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Elecciones en Aragón 2026: Guía útil para votar este domingo 8 de febrero

Elecciones Aragón 2026: guía para votar el 8 de febrero
Dos personas ejercen su derecho a voto en una cabina en un colegio electoral EDUARDO PARRA Elecciones Aragón 2026: guía para votar el 8 de febrero

Algo más de un millón de aragoneses (en concreto, 1.036.321 según el INE) están llamados a las urnas este domingo 8 de febrero para elegir al próximo presidente o presidenta del Gobierno de Aragón. Por primera vez en la historia de la comunidad autónoma se ha producido un adelanto electoral. El presidente Jorge Azcón (PP) convocó estos comicios ante la imposibilidad de alcanzar un acuerdo para aprobar los presupuestos de 2026.

Del total de electores, casi 33.000 acudirán por primera vez a votar. Son los jóvenes que han cumplido la mayoría de edad desde la anterior votación, celebrada el 28 de mayo de 2023. La mayoría de los que se estrenan como electores están en Zaragoza, donde hay 24.561 nuevos votantes. Le siguen Huesca y Teruel, con 5.269 y 3.061 nuevos electores, respectivamente.

Los colegios electorales, desde las 9.00 hasta las 20.00

Para que los aragoneses puedan elegir a los próximos 67 diputados de las Cortes de Aragón, los colegios electorales abrirán sus puertas a las nueve de la mañana y podrá ejercerse el derecho al voto en ellos de forma ininterrumpida hasta las ocho de la tarde (20.00 horas), en que los locales electorales cerrarán sus puertas.

Habrá un total de 2.213 mesas repartidas por el territorio aragonés. La Oficina del Censo Electoral ha remitido a todos los electores y electoras una tarjeta censal en la que aparecen los datos actualizados de su inscripción en el censo y también la dirección del colegio electoral donde pueden ejercer su derecho, junto con los datos de la Sección y la Mesa que les corresponde. Además, quienes dispongan del sistema Cl@ve, pueden consultar estos mismos datos en la página web del Instituto Nacional de Estadística.

¿Qué documentación necesito?

Para ejercer el derecho al voto es necesario identificarse debidamente en la mesa electoral. Para ello, es necesario presentar el DNI en formato físico o bien mediante la aplicación miDNI en el móvil. También es válido el pasaporte (con fotografía) o el carnet de conducir, con fotografía. Será válido también a través de la aplicación miDGT.

Según informa el Gobierno de Aragón en su Portal de Elecciones, se aceptará la presentación de estos documentos, aunque estén caducados, pero "han de ser los originales, en ningún caso fotocopias".

En caso de haber acudido a renovar el DNI, no será válido el resguardo que justifica que se ha realizado el trámite, ya que no lleva fotografía.

Para poder ejercer este derecho, recogido en el artículo 23 de nuestra Constitución, es necesario estar inscrito en el censo electoral, que elabora cada ayuntamiento a partir de los datos del padrón de habitantes. Los ciudadanos pueden consultarlo en cualquier momento y, en caso de observar algún error, presentar una reclamación ante las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral correspondiente, a través de los ayuntamientos o los consulados.

Aunque tenga que trabajar, puede ausentarse para ir a votar

Aquellos electores que tengan que trabajar durante la jornada electoral podrán ausentarse de sus puestos de trabajo para ejercer este derecho. Eso sí, con límites.

Si el horario laboral coincide en dos o más horas con el horario de apertura de la Mesa, el trabajador tiene derecho a disfrutar de un permiso retribuido, que variará en función del tiempo de coincidencia. Es decir, si coincide entre dos y cuatro horas, tendrá un permiso de 2 horas, si coincide entre cuatro y seis, de 3 horas y a partir de seis horas, de cuatro horas (el máximo). El permiso tiene carácter retribuido y no recuperable. Es decir, el trabajador no tendrá que quedarse al final de su jornada para "compensar" el tiempo que ha faltado para ir a votar. Cuando se trate de trabajadores contratados a tiempo parcial, la duración del permiso se reducirá proporcionalmente.

En todo caso, el empresario tiene derecho a solicitar a los trabajadores y trabajadoras la exhibición del justificante acreditativo de haber votado. Este documento se puede solicitar ante la Mesa electoral correspondiente el mismo día de la votación.

Voto accesible, para todos

Es obligación de los ayuntamientos proponer locales accesibles para ubicar en ellos las mesas electorales. En el supuesto de que no exista ningún local accesible, por ejemplo en un pueblo pequeño, y se justifique por la Delegación del Censo Electoral, la Junta Electoral competente adoptará las medidas necesarias para que los locales disponibles sean accesibles durante la jornada electoral. Por otra parte, Cruz Roja pondrá en marcha el servicio de transporte adaptado para facilitar el voto de las personas con movilidad reducida en las tres provincias aragonesas.

Desde el 7 de diciembre de 2018, la ley garantiza el derecho de sufragio de las personas con discapacidad, que podrán valerse de una persona de su confianza que les acompañe y les asista en este proceso. En el caso de que algún miembro de la mesa, interventor o apoderado considere que el voto no está siendo ejercido de forma consciente, libre y voluntaria, puede hacerlo constar en el acta de la sesión, pero no se impedirá que el sobre con el voto se introduzca en la urna.

Además, los electores con discapacidad visual que conocen el sistema braille y tengan reconocido un grado de discapacidad igual o mayor al 33% o sean afiliados de la ONCE, han tenido hasta el pasado 12 de enero para solicitar el voto accesible. Consiste en la puesta a disposición del votante de un kit o maletín el día de las elecciones en su mesa electoral o bien en su domicilio, para que puedan ejercer este derecho con plena autonomía y garantía del secreto de sufragio. Este procedimiento está vinculado al voto presencial.

Diferentes formas de votar

Para ejercer su derecho al voto y otorgar su apoyo a un partido político u otro, es necesario introducir la papeleta dentro del sobre habilitado y este, a su vez, en la urna electoral. Sin embargo, también puede votar en blanco (cuando no se introduce ninguna papeleta dentro del sobre), voto nulo (si se introducen diferentes papeletas de distintos partidos o estas tienen alguna alteración, como tachones o dibujos) o abstenerse (no yendo a votar).

La abstención y el voto nulo no afectan al reparto de escaños. El voto en blanco, sin embargo, favorece a las candidaturas más votadas, ya que este último se suma al total de los votos emitidos.

¿Qué pasa después? El escrutinio

A las ocho de la tarde los colegios electorales aragoneses cerrarán sus puertas. El presidente o presidenta de la mesa introducirá en la urna los votos que hayan llegado por correo postal y los vocales revisarán que esas personas aparecen también en el censo. Los últimos en votar serán los miembros de la mesa. Cuando finalicen, comenzará el escrutinio o recuento de votos.

El presidente abrirá, uno a uno, los sobres, y dirá en voz alta a quién corresponde cada voto y los miembros de la mesa comprobarán que el número de sobres es el mismo de personas que han votado. En caso de protesta o reclamación, se discernirá por mayoría de la mesa electoral.

Finalizado el recuento, el presidente o presidenta dirá los votos que tiene cada partido, el número de votantes de la mesa, los votos nulos y los votos en blanco. Con esos datos se redactará el acta de escrutinio, que y el acta de sesión, que tendrán que firmar todos los miembros de la mesa electoral.

Esta documentación se dividirá en 3 sobres (uno con los originales y dos con copias del acta de constitución de la mesa y el acta de sesión). El presidente entregará dos de estos sobres en el juzgado, para lo que podrá ir acompañado de la Policía o Guardia Civil. El tercer sobre será entregado por uno de los vocales a un funcionario de Correos que acudirá al colegio electoral.