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Declaración de la Renta 2022

¿Cuándo empieza la declaración de la renta? Calendario, fechas y todas las novedades

  • La campaña comienza el 6 de abril y termina el 30 de junio y se podrá realizar a través de la web de la Agencia Tributaria
  • Hay novedades con respecto a los ERTE y deducciones relacionadas con la borrasca Filomena y el volcán de La Palma

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Las claves de la campaña de la renta que comienza el miércoles: nuevo tramo y declaración de obras o criptomonedas

La campaña de la renta 2022 llega con algunas novedades a tener en cuenta. A partir de este 6 de abril, los contribuyentes pueden realizar la declaración de la renta, que corresponde al ejercicio de 2021, y dispondrán hasta el 30 de junio para hacer sus gestiones fiscales.

El 6 de abril, arranca el periodo para hacer el trámite por internet. Según apunta el organismo público, a partir del 7 de abril recibirán las primeras devoluciones en una campaña en la que se esperan casi 22 millones de declaraciones.

Además, como primer paso, aquellas personas que quieran consultar su información fiscal podrán hacerlo desde la web de la Agencia Tributaria, con el sistema Cl@ve, si se dispone, o un número de referencia. Así, podrán comprobar que el domicilio fiscal, las cuentas bancarias, el salario y otros datos fiscales constan correctamente en los ficheros de Hacienda.

En la campaña pasada se presentaron 21,7 millones declaraciones, de las que un 65,3% de ellas fueron a devolver. La mayoría se presentó por Internet, mientras que el número de declaraciones presentadas por teléfono (1,1 millones) duplicó el de las entregadas de manera presencial (527.000).

El 'Informador' de renta: una ayuda en la web para realizar el trámite

La campaña incluye una novedad este año, una versión ampliada del 'Informador' de renta, además de la creación de otro servicio de ayuda sobre actividades económicas. Esta herramienta, a la que se puede acceder desde la web, incluye bloques de ayuda estructurados para ofrecer información mediante preguntas sencillas realizadas por el propio programa.

Tiene más de 800 respuestas a las dudas más destacadas dentro del proceso en áreas como las novedades de este año, opciones de tributación y situaciones familiares, beneficios fiscales e inmuebles. Este sistema permite generar un PDF con el "diálogo" mantenido entre el contribuyente y la herramienta. Además, estos bloques se conectan a un chat atendido por especialistas de la Agencia Tributaria desde las 09:00 hasta las 19:00 horas, con el objetivo de resolver las dudas que no ha podido solventar el propio 'Informador'.

¿Quién debe hacer la Declaración?

Según la normativa, que pede consultarse en la propia web, aquellas personas que hayan recibido más de 22.000 euros durante el año anterior, en este caso en 2021, con un único pagador. En el caso de que se hayan tenido dos o más pagadores, la suma debe ser superior a 12.643 euros anuales.

Asimismo, están obligadas a declarar todas las personas titulares del ingreso mínimo vital (IMV) y todas las personas integrantes de la unidad de convivencia.

Las Mañanas de RNE - El sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda da las claves para la campaña de la renta - Escuchar ahora

Comienzo de la campaña: cita previa por internet, teléfono o presencial

Según indica en su calendario, puede tramitarse por internet a partir de este 6 de abril si se dispone de certificado o DNI electrónico, con el sistema Cl@ve o Cl@ve Pin, o con un número de referencia, para el que es necesario tener la declaración del ejercicio anterior. Además, también puede hacerse mediante la App 'Agencia Tributaria', que ha incluido mejoras en la navegación guiada y presentación de las declaraciones de la unidad familiar.

La Agencia ha continuado mejorando su aplicación móvil, que permite la presentación de la declaración "en un solo clic" o, si es necesario realizar modificaciones, deriva al programa Renta Web. Mediante el mismo procedimiento también se podrán consultar los datos fiscales para poder proceder a la tramitación.

Por otra parte, desde el 3 de mayo se podrá solicitar cita previa para atención telefónica a los números 91 553 00 71 y 91 535 73 26, o los 901 12 12 24 / 901 22 33 44, con coste adicional. Así, el contribuyente puede pedir cita previa desde el 3 de mayo mediante el plan 'Le Llamamos', que arranca el 5 de mayo. Puede elegir el horario que prefiera para que sea el organismo, a partir del 5 de mayo, quien contacte con el ciudadano por teléfono.

Este plan se mantiene para dar cobertura a la ciudadanía menos adaptada a las nuevas tecnologías y que busca una asistencia más personal. Así, según apunta la Agencia Tributaria, se pretende mantener un servicio que alcanzó el 70% de los trámites del ejercicio pasado.

Asimismo, el 26 de mayo arranca el periodo para pedir cita previa para hacerlo de manera presencial. El 1 de junio comienza la asistencia presencial para presentar la declaración en las oficinas de la Agencia Tributaria. La campaña cierra el 30 de junio y, a partir de ahí, comienza el periodo en el que la Agencia Tributaria realiza los pagos a los contribuyentes correspondientes que hayan hecho el trámite mediante estas dos vías.

Asimismo, a través de su portal, hay un servicio de ayuda para confeccionar la documentación y un teléfono para consultar dudas acerca de la campaña: 91 554 87 70.

Cómo acceder al borrador

Como otros años, los contribuyentes podrán acceder a hacer un borrador a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración (RentaWEB) con certificado, Cl@ve Pin o referencia.

Como otros años, a través de la Sede electrónica de la AgenciaTributaria, mediante el Servicio de tramitación del borrador/declaración, se debe introducir el Número de Identificación Fiscal (NIF) o DNI del obligado tributario, además del importe de la casilla [0505] de la Declaración del año anterior.

Cabe recordar que no es posible obtener la declaración en papel impreso generado a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración. Podrá obtenerse en documento para su ingreso en la entidad colaboradora, los contribuyentes deben imprimir y acudir a una entidad financiera para ejecutar el pago.

Primera novedad: seis tramos de IRPF

A partir de ahora, habrá seis tramos de IRPFcon un tipo de gravamen nuevo para rentas superiores a 300.000 euros, que asciende al 47%. Los tramos quedan así:

  • Primer tramo, hasta 12.450 euros: 19% de tipo impositivo
  • Segundo tramo, desde 12.450 euros hasta 20.200 euros: 24% de tipo impositivo
  • Tercer tramo, desde 20.200 euros hasta 35.200 euros: 30% de tipo impositivo
  • Cuarto tramo, desde 35.200 euros hasta 60.000 euros: 37% de tipo impositivo
  • Quinto tramo, desde 60.000 euros hasta 300.000 euros: 45% de tipo impositivo
  • Sexto tramo, a partir de 300.000 euros: 47% de tipo impositivo

ERTE: en qué casos se debe declarar

Según indica la Agencia Tributaria en su web, las prestaciones percibidas en concepto de Expediente de Regulación de Empleo (ERTE) se califican como rendimiento de trabajo sujetas a IRPF no están en ningún caso exentas.

Si un contribuyente estuvo en situación de (ERTE), los requisitos cambian. Si un trabajador en ERTE ingresó más de 14.000 euros en 2021 y si lo hizo con dos o más pagadores, siendo la suma del segundo y los siguientes superior a 1.500 euros, debe hacer la declaración de la renta.

Si la persona ha percibido solamente ingresos de ERTE en 2021, pero estos no superan los 22.000 euros, no hay obligación de declararlo.

¿Qué claves hay que tener en cuenta en la Campaña de la Renta 2022?

Autónomos

Todos los autónomos están obligados a hacer la declaración, exceptuando aquellos que ingresen menos de 1.000 euros anuales. En los gastos deberán incluir los ingresos de explotación por la actividad que realizan (modelo 307), ayudas que hayan recibido por desempeñar su trabajo y ganancias que se hayan obtenido en una venta de un elemento relacionado con su trabajo.

Deducciones por hijos y descendientes

Las deducciones a madres con hijos menores de tres años, o el padre en caso de fallecimiento de la madre, podrán beneficiarse de 1.200 euros anuales (100 por cada hijo y por mes). Esta aplicación se descarta en caso de cobrar alguna prestación por desempleo. El mismo importe se aplica a las personas que hayan sido reconocidas como parte de familia numerosa.

La borrasca Filomena y el volcán de La Palma, con exenciones

La Agencia Tributaria hará exenciones del 50% de los rendimientos de trabajo percibidos por los tripulantes de buques canarios inscritos en el Registro Especial de Buques y Empresas Navieras de Canarias. Asimismo, también afecta a las ayudas excepcionales por daños personales causados por desastres naturales como la borrasca Filomena y la erupción volcánica en la isla de La Palma.

Aumenta el impuesto sobre el Patrimonio

Para aquellas personas que superen los diez millones de euros, el impuesto sobre el Patrimonio pasa del 2,5% al 3,5%. La Agencia prevé recibir 224.438 declaraciones, un 2,9% más, y lograr unos ingresos de 1.242 millones, un 3,9% más.

Criptomonedas

Además, se debe declarar las inversiones en criptomonedas en el caso de haber ingresado más de 1.000 euros en España o el extranjero. Como en años anteriores, la Agencia Tributaria enviará avisos a contribuyentes que cree que tienen monedas virtuales (233.000, más que en la anterior campaña por el aumento de contribuyentes que operan con estos activos), inmuebles en alquiler (713.000) o rentas de otros países (856.000) con el objetivo de impulsar la declaración voluntaria.

Para facilitar este proceso, la campaña 2021 incorpora una clave específica para criptoactivos, que son las casillas que hay que rellenar, con un apartado en el impuesto de patrimonio, una de las novedades de la campaña junto con los apartados para aplicar deducciones por inversión en la mejora de la eficiencia energética de los edificios.

Hacienda prevé devolver 11.122 millones de euros, un 5,8% más

La Agencia prevé recibir 21,9 millones de declaraciones de IRPF en esta campaña, un 0,9% más, la mayoría con solicitud de devolución (14,3 millones). En un encuentro con medios para presentar la campaña, Gascón ha destacado que la campaña ha arrancado "con total normalidad" y que, a las 10.00 horas, ya se habían presentado 382.000 declaraciones, un 3,9% más que la misma hora del pasado año.

Además, en sus previsiones estima que tendrá que devolver 11.122 millones de euros en la campaña, un 5,8 % más que el anterior ejercicio, lo que supone una "vuelta a la normalidad" tras la pandemia, según ha explicado el director general de la Agencia, Jesús Gascón.

Crecerá el número de declaraciones individuales

Gascón ha destacado que la evolución de las cifras muestra una vuelta a la normalidad tras un año 2020 atípico, en el que los datos se vieron alterados por la gran cantidad de contribuyentes acogidos a ERTE, lo que supuso que tenían dos pagadores. "Como es habitual", ha subrayado Gascón, el número de declaraciones individuales crecerá un 1,5%, hasta 18,6 millones, y el de declaraciones conjuntas bajará un 2,3%, hasta 3,4 millones.

La asistencia telefónica se ha reforzado ante la elevada demanda de este servicio, según ha explicado la directora del departamento de Gestión, Rosa Prieto, que permite solicitar una cita para que la Agencia Tributaria le llame y confeccione su declaración.

¿Cómo obtener Cl@ve Pin y el número de referencia?

El número de referencia y ‘Clave PIN’ siguen siendo, junto al certificado y el DNI electrónicos, los sistemas de acceso a RENTA WEB y a otros servicios de Campaña de renta, como la consulta de datos fiscales y del estado de tramitación de la devolución.y

La obtención de Clave PIN requiere dos pasos. Primero, un registro previo único y una solicitud posterior cada vez que lo necesite el contribuyente. El registro previo se podrá efectuar por Internet, siguiendo las instrucciones de la carta que la Agencia remitirá a quienes la soliciten a través de la opción ofrecida en el apartado de la página web de la AEAT ‘Clave PIN’. En este caso, deberá proporcionar el DNI, su fecha de validez y el número de móvil. También es posible efectuar el registro previo por videollamada, o en las oficinas de la Agencia, aportando el DNI y un número de teléfono móvil, sin necesidad de documentación adicional.

Una vez registrado en el sistema, cuando el contribuyente desee realizar algún trámite, podrá solicitar el PIN de acceso desde el enlace disponible en el propio trámite, o desde la ‘app’. Para ello deberá consignar el NIF y la fecha de validez del DNI, a lo que se añade una contraseña de cuatro caracteres que ya le vendrá dada para cada solicitud. A continuación, recibirá por SMS un PIN de tres caracteres que, junto con la contraseña, forman el código de acceso necesario para realizar sus trámites.

A su vez, para la obtención del número de referencia mediante el servicio REN0 en la página de la Agencia, se solicitará el NIF, la casilla 505 de la Renta 2020 y la fecha de validez del propio DNI. A los no declarantes en el ejercicio anterior, o con la casilla de su Renta 2020 con valor cero, en lugar de la casilla 505 se les solicitarán los últimos dígitos del código de una cuenta bancaria de la que sea titular el contribuyente. Al objeto de facilitar su utilización, el número de referencia estará formado por solo seis caracteres.