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Las claves del aborto: de la ley de plazos de Zapatero a la nueva norma que elimina el permiso paterno desde los 16

  • El Constitucional avala la ley íntegra de 2010 que permite el aborto libre hasta la semana 14 y amplía el plazo si hay riesgos
  • La nueva ley, avalada el miércoles en el Senado, elimina también los tres días de reflexión y regula la objeción de conciencia
  • (Actualización) Ley del aborto: Todo lo que sobre la nueva reforma

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El aborto actualmente es libre hasta la semana 14 de gestación y la futura ley eliminará el requisito del consentimiento paterno.
El aborto actualmente es libre hasta la semana 14 de gestación y la futura ley eliminará el requisito del consentimiento paterno.

El Tribunal Constitucional ha avalado la ley del aborto de 2010 en su integridad. Han pasado 13 años desde que se aprobó bajo el Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero, pero lo cierto es que le queda poco tiempo de vigencia, puesto que la nueva ley del aborto impulsada por el actual Ministerio de Igualdad fue aprobada por el Senado este miércoles y está a punto de ver la luz.

El Constitucional no había entrado hasta ahora en el fondo del recurso del PP contra la llamada “ley de plazos” de 2010. En su origen, los ‘populares’ rechazaban que el aborto fuese libre y solo aceptaba la interrupción del embarazo en los supuestos de la ley anterior, de 1985: en caso de violación, malformaciones o peligro para la salud física y mental de la madre.

Pero en estos 13 años, la postura del PP ha ido variando y cree que el debate está superado respecto a la ley actual (aunque no comparte que en el futuro se elimine el permiso paterno a partir de los 16). En el Tribunal Constitucional ha ocurrido algo parecido y Enrique Arnaldo, el magistrado conservador que estaba a cargo de la ponencia, cuestionaba ya únicamente el formato de la información que se da a las embarazadas que quieren abortar: un sobre cerrado que ellas pueden elegir no abrir. Finalmente, el Pleno de mayoría progresista ha rechazado el recurso del PP y Arnaldo ha renunciado a redactar la ponencia que recoja el sentir de la mayoría progresista a favor de la ley, que recaerá ahora en la progresista Inmaculada Montalbán.

La “ley de plazos” actual: aborto libre durante las 14 primeras semanas

La Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo fue un hito porque regulaba por primera vez el derecho a la interrupción del embarazo de forma libre, voluntaria y sin supuestos durante las primeras 14 semanas de gestación. Estos son los plazos que admite la norma:

  • Hasta la semana 14: aborto libre y voluntario a decisión de la mujer
  • Semanas 14-22 de gestación: se permite abortar en caso de riesgo grave para la vida o para la salud de la mujer embarazada, así como riesgo de graves anomalías en el feto.
  • A partir de las 22 semanas: aborto permitido cuando se detecten anomalías fetales incompatibles con la vida o se encuentre en el feto una enfermedad extremadamente grave e incurable en el momento del diagnóstico y así lo confirme un comité clínico.

Actualmente, las jóvenes de entre 16 y 18 años deben aportar una autorización paterna o del tutor para abortar, un requisito que introdujo la mayoría del PP de Mariano Rajoy en 2015 en su reforma del aborto.

Esto cambiaba la redacción inicial, que establecía como requisito a las menores de 16 y 17 años que quisieran abortar que informaran a, al menos, uno de sus padres o tutores legales. Esta exigencia quedaba eliminada en caso de que produjera este hecho un conflicto grave o peligro de violencia intrafamiliar, amenazas, coacciones o malos tratos.

La ley de 2010 obliga a que las mujeres que van a abortar reciban un sobre cerrado con información sobre ayudas a la maternidad y políticas relacionadas y a esperar al menos tres días de reflexión para someterse a la interrupción del embarazo.

La nueva ley suprime el permiso paterno y regula la objeción de conciencia

La ley impulsada por el actual Ministerio de Igualdad está a punto de ver la luz. No cambia los plazos de la ley anterior, pero amplía las garantías para que las mujeres puedan abortar en los hospitales públicos.

Una de las principales novedades es que se elimina el permiso paterno o del tutor para las menores de 16 y 17 años, que podrán abortar de forma libre como cualquier mujer mayor de edad.

La norma pone fin a la obligación de las mujeres a recibir información, a lo que se pueden negar, y termina con el periodo de reflexión de tres días.

La principal garantía que incluye esta ley es la de que las mujeres puedan abortar en su hospital público más cercano, puesto que en la actualidad la mayoría de estos hospitales derivan a clínicas privadas (el 85% de los abortos se produce en éstas) y las mujeres se ven obligadas a recorrer hasta cientos de kilómetros para abortar. Hay regiones donde incluso no se ha registrado ningún aborto en ninguno de sus hospitales o centros públicos.

Para ello, la nueva norma regula la objeción de conciencia, extendida en la mayoría de hospitales públicos en muchas ocasiones por sistema, y elabora un registro. El texto mantiene la posibilidad de declararse objetor, pero fija que el que lo sea en la Sanidad Pública, también lo es en la privada. De cualquier forma, la norma obliga a que siempre haya personal disponible para practicar una interrupción voluntaria del embarazo en cada hospital público, e impide a los médicos objetores participar en los comités clínicos que deciden a partir de las 22 semanas de gestación.

Otra novedad en la futura ley es que las mujeres podrán elegir entre el aborto quirúrgico y el farmacológico, que deberán estar disponibles ambos en todos los centros.

La ley del aborto incorpora nuevos derechos más allá de la interrupción del embarazo. Así, por ejemplo, dedica de forma inédita un apartado a la salud menstrual, en el que se incluye una baja por reglas muy dolorosas e incapacitantes o la baja preparto desde la semana 39 de gestación.