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El Gobierno suprimirá desnudos o pruebas ginecológicas para determinar la edad de los menores migrantes

  • La norma pasará ahora a la fase de consulta pública, para que, tanto particulares, como entidades, puedan aportar sus propuestas
  • Se aplicará en los casos en los que carezca de documentación o no se sea posible establecer la edad por otros medios

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Varios menores migrantes no acompañados, llegados en patera a Gran Canaria en 2020
Varios menores migrantes no acompañados, llegados en patera a Gran Canaria en 2020

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el anteproyecto de ley que regulará un nuevo procedimiento para determinar la edad de los menores migrantes no acompañados que lleguen a España, en los casos en los que la persona carezca de documentación o no se sea posible establecer la edad por otros medios. Este nuevo mecanismo prohíbe las pruebas ginecológicas y de desnudos integrales, al tiempo que busca proteger los derechos de la infancia y cumplir las recomendaciones de organismos nacionales e internacionales.

"Damos un gran salto adelante para garantizar los derechos y la dignidad de estos menores de cualquier joven que llegue a nuestro país, con o sin documentación", ha asegurado la ministra de Justicia, Pilar Llop, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, que ha dado 'luz verde' a esta ley en primera vuelta. La norma pasará ahora a la fase de consulta pública, para que, tanto particulares, como entidades, puedan aportar sus propuestas a la misma.

Con esta norma, este procedimiento pasará de ser administrativo a judicial y acabará con una sentencia susceptible de recurso de apelación. La sentencia firme que determine la minoría de edad se inscribirá en el Registro Civil, fijará la fecha en la que la persona alcanzará la mayoría de edad y tendrá efectos plenos en el ámbito público y privado.

Prohibición del desnudo integral o las inspecciones ginecológicas

Una de las principales novedades es que el proyecto elimina todas las pruebas "atentatorias" contra la dignidad de los menores. De esta forma, ha subrayado la ministra, no se permitirá que se hagan desnudos integrales, ni las inspecciones ginecológicas, "ni todas aquellas que puedan ser atenta contra la dignidad de los menores".

El proceso concluirá tras escuchar las alegaciones de las partes y realizar una valoración ponderada de la prueba que se ha hecho a la persona. Y deberá resolverse en un plazo máximo de 25 días por una sentencia. "Antes era por un decreto de la Fiscalía, ahora será una sentencia que accederá al Registro Civil y que tendrá efectos plenos en el ámbito público y privado", ha añadido Llop.

Asimismo, desde el inicio del procedimiento se garantizará la asistencia jurídica gratuita, la asistencia de intérprete, la representación legal del menor, y el nombramiento de defensor judicial en caso de conflicto con aquel. "Lo vamos a hacer, además, con un procedimiento más ágil, simplificado, escuchando siempre a los menores y bajo los principios de dignidad del menor y del superior interés de su persona", ha recalcado.

Una norma "más garantista" que la anterior

El Ministerio ha indicado que este nuevo anteproyecto se ajusta a las recomendaciones efectuadas por el Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas, el Defensor del Pueblo, el Tribunal Supremo, la Fiscalía General del Estado o el Comité Económico y Social Europeo (CESE), entre otros organismos. "La norma que hoy echa a correr es mucho más garantista que el procedimiento que venía siendo empleado hasta ahora y que viene a otorgar una mayor seguridad jurídica", ha incidido la ministra.

Del mismo modo, destaca que, con la aprobación del anteproyecto, España cumple con el compromiso adquirido en la Disposición final de la Ley Orgánica 8/2021, de aprobar dentro del plazo de 12 meses la regulación el procedimiento para la determinación de la edad de los menores, prevaleciendo el interés superior del menor, sus derechos y su dignidad.

Precisamente esa ley, aprobada en 2021, ya dejó claro que las pruebas médicas para determinar la edad de los menores deben hacerse con celeridad, con consentimiento informado del afectado y con respeto a su dignidad, por lo que quedaron prohibidos los desnudos integrales, las exploraciones genitales y otros exámenes especialmente invasivos.