El Gobierno incluye los 'deepfakes' en los delitos contra el honor y regula los 'true crimes'
- El objetivo de esta ley es frenar la manipulación de imágenes y voces creadas con inteligencia artificial
- El Gobierno amplía el derecho a pedir la rectificación de lo que publiquen 'influencers' en redes sociales
El Gobierno ha dado este martes el primer paso para incluir el uso y difusión de imágenes o voces manipuladas sin consentimiento a través de la Inteligencia Artificial- las conocidas como 'deepfakes'- entre los delitos contra el honor con la aprobación en el Consejo de Ministros del anteproyecto de ley del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
Se trata de una norma que tendrá rango orgánico y que debe ser, por tanto, aprobada por mayoría absoluta en el Congreso de los Diputados.
La aprobación de esta ley orgánica forma parte del Plan de Acción por la Democracia que presentó el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en 2024 y es una norma impulsada por los Ministerios de Justicia y de Juventud e Infancia.
La nueva ley pretender abordar la protección frente a falsificaciones, introduciendo un nuevo apartado en donde se consideran ilegítimas la difusión o utilización de la imagen o voz de una persona cuando haya sido creada, simulada o manipulada tecnológicamente para dotarla de una apariencia extremadamente realista. Se tiene con ello en cuenta el fenómeno de las ultrasuplantaciones realizadas con inteligencia artificial, cada vez más frecuentes en redes sociales.
Por ello se considerará una intromisión en el derecho al honor hacer este tipo de montajes falsos, si bien habrá límites en la imagen de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y cuando el uso de esas imágenes o voces extremadamente realistas formen parte de una obra o programa con fines creativos, satíricos, artísticos y de ficción.
El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, ha presentado las principales modificaciones legales argumentando que "en más de 40 años (desde que se aprobó la pasada ley) el ecosistema mediático y el acceso a la información ha cambiado sustancialmente, de tal forma que ahora hay que adaptar la ley también de forma sustancial".
El ministro ha destacado que se protege la libertad de expresión y la libertad creativa porque en el caso de personas de proyección pública, en ese contexto creativo, satírico o de ficción, se puede utilizar inteligencia artificial, haciendo constar, en todo caso, que esas imágenes provienen de la utilización de esa tecnología.
Más protección para los menores
Asimismo, a fin de reforzar las cautelas protectoras del interés de las personas menores de edad, se dispone el carácter ilegítimo de cualquier intromisión que implique menoscabo de su dignidad o de su reputación o sea contraria a sus intereses incluso cuando conste su consentimiento o el de sus representantes legales.
De esta manera, los menores de 16 años no podrán dar consentimiento para el uso de la propia imagen y en el caso de los mayores de esa edad se considerará una intromisión ilegítima, aunque haya prestado el consentimiento, cuando se menoscabe su dignidad o reputación.
Límites al consentimiento en redes sociales
En materia de consentimiento, establece que compartir imágenes personales en una red social no supone que terceros puedan usarlas en otras redes o canales de difusión, esto es, el consentimiento está limitado a la red social en la que se sube una determinada imagen.
También la ley contempla que se pueda prohibir mediante testamento la utilización futura de la propia imagen o voz para fines comerciales o similares una vez fallecidos.
Regulación de los 'true crime'
Por otro lado, la revelación de detalles de un delito por parte de su autor que pueda causar un nuevo daño a la víctima se considerará intromisión ilegítima en sus derechos, por ejemplo en los casos de los 'true crime', siempre que el victimario obtenga algún tipo de rendimiento económico o proyección personal con ese 'true crime'.
Derecho de rectificación adaptado al ecosistema mediático actual
El Consejo de Ministros ha aprobado también, en este caso en segunda vuelta, el proyecto de ley que regula el derecho a la rectificación con el objetivo de "adaptarlo al ecosistema mediático actual de internet" y abarcar así las publicaciones de 'influencers' en redes sociales y plataformas digitales.
De esta manera, la ciudadanía podrá ejercer su derecho a la rectificación no solo con respecto a los medios de comunicación, como hasta ahora, sino también en función de lo que se publique en las plataformas digitales y publiquen los usuarios "de especial relevancia" en redes sociales, esto es, que tengan más de 100.000 seguidores en una red o más de 200.000 en todas las plataformas en las que estén presentes.
Con esta medida, el Gobierno quiere garantizar la libertad de información y que cualquier ciudadano "esté protegido frente a injerencias, desinformaciones, falsedades, inexactitudes y mentiras que le afecten", ha recalcado Bolaños, que destaca el control, por primera vez, de lo que dicen los 'influencers', algunos de ellos "propagadores de bulos".
Con esta reforma, los medios digitales y también los 'influencers' deberán establecer un mecanismo accesible y visible que permita enviar fácilmente la solicitud de rectificación. Respecto al plazo para presentar la solicitud, se establece que sea de 10 días naturales si la información ha sido publicada en medios de comunicación tradicionales y de 20 días si ha sido en medios digitales o en cuentas de 'influencers'. Además, la norma establece los criterios para calcular las indemnizaciones en línea con la jurisprudencia ponderando la gravedad de las intromisiones.