Archivada la denuncia del arzobispo de Barcelona contra un joven que le reprochó su inacción ante un cura pederasta
- El cardenal Juan José Omella presentó una querella por un presunto delito de amenazas
- La Audiencia de Barcelona avala así la decisión de un juzgado que en febrero de 2025 ya la inadmitió a trámite
La Audiencia de Barcelona ha rechazado la querella presentada por el cardenal Juan José Omella por un presunto delito de amenazas contra un joven que le reprochó su inacción ante los abusos sexuales que sufrió por parte de un cura, advirtiéndole de que informaría a una "instancia eclesiástica superior".
En un auto, la sección octava de la Audiencia de Barcelona confirma la inadmisión de la querella presentada por el arzobispo de Barcelona contra un joven, víctima de tocamientos por parte de un religioso.
La Audiencia de Barcelona, siguiendo además el criterio de la Fiscalía, avala así la decisión del juzgado de Instrucción número 17 de Barcelona, que en febrero de 2025 ya inadmitió a trámite la querella del cardenal aragonés contra ese joven por un presunto delito de amenazas condicionales, incluido el de calumnias o, alternativamente, de injurias.
Un burofax recriminando su actitud
El joven había remitido un burofax a Omella recriminándole su actitud, dada su condición de cardenal arzobispo de la diócesis de Barcelona, por no haber denunciado de oficio los hechos que le habría comunicado en encuentros anteriores sobre actos ilícitos de naturaleza sexual. En el escrito, agregaba que esperaba una "respuesta satisfactoria". De lo contrario, advertía de que se reservaba las acciones oportunas, civiles o penales, así como poner los hechos en conocimiento de una "instancia eclesiástica superior".
La justicia aduce que los hechos descritos en ese burofax no son constitutivos de una "infracción penal" como sostenía la querella presentada por el cardenal, sino una "acción legítima".
Para la Audiencia, en la recriminación del joven al arzobispo por no haber actuado en este caso no se aprecia un "mal concreto e injusto", a lo que se suma la "inexistencia de elementos que apunten a una auténtica finalidad conminatoria".
Según el tribunal, en su escrito el joven no hacía responsable al cardenal de los hechos, sino que se limitó a reprocharle "su inacción a la hora de denunciar de oficio los hechos" que le había puesto en su conocimiento, y tampoco aprecia un delito de amenazas contra el arzobispo por querer elevar el caso a instancias superiores ni que se haya atentado contra su honor por un presunto delito de calumnias o injurias.