Enlaces accesibilidad

El Constitucional admite el recurso de Puigdemont por la amnistía pero no suspende su orden de detención

  • También admite los recursos de los exconselleros Toni Comín y Lluis Puig por la amnistía
  • Debatirá asimismo sobre el recurso de las Cortes de Aragón y la cuestión de inconstitucionalidad del TC
Imagen de archivo del Pleno del Constitucional
Imagen de archivo del Pleno del Constitucional. EFE/ Borja Sanchez-Trillo
RTVE.es / AGENCIAS

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC), que ha arrancado este martes, ha admitido a trámite los recursos de amparo del expresidente de Cataluña Carles Puigdemont contra la sentencia del Supremo de no aplicarle la amnistía al delito de malversación, pero ha rechazado suspender la orden de detención nacional que sigue teniendo vigente.

Asimismo ha admitido a trámite los recursos de los exconselleros Toni Comín y Lluis Puig, contra la decisión del magistrado Pablo LLarena que rechazó también aplicarles la amnistía al delito de malversación por el que están procesados.

Según fuentes jurídicas a TVE, la Corte de Garantías ha dictado una providencia en la que acuerda la admisión con los siete votos de la mayoría progresista, además del magistrado Cesar Tolosa, pero con los votos en contra de los magistrados Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y José María Macías, algo poco frecuente en el tribunal cuando se trata de admisiones a trámite, que se suelen resolver por unanimidad, explican las fuentes.

El TC ya admitió los amparos formulados por el exvicepresidente catalán y líder de ERC, Oriol Junqueras, y los exconsejeros Raül Romeva, Dolors Bassa y Jordi Turull, quedando pendiente únicamente los de Puigdemont, Comín y Puig, un trámite que se ralentizó por las recusaciones lanzadas por los dos primeros contra varios magistrados para intentar apartarles de las deliberaciones sobre la amnistía en estos recursos.

De esta forma, han quedado admitidos a trámite todos los amparos planteados hasta ahora por la decisión del Supremo de no aplicar la ley de amnistía a la malversación del 'procés'.

Por contra, el Pleno ha rechazado la medida cautelarísima instada por la defensa de Puigdemont para que suspenda la orden de detención nacional que sigue teniendo vigente por el 'procés' para, en su lugar, abrir una pieza de medidas cautelares para dar traslado de la misma a la Fiscalía y al resto de las partes.

Recurso de las Cortes de Aragón y del Supremo

Por otra parte, el TC también tiene que abordar el recurso de las Cortes de Aragón y la cuestión de inconstitucionalidad del Tribunal Supremo, que con probabilidad, serán rechazados pues se trata de "casos de pura aplicación de doctrina" a partir de la sentencia del TC de junio.

El caso de Aragón enfoca el articulado sobre la malversación, que el tribunal prevé avalar pero sin entrar en consideraciones que pudieran anticipar un eventual fallo sobre el amparo a Puigdemont. La ponente de este recurso, la magistrada progresista Laura Díez, elaboró un primer borrador donde avalaba que la ley amnistiara la malversación cometida con fines independentistas.

Esos fallos sobre los recursos de amparo, resolviendo sobre si el Supremo debió amnistiar la malversación del 'procés', son el gran asunto pendiente en el Constitucional respecto a esta ley desde que el pasado junio dictó su primer fallo sobre la norma, para avalarla con algunos matices de entidad menor.

Este Pleno abordará un tercer asunto relativo a la ley de amnistía: la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Supremo en un caso de dos condenados por desórdenes públicos por unos hechos ocurridos en Girona tras la sentencia que condenó a los líderes del 'procés'.

Los magistrados del TS explicaron que acudían a la Corte de Garantías porque tenían la "absoluta convicción" de que la ley de amnistía vulnera "al menos" el derecho a la igualdad y el principio de seguridad jurídica.