy diferente visto desde Madrid o desde Barcelona. Dos miradas que se cruzan en el mismo punto. Dos. Dos. Para todos, en todo caso, de una digestión más lenta de lo que esperábamos.
Fiat justitia, et ruant caeli
"Hágase justicia, aunque se derrumbe el cielo".
Instrucción del caso Procés en 2018. Puigdemont, con orden de detención europea emitida por el juez Llarena, es arrestado en Alemania e ingresa brevemente en la cárcel. Idas y venidas al Tribunal Supremo. Traslado de los presos preventivos a cárceles catalanas y vuelta a Madrid. Juicio. Operación Judas: doce detenidos por supuesto terrorismo que acaban en la Audiencia Nacional, de ellos siete van a prisión provisional.
Sentencia del 14 de octubre de 2019 con penas de hasta trece años por sedición. (Otra vez octubre). Protestas postsentencia que duraron días y que nos dejaron imágenes como las 8.000 personas concentradas en el aeropuerto o la plaza Urquinaona sin adoquines. Tsunami Democràtic.
Diciembre de 2019: cuestión prejudicial en el TJUE sobre la inmunidad de Junqueras. La tenía, pero ya no porque hay condena. Se beneficia Puigdemont, que por entonces es eurodiputado. 2020: tercer grado para los presos. El Tribunal Supremo lo revoca. 2021: indulto parcial y salida de prisión. Puigdemont, detenido en Italia por la Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE), pasa una noche en la cárcel. 2023: derogación del delito de sedición y reforma del de malversación. Revisión de las condenas. Se benefician los que estaban condenados o procesados solo por sedición o por desobediencia. Los que estaban condenados o procesados por malversación, no. Esto es: Junqueras, Romeva, Turull, Bassa, Puigdemont, Comin y Puig.
11 de junio de 2024: ley de amnistía. Avalancha de recursos de inconstitucionalidad. El Supremo no aplica la amnistía porque considera que la malversación de los líderes del procés encaja en los supuestos de excepción. 8 de agosto de 2024: Puigdemont aparece fugazmente en Barcelona y consigue salir de España sin ser detenido.
Junio de 2025: primera sentencia del Tribunal Constitucional que avala la amnistía. Pero no fija postura en referencia al delito de malversación. Julio de 2026: el Tribunal de Justicia de la Unión Europea avala la ley de amnistía en respuesta a la Audiencia Nacional (causa de terrorismo de los CDR de la Operación Judas) y en la del Tribunal de Cuentas (por uso de fondos públicos en el procés). Todo el mundo quiere saber si allana al camino para el regreso de Puigdemont, pero Luxemburgo tampoco concreta nada sobre el delito de malversación. Con la sentencia, el Tribunal Constitucional ya puede ponerse de pleno a trabajar en los recursos de los líderes independentistas y fija el 22 de septiembre para deliberar sobre el primer recurso de amparo, el de Jordi Turull.
Iustitia est constans et perpetua voluntas ius suum cuique tribuere
“La justicia es la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo”.
El primer pleno del Tribunal Constitucional acaba como se esperaba. En el plenario hay siete magistrados considerados progresistas y cinco considerados conservadores. José María Macías, del ala conservadora, se alinea con las tesis del Supremo para justificar la no aplicación de la amnistía a Turull (Junts). Su ponencia no prospera. Se compromete a redactar otra con el sentir mayoritario.
Y llegamos al día de ayer. 6 de octubre de 2026. (Octubre, otra vez). En el orden del día, no solo estaba la ponencia corregida de Macías, también habían incluido la ponencia que defendía el presidente del Constitucional, Cándido Conde Pumpido, y que amparaba a Dolors Bassa (ERC). Ya habíamos visto el borrador. Especialmente contundente en sus críticas sobre la interpretación que hizo el Supremo de la malversación que atribuye a los líderes del procés.
Para Conde Pumpido, "una interpretación extensiva y contraria al espíritu y finalidad de la norma", con un argumento "internamente contradictorio". Antes de empezar el pleno, Macías retiró su propuesta. Se veía más que capaz de redactar una sentencia con el criterio de los progresistas, pero no estaba dispuesto a rubricar un texto con semejantes “improperios” contra el Supremo.
La suerte estaba echada. Y realmente es muy triste que sea tan previsible. Ocho de los doce miembros de ese plenario los escogen mayorías cualificadas del Congreso y el Senado. Y en estos momentos, ya lo hemos dicho, la composición es de siete a cinco. Son capaces de votar por unanimidad los muchos temas muy delicados que llegan al Tribunal de Garantías. En este, no ha habido manera. O blanco o negro. Dos visiones irreconciliables. Dos. Dos.
Así que la ponencia que avala amnistiar a Bassa ha sido estimada. Y en su parte dispositiva es “clara y precisa”, como ya avisó días antes el presidente del Constitucional. No solo anula la decisión del Supremo de no aplicar la amnistía, sino que le urge para que la aplique con preferencia. Aquí también hay un dos, dos. Constitucional y Supremo. La Corte de Garantías y la cúspide del poder judicial.
Dura lex, sed lex
“La ley es dura, pero es la ley”.
Falta poner la sentencia negro sobre blanco y añadir los votos particulares. Y luego, notificarla a las partes y publicarla en el BOE. Pero, como no puede ser de otra manera, guste o no, es vinculante. Y, además, sienta doctrina. Es decir, el Constitucional podrá dar la misma respuesta a casos iguales en aplicación de doctrina. Por lo tanto, es extrapolable a los recursos de los líderes independentistas que quedan pendientes. Bastará con un “no hay pronunciamiento por pérdida de objeto” o un “me remito a la sentencia”.
El primero en verlo así ha sido el magistrado Pablo Llarena. Él mantiene procesados en rebeldía a Carles Puigdemont, Toni Comín y Lluis Puig. No había pasado ni una hora desde que trascendió el fallo y ya había redactado un auto para dejar sin efecto las órdenes de detención contra ellos que siguen vigentes en España. Solo provisionalmente y apreciando, como es lógico, que ese fallo afectará a su causa. Pero como no sabe hasta dónde, Llarena se esperará a analizar el texto íntegro y los matices de los votos particulares para tomar una decisión sobre si aplica la amnistía. ¿Puede encontrar una vía para no aplicarla? Puede. No ha llevado la causa al TJUE. Y alguna de las partes podría presentar alegaciones y cabría recurso a la Sala Penal. ¿Lo hará? Por si acaso, parece que Puigdemont no va a regresar hasta que sea efectiva la amnistía con el archivo definitivo de su causa.
Los condenados como Junqueras dependen de la Sala Penal. El Constitucional le ha instado a no demorar su decisión y esta misma mañana le ha notificado y remitido la sentencia completa. Aquí no hay plazos establecidos. Veremos en los próximos días. Aplicar la amnistía significaría para Junqueras y los otros 3 condenados por malversación dejar de estar inhabilitados para cargos públicos y la cancelación de sus antecedentes penales.
Pero no son los únicos que están pendientes de los tribunales y la aplicación de la amnistía. Se esperaba que el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional trasladaran la sentencia de Luxemburgo a sus respectivas causas. Hay 35 excargos de la Generalitat, juzgados por responsabilidad contable y pendientes de sentencia, que la esperan. Y doce supuestos CDR, a un paso de juicio por presunto terrorismo que según Europa es amnistiable, también pendientes.
Ius est ars boni et aequi
“El derecho es el arte de lo bueno y de lo equitativo”.
Está a punto de cerrarse una etapa que dura al menos nueve años. De octubre de 2017 a octubre de 2026. (Nuevamente octubre). En el del 2019, el Tribunal Supremo definió el proceso independentista como una “ensoñación”, una “quimera”. Llegó a la conclusión de que todo lo que preparaban los independentistas juzgados, como el referéndum con censo universal y sin control real, no era más que un “señuelo” para forzar al Gobierno a negociar.
Pero ese “artificio engañoso” se ha enredado en los códigos penales, los cambios legislativos, los pronunciamientos europeos, los indultos y la amnistía. Ha ido alargando una situación que ahora parece destinada a dormir el sueño de los justos. O no. Dos opciones. Dos.