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La Fiscalía se opone a suspender cautelarmente la orden de detención contra Carles Puigdemont

  • El expresident alegó que era una medida de privación de libertad que afectaba al "núcleo más esencial de los derechos fundamentales"
  • El fiscal cree que la suspensión de la orden "ocasionaría la perturbación grave de un interés constitucionalmente protegido"
El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont
El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont FE/EPA/OLIVIER MATTHYS
RTVE.es

La Fiscalía se ha opuesto a que se levante la orden de detención interpuesta contra Carles Puigdemont, tal y como había solicitado el expresident catalán a la espera de que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre su recurso para la amnistía por el delito de malversación.

El expresidente de la Generalitat solicitó en julio a la Corte de Garantías que se le aplicara la ley de amnistía y la adopción de una medida cautelarísima que suspendiera la orden nacional de busca, detención e ingreso en prisión que decretó el instructor del procés, el magistrado Pablo Llarena.

Para ello, alegó que se trataba de una medida de privación de libertad "dictada sin condena previa" y cuyo cumplimiento "produciría efectos inmediatos, actuales y, sobre todo, irreparables", ya que afectaba al "núcleo más esencial de los derechos fundamentales" y a sus derechos políticos.

Sin embargo, la Fiscalía ante el Tribunal Constitucional señala en un escrito que la defensa alega una "hipotética afectación de su derecho a la libertad" cuya realización efectiva depende "de su propia voluntad", "por más que su argumentación pretenda desenfocar o invertir la realidad jurídica de su situación".

El fiscal jefe del TC, Pablo Crespo, cree que esto no es "más que el fruto de su propio temor a ser privado de libertad" por una resolución judicial que "a su vez es consecuencia de su propia conducta procesal". Así, le reprocha que pretenda presentarlo "como una coacción que le impide entrar en territorio nacional".

"Nada hay en consecuencia que restablecer en el plano de la libertad personal del actor, que disfruta de ella en tanto se mantiene voluntariamente fuera del radio de acción de la Justicia española", resuelve el fiscal.

A lo largo de su razonamiento, el Ministerio Público también sostiene que la suspensión de la orden "ocasionaría la perturbación grave de un interés constitucionalmente protegido, que en un razonable juicio de ponderación hace obstáculo a dicha pretensión cautelar".

En ese sentido, argumenta que el objetivo de la medida es evitar que los inculpados puedan "sustraerse de la acción de la justicia" y que, si la fuga de un inculpado puede "alterar gravemente el interés general e incluso derechos de terceros", esto "ha de pesar de forma determinante a la hora de ponderar ese interés general".

Rechaza las valoraciones "de carácter político"

Por otro lado, respecto al "debate abierto" por lo que Puigdemont denomina como "conflicto político", afirma que las valoraciones "de carácter o sesgo político sobre el contexto o las consecuencias de las resoluciones impugnadas" deben quedar por completo al margen de la cuestión cautelar y del propio recurso de amparo. "Cualquier valoración al respecto sobrepasa el ámbito procesal y material de la pieza de suspensión a la que se ciñe el presente trámite", insiste.

Crespo añade que no es competencia del Constitucional "en este trámite" cuestionar la orden de detención dictada por Llarena, "más allá del análisis, precisamente, de la efectiva concurrencia de un riesgo de fuga --aquí pública y notoriamente consumada-- que le sirva de suficiente motivación".

Pablo Crespo ya se pronunció en la misma línea respecto al exvicepresidente catalán Oriol Junqueras, al negarse igualmente a que se le levantara de forma cautelar la pena de inhabilitación, única que tiene vigente tras los indultos a los líderes del 'procés'. En su caso, Fiscalía alegó que supondría anticipar el fallo del TC.

El Constitucional rechazó resolver inmediatamente la medida cautelar de Puigdemont, acordando estudiarla, al igual que con Junqueras, en piezas separadas dentro del trámite de sus amparos. Fuentes jurídicas consultadas por Europa Press indican que, si bien es frecuente que se pidan este tipo de medidas cautelares, es raro que se concedan, por lo que auguran que en ambos casos serán finalmente rechazadas por el TC.