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Renta 2023

Criptomonedas y pagos con bizum: ¿hay que incluirlos en la declaración de la renta?

  • Hay que tenerlo en cuenta si se han hecho transacciones con monedas virtuales
  • Los pagos por bizum se tienen que reportar cuando generan ingresos por los que hay que tributar

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Declaración renta 2024: ¿hay que declarar criptomonedas y pagos con bizum?
La Agencia Tributaria hace cada vez más seguimiento de las monedas digitales y los pagos con bizum. GETTY IMAGES

En un contexto de auge de las monedas digitales y un aumento de los pagos realizados a golpe de clic con el móvil, muchos usuarios se preguntan si deben reportar todos estos movimientos a Hacienda. Bitcoin, Ethereum, Cardano, Binance Coin... Si tengo criptomonedas, ¿tengo que declararlas? ¿Qué ocurre con los pagos realizados por bizum? Te explicamos en qué circunstancias debes incluir estos elementos en tu declaración de la renta y si pueden influir o no en el resultado.

Criptomonedas: ¿cuándo hay que declararlas?

En la declaración se pagan impuestos por los ingresos obtenidos en el ejercicio, incluidos los derivados de las criptomonedas. Ahí está el matiz.

En términos generales, en el momento en el que se tengan criptomonedas y se cambien por otras -lo que se conoce como permuta- o se vendan, hay que incluirlas en la declaración, porque lo que se reporta son las ganancias o pérdidas de esa transacción. Por tanto, "si se tienen, pero no se intercambian o venden, no hay que declararlas", como recuerda Paula Urcera, responsable del departamento fiscal de TaxDown.

Además, las personas que hayan vendido monedas digitales y tengan almacenado el dinero generado en su monedero o wallet de Binance -una plataforma para intercambiar divisas digitales-, también tienen que declarar esa ganancia o pérdida.

Sabiendo esto, ¿cómo incluirlas en la declaración? En el apartado específico destinado a ello: 'Monedas Virtuales' (casilla1626), dentro de las 'Ganancias y pérdidas patrimoniales'. para ello, es necesario conocer la fecha y los importes del momento de compra y de venta. Por tanto, se tributará por la cantidad resultante de la diferencia entre valor de transmisión y de adquisición.

Modelo 721, la novedad de este año

En esta campaña, la Agencia Tributaria ha introducido un nuevo requisito: quienes tengan a partir de 50.000 euros en criptomonedas fuera de España están obligados a presentar un documento adicional, el Modelo 721.

¿Y los pagos hecho con bizum?

Hay pagos cotidianos que no son sujeto de declarar, como los típicos que se hacen por dividir un gasto de un restaurante o un regalo. "Si te hago un bizum porque me has comprado una entrada para un concierto, no tengo que pagar impuestos por ese pago que te hago porque lo que hago es compensar un abono que tú has adelantado", explica la especialista fiscal.

Sin embargo, hay otros que sí deben reflejarse, como los del alquiler de viviendas, plazas de garaje y otros locales, o de servicios como ir al psicólogo o al fisioterapeuta. ¿Quién debe hacerlo? Quien recibe el bizum -el profesional o arrendador- porque está obteniendo un ingreso por el que tiene que tributar a Hacienda. Por su parte, la persona que envía el bizum podría incluirlo en su declaración por si tiene acceso a una deducción, algo que podría aplicarse si, por ejemplo, se paga el alquiler de esta forma.

Si recibes pagos por bizum por tu actividad profesional y eres autónomo, ocurre lo mismo que si fuera una transferencia. Tendrás que presentar unas facturas en las declaraciones trimestrales y tributar finalmente en la declaración todos los ingresos recibidos por bizum en relación a esa actividad económica.

"Lo más fácil es tener tu actividad económica separada de la personal, es decir, tener dos teléfonos para diferenciar qué pagos por bizum son de la actividad y cuáles no", cuenta la experta. En este caso, será más fácil localizar y presentar los ingresos profesionales recibidos esta forma de pago.

También las apuestas 'online'

Dentro de los aspectos a declarar no hay que olvidarse de las ganancias o pérdidas patrimoniales obtenidas por operaciones del juego online, como las apuestas por internet. Estas deberán computarse en el apartado 'Premios obtenidos por la participación en juegos, rifas o combinaciones aleatorias sin fines publicitarios', desde la casilla 0281 en adelante.

También la compraventa de acciones a través de bróker (intermediario) extranjero como De Giro. "Estos datos no aparecen en el borrador de Hacienda y hay que incluirlos", recuerda la experta.