La Unión Europea multa a España por no presentar a tiempo la nueva normativa del permiso por nacimiento
- La justicia europea obliga a España a que pagar una multa superior a los seis millones de euros
- Este martes el Consejo de Ministros aprobó la ampliación del permiso por nacimiento a 19 semanas
El Consejo de Ministros aprobó este martes la ampliación del permiso parental por nacimiento hasta las 19 semanas, como reclamaba la Unión Europea. Pero la medida llega tarde, se ha presentado fuera del límite temporal que estableció Bruselas y la justicia europea ha impuesto a España una multa que supera los 6.800.000 euros.
Así se ha pronunciado en una sentencia de este viernes el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que avala el recurso por incumplimiento interpuesto por la Comisión por no haber adoptado ni notificado a tiempo todas las medidas necesarias para adoptar en España la directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores.
Además del pago de los más de seis millones de euros, el TJUE ha propuesto una multa diaria de 19.7000 euros hasta que España ponga fin al incumplimiento. El Estado tendrá que abonar esta cantidad cada día "en caso de que el incumplimiento persista en la fecha del pronunciamiento de la presente sentencia".
La Comisión Europea inició el procedimiento en 2022
La Comisión inició este procedimiento en septiembre de 2022 mediante una carta en la que emplazaba a España a cumplir la directiva ante la falta de notificación de las disposiciones nacionales. El Gobierno respondió dos meses después comunicando su intención de aprobar las nuevas medidas a través de una ley y un decreto.
Sin embargo, ante la reiterada falta de notificaciones, la Comisión emitió en abril de 2023 un dictamen concediendo a España un plazo máximo de dos meses para adoptar las disposiciones de obligado cumplimiento. Una vez finalizó este tiempo, el Gobierno notificó a Bruselas que el proyecto de ley sobre las familias había quedado sin efecto por la disolución de las Cortes Generales propiciada por las elecciones de julio de ese mismo año. Ante la ausencia de medidas por parte del Ejecutivo español, la Comisión presentó el recurso ante el Tribunal de Justicia en noviembre de 2023.
El Gobierno notificó a la Comisión la aprobación de un real decreto ley en diciembre de ese año, aunque fue rechazado por el Congreso de los Diputados en enero de 2024, por lo que no entró en vigor. Poco después, España informó de su intención de incluir estas medidas en el proyecto de los presupuestos generales del Estado de 2024.
La directiva obliga a retribuir el permiso por nacimiento
La directiva europea establece unos requisitos mínimos destinados a lograr la igualdad entre hombres y mujeres en lo que respecta a las oportunidades en el mercado laboral y al trato en el trabajo y busca facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar de los trabajadores que son padres o cuidadores. Entre otras cuestiones, obliga al pago de la asignación por las dos últimas semanas del permiso parental.
Esta normativa entró en vigor en julio de 2019, aunque dio tiempo a los gobiernos comunitarios para aplicarlo progresivamente. Dio margen hasta agosto de 2022 para aplicar lo relativo a la garantía de una baja parental intransferible y retribuida de manera adecuada y hasta agosto de 2024 para incluir la retribución de las dos últimas semanas.
En su sentencia, el TJUE explica que el Gobierno ha incumplido el plazo de trasposición y que no ha adoptado todas las medidas necesarias ni las ha comunicado a la Comisión Europea. Es por ello que condena a España a pagar al Ejecutivo comunitario un importe que asciende a los 6.832.000 euros.