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La Comunidad de Madrid planea eliminar la exigencia de luz natural en las habitaciones de los hospitales

  • En el borrador de una orden, introduce la palabra "preferentemente" para este requisito hasta ahora obligatorio
  • Incluye el concepto "hospital de emergencia", en el que se encuadraría el Hospital Isabel Zendal

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Hospital Isabel Zendal en Valdebebas, Madrid.
Hospital Isabel Zendal en Valdebebas, Madrid.

La Comunidad de Madrid plantea rebajar los requisitos para que un centro sanitario se considere hospital en el borrador de una orden a la que ha tenido acceso RTVE. El documento de la Consejería de Sanidad elimina la obligatoriedad de que haya luz natural en las habitaciones e incluye el concepto "hospital de emergencia", en el que se encuadraría el Hospital Isabel Zendal creado durante la pandemia de COVID-19. También se modifica la ratio de enfermeras por cama tanto en hospitalización general como en pediatría.

"Preferentemente" con luz natural

El borrador introduce la palabra "preferentemente" para el requisito de la luz natural en habitaciones, salas de asistencia y paritorios, por lo que ya no será obligatorio como indicaba la orden vigente, de 1986.

Además, el documento, que no está aprobado, incluye la definición para hospitales de emergencias. "Aquellos cuya actividad fundamental viene determinada con el único objetivo de satisfacer las necesidades sanitarias ante cualquier emergencia, crisis sanitaria o necesidad asistencial, en el ámbito de la salud pública, y que no precisarán dada la situación excepcional, todos los requisitos técnicos-asistenciales de las unidades que los conforman, siempre que la asistencia que se preste sea segura y de calidad", reza el texto, que podría aplicarse al Hospital Isabel Zendal.

Finalmente, de acuerdo con el borrador, la ratio mínima de enfermeros por día y cama instalada estaría en 0,13, "contando en todo caso y en todo momento con la presencia física de un enfermero" en unidades de hospitalización general como en pediatría.

Fuentes de la Consejería: "No comentamos borradores"

En la orden vigente, de 1986, el ratio de enfermería indicado era de 0,20 hasta 30 camas y 0,15 hasta 45, aunque se indicaba que "la mitad" serían enfermeros o los conocidos entonces como Ayudante Técnico Sanitario (una denominación ya anticuada). Esa puntualización desaparecería en la nueva redacción que, en cambio, sí agrega: "deberán disponer de los TCAE (Técnicos de Cuidados de Auxiliares de Enfermería) suficientes para la adecuada cobertura de las necesidades de la unidad de hospitalización".

Fuentes de la Consejería de Sanidad madrileña han rehusado explicar este u otros puntos. "No comentamos borradores", han afirmado, tras destacar la utilidad del Hospital Isabel Zendal desde su creación.

La información, adelantada este martes por El País, sí ha provocado la reacción de los partidos de la oposición, Más Madrid, PSOE y Unidas Podemos, que consideran que se están rebajando los "estándares de calidad" y han puesto en duda la idoneidad del Zendal.