Elecciones Extremadura 2025: Multas y sanciones si no se acude a una mesa electoral
- Las sanciones pueden alcanzar un año de prisión y multas de hasta 24 meses
- Fechas clave, candidatos, voto por correo y plazos para el futuro Gobierno extremeño
Cerca de 900.000 extremeños están llamados a las urnas el próximo 21 de diciembre. Los ayuntamientos y administraciones competentes ya han realizado los sorteos correspondientes para conformar las mesas electorales y designar a los presidentes, vocales y suplentes. Entre sus tareas estarán las de custodiar las urnas y las papeletas, comprobar la identidad de los votantes, gestionar las actas y garantizar el correcto desarrollo del escrutinio durante toda la jornada electoral.
Estas elecciones, además, coinciden a las puertas de la Navidad y muchos ciudadanos pueden tener ya planes organizados o incluso viajes. Esta circunstancia puede hacer incrementar las dudas de los extremeños sobre si existen multas y sanciones en el caso de no presentarse en una mesa electoral.
Las personas que hayan sido designado para formar parte de una mesa electoral y no puedan ejercer este cargo, disponen de siete días desde la notificación para presentar sus alegaciones ante la Junta Electoral de Zona.
Motivos y causas para no acudir a una mesa
El Boletín Oficial del Estado (BOE) establece las causas que justifican la ausencia en una mesa electoral. En primer lugar, solo los mayores de 65 a 70 años pueden renunciar voluntariamente. Los mayores de 70 no entran en el sorteo que hacen los ayuntamientos y administraciones competentes.
Otras situaciones que pueden conllevar la ausencia son una discapacidad de cualquier grado, aunque es necesario presentar la alegación correspondiente. También ser pensionista de incapacidad permanente absoluta, estar de baja por incapacidad acreditada y aquellas mujeres embarazadas a partir del sexto mes o con permiso por maternidad.
Se suman causas familiares para no estar en una mesa como por ejemplo estar al cuidado de un lactante, cuidado directo de menores de 12 años o personas con discapacidad, o familias monoparentales con menores de 14 años cuando el otro progenitor no pueda ocuparse del menor.
También constan causas profesionales, entre ellas prestar servicios esenciales (sanitarios o emergencias), ser director o jefe de informativos en medios de comunicación durante la jornada electoral, y profesionales con eventos inaplazables como conciertos o espectáculos.
Multas y sanciones
La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) determina las multas y sanciones en el caso de que un ciudadano no cumpla con la obligación de presentarse en una mesa electoral.
Concretamente, establece que tanto los presidentes, los vocales titulares y los suplentes pueden ser castigados con pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses por faltar o abandonar sus funciones sin justificación.
No recoger la notificación que emite el ayuntamiento no es excusa, puesto que en última instancia se considera comunicación válida la publicación del nombre en el BOE.
¿Quiénes son los candidatos?
En total, el 21 de diciembre, los extremeños elegirán a 65 representantes autonómicos, 36 por parte de Badajoz y a 29 por Cáceres. Los candidatos de los partidos que tienen representación en la Asamblea de Extremadura ya se conocen.
Por parte del PP, se presenta a la reelección la hasta ahora presidenta de la Junta de Extremadura, María Guardiola. En el PSOE encabeza la lista Miguel Ángel Gallardo, que se presenta pese a estar imputado en el caso que investiga al hermano de Pedro Sánchez, David Sánchez. También repite la candidata de la coalición formada por Podemos, Izquierda Unida y Alianza Verde, Irene de Miguel. Vox es el único de los cuatro partidos con representación en la Asamblea que tendrá nuevo candidato, Óscar Fernández.
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