El Poder Judicial abre la puerta a sancionar al juez Peinado por sugerir que los escoltas de Begoña podrían ayudarla a huir
- La Comisión Permanente del CGPJ remite al TSJM dos diligencias contra magistrado
- El TSJ de Madrid valorará si pudo incurrir en faltas leves de desconsideración y de retraso
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha acordado remitir al Tribunal Superior de Justicia de Madrid dos de las diligencias informativas incoadas a raíz de quejas presentadas contra el juez Juan Carlos Peinado, para que "valore si pudo incurrir en sendas faltas leves de desconsideración y retraso". Se revoca así el archivo propuesto por el Promotor de la Acción disciplinaria y el Tribunal examinará ahora si procede, o no, sancionar a Peinado por ello.
Una de esas diligencias se refiere al auto de medidas cautelares contra Begoña Gómez, a quien Peinado retiró el pasaporte y prohibió salir del territorio nacional. La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial pidió al Promotor de la Acción Disciplinaria que examinase si "las expresiones en las que se sugería que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado podrían colaborar en la fuga de una persona investigada -la mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez- pudieran ser constitutivas de una falta de desconsideración".
Aunque el Promotor de la Acción Disciplinaria propuso el archivo por considerar que solo podría entrar a analizar esas manifestaciones si le fueran remitidas por el tribunal superior que conociera de la resolución en vía de recurso, la Comisión Permanente señala que hay precedentes jurisprudenciales que permiten sancionar el uso de esas expresiones sin ese requisito. Citan una sentencia del Tribunal Supremo que confirmó la sanción de suspensión de funciones impuesta por el CGPJ a un magistrado por una "falta de desconsideración respecto de instituciones", al haber empleado en distintas resoluciones judiciales "expresiones plagadas de descalificativos hacia la Generalitat de Cataluña".
Una decisión que se ha adoptado por mayoría, según ha podido saber RTVE por un comunicado del Consejo General del Poder Judicial. Aunque la misma nota recoge que "los vocales discrepantes" - en total cuatro- formularán votos particulares. Son los vocales que no comparten esa decisión consideran que con esas expresiones, Peinado explica "los motivos por los que él considera que procede su decisión de adoptar medidas cautelares". Según ese voto particular, la decisión es "estrictamente jurisdiccional y revisable por la vía ordinaria de los recursos que caben contra ella, sede natural en la que puede apreciarse una eventual ausencia, insuficiencia o desacierto de la motivación".
La otra diligencia es una remitida al Tribunal Superior de Justicia de Madrid tras tras la denuncia presentada por un particular por "retraso injustificado -desde junio de 2024 hasta enero de 2026- en la tramitación de un procedimiento". El promotor de la acción disciplinaria propuso su archivo, pero la comisión Permanente estima que sí podría ser constitutivo de "una falta leve de retraso", por lo que será examinada por el TSJ de Madrid. También en este caso hay votos particulares.
Cuatro quejas archivadas, incluida la de Bolaños
Además, la Comisión Permanente ha tomado conocimiento del archivo de otras cuatro quejas contra el magistrado. En primer lugar la que interpuso el ministro Justicia, Félix Bolaños, por los hechos relacionados con su declaración como testigo en un procedimiento judicial, durante la que, dice el CGPJ, el ministro denunció que "se llevaron a cabo actuaciones anómalas, como la petición del magistrado de un vehículo oficial para acceder al Palacio de la Moncloa o de una tarima para ubicarse, físicamente, en una posición más alta que la del compareciente; o la interrupción de la testifical para que el ministro saliera a consultar un dato que había asegurado desconocer".
El Promotor de la Acción Disciplinaria propuso su archivo, y ahora la Comisión Permanente del órgano de gobierno de los jueces lo confirme, al considerar que "las quejas se refieren a cuestiones accesorias de la declaración judicial basadas en interpretaciones de las normas procesales que pueden ser discutibles, pero que no alcanzan relevancia disciplinaria y no supusieron la vulneración de ningún derecho del testigo". Añade que, "aunque la diligencia se desarrolló en un clima de tensión, no hubo desconsideraciones explícitas al declarante".
La segunda de las diligencias cuyo archivo se ha tomado conocimiento se refiere a la queja presentada por Cristina Álvarez, asesora de Begoña Gómez e investigada en la misma causa que esta, "por la filtración a un medio de comunicación del contenido de una providencia que aún no se había dictado". Lo explican porque no ha podido acreditarse que fuese Peinado quien filtró su intención de dictar una resolución ni su contenido.
La tercera diligencia informativa archivada se inició a raíz de las quejas presentadas contra Peinado por el grupo municipal Más Madrid y por el diputado socialista en la Asamblea de Madrid Guillermo Hita por haber "acordado fuera de plazo la prórroga de la instrucción de una causa en la que se investiga un delito de malversación". Una decisión para la que se ha tenido en cuenta "la poca antelación con la que las acusaciones solicitaron la prórroga de la instrucción".
La última diligencia informativa que queda archivada tras la decisión de la Comisión Permanente tuvo origen en la denuncia de una particular que prestó declaración en condición de investigada y que sostenía que "el magistrado no le permitió declarar por videoconferencia, trató con desconsideración a los letrados intervinientes y acordó medidas cautelares desproporcionadas". En este caso, la decisión se ha tomado por unanimidad. El promotor señaló que la decisión de si la declaración debe hacerse de forma presencial o por videoconferencia es una decisión del magistrado y "con independencia de que sea o no acertada, queda fuera del ámbito disciplinario".