La Audiencia de Valencia ordena reabrir la causa del excomisionado de la dana
- Inicia la instrucción a José María Ángel, a raíz de una denuncia por falsedad documental
- La Sala acepta los recursos de Manos Limpias y la Diputación de Valencia
La Audiencia de Valencia ha ordenado reabrir la causa abierta al excomisionado del Gobierno para la dana, José María Ángel, a raíz de una denuncia por falsedad documental del título con el que promocionó como funcionario. Una causa que queda así reabierta, tras quedar admitidos los recursos de Manos Limpias, la Diputación de Valencia y, de forma parcial, del Ministerio Fiscal.
En un auto notificado este miércoles, al que ha tenido acceso RTVE, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial acuerda reabrir la causa tras admitir los recursos en contra la decisión del titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Valencia de archivar la causa.
Falsedad documental
De esta forma, la Audiencia deja sin efecto el sobreseimiento de las actuaciones y ordena el inicio de la investigación. El titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Valencia desestimó en un primer momento los recursos de reforma presentados contra el sobreseimiento de la causa abierta al excomisionado del Gobierno al considerar que estaba prescrito el presunto delito de falsedad documental derivado de la supuesta falsificación en 1983 de un título de diplomado en archivística y biblioteconomía.
El magistrado consideró entonces que no se trataba de un delito continuado y tampoco apreciaba la comisión del delito de estafa en el excomisionado, quien dimitió el 31 de julio de 2025 tras la polémica sobre la titulación con la que promocionó de funcionario hace 43 años, y unos días después intentó suicidarse.
Respecto a la prescripción, la Audiencia señala en el auto notificado que no entra en consideraciones acerca de la posibilidad de que el delito de falsedad sea continuo o permanente e indica que, según la información remitida por la Diputación, Ángel habría solicitado sendas prórrogas en el servicio activo en los últimos años, los dos últimos los de 2023 y 2024.
Debe alegar que reúne las aptitudes
A criterio de la Sala, la jurisprudencia de los TSJ pone de manifiesto que cada vez que el funcionario pide prórroga, no se limita a continuar en una situación ni tiene el derecho absoluto a la continuación, sino que debe alegar que reúne los requisitos de aptitud que en su momento le facultaron para optar al puesto en que desea continuar, o de otra manera, debe esgrimir de forma expresa o por remisión, expresa o tácita, los títulos que le amparan.
"La exigencia es tan evidente que de formular la petición excusándose de la titulación, la respuesta habrá de ser negativa por no ser apto para el destino en función de los requisitos normativos exigidos al efecto", advierte el auto.
Por ello, y no siendo descartable que el denunciado haya hecho valer su título falso en demostración del cumplimiento de su preparación, de su condición de apto para acceder a las prórrogas en el servicio activo, "no se dispone de la necesaria claridad de hechos" para ceñir el cómputo de la prescripción al momento de su presentación en la década de los ochenta, según añade.