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El juez ordena la detención y el ingreso en prisión de Juana Rivas para cumplir la condena por sustracción de menores

  • El magistrado requiere a Rivas que abone 12.000 euros de indemnización a su expareja
  • La defensa pide que se deje "sin efecto", a la espera de que se resuelva el indulto solicitado al Gobierno

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Juana Rivas en una imagen de archivo
Juana Rivas en una imagen de archivo

Un juez de Granada ha ordenado la detención y el ingreso en prisión de Juana Rivas para el cumplimiento de la condena por sustracción de menores, según ha confirmado RTVE.

El Tribunal Supremo confirmó la pena de cárcel para ella, aunque la rebajó a dos años y medio, por la sustracción de sus dos hijos menores en el año 2016, alegando que pesaba sobre él una condena por maltrato.

Requiere que abone los 12.000 euros de indemnización para su expareja

En el mismo auto, el magistrado del juzgado de lo Penal 1 de Granada requiere a Rivas que abone 12.000 euros de indemnización a su expareja, Francesco Arcuri, con quien viven actualmente los niños.

El abogado de Juana Rivas, que había solicitado el indulto total al Gobierno, ha calificado la decisión de "muy injusta" puesto que "todavía no se ha resuelto el indulto". Presentará este jueves un recurso contra el auto del juez de Granada, quien ya enjuició en su día a Rivas y que recuerda que la mujer se negó a entregar a sus hijos al padre.

La defensa espera el indulto

Con su recurso, la defensa de Juana Rivas pretende que el ingreso en prisión pueda quedar "sin efecto", a la espera de que se resuelva el indulto, según ha informado el letrado en una nota de prensa.

Los hechos tuvieron lugar en el verano del 2016, cuando la madre viajó junto a sus hijos a España desde Italia, donde residían, con el argumento de protegerlos del padre, Francesco Arcuri, que había sido condenado por lesionarla en 2009 y a quien ella había vuelto a denunciar por maltrato en 2016. Un año después, en julio de 2017 y tras varios requerimientos judiciales, Rivas y los niños permanecieron en paradero desconocido. Su expareja volvió a denunciar entonces su desaparición con los menores y la acusada los entregó un mes después en la Comandancia de la Guradia Civil de Granda.

Si bien la Audiencia Nacional y el juzgado granadino concluyeron que había cometido dos delitos de sustracción de menores, el Tribunal Supremo apreció que se trataba de un único delito, aun siendo dos niños. De este modo, el alto tribunal rebajó la pena de cárcel a la mitad, dos años y seis meses de prisión, y sentenció la pérdida de la patria potestad.

Se argumentó que el artículo 225 bis del Código Penal siempre se refiere al "menor", en singular. Pero el título donde se ubica la norma, alude a en general a las relaciones familiares.