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La juez condena a 131 controladores aéreos y a AENA por la huelga de 2010, pero absuelve al exportavoz de USCA

  • Los condena a multas de entre 31.500 y 15.000 euros por abandono del servicio público durante la huelga
  • La entidad pública AENA, ahora llamada ENAIRE, es condenada como responsable civil subsidiaria

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Vista desde la torre de control aéreo del aeropuerto de Barajas
Vista desde la torre de control aéreo del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas.

La titular del juzgado de lo Penal número 18 de Madrid ha condenado a 131 controladores aéreos de los aeropuertos de Madrid-Barajas y de Torrejón a multas de entre 15.000 y 31.500 euros, por un delito de abandono de servicio público durante la huelga de diciembre de 2010, así como al gestor aeroportuario Enaire -antes AENA- como responsable civil subsidiario.

En su sentencia conocida este jueves, la magistrada absuelve, en cambio, a dos de los acusados por la Fiscalía, uno de ellos por quedar acreditado que su baja laboral respondía a una realidad crítica, y el otro es el que fuera portavoz de la Unión Sindical de Controladores Aéreos (USCA) y cara visible del colectivo, César Cabo, por ausencia de pruebas en su contra, ya que en el momento de los hechos se encontraba de viaje en Asia.

Así, seis de los procesados han sido condenados a siete meses de multa con cuota diaria de 150 euros; otros seis, a siete meses de multa, a razón de 100 euros y seis más, a diez meses de multa, con una cuota diaria de 100 euros. El resto de los acusados ha sido condenado a cinco meses de multa, a razón de 100 euros.

El fallo, que contempla como atenuante las dilaciones indebidas que ha sufrido el proceso, también reconoce el abono de más de 13 millones de euros a los perjudicados por el cierre del espacio aéreo durante cerca de 20 horas, en concepto de responsabilidad civil, y que deberán abonar de forma conjunta y solidaria los acusados junto con la entidad pública ENAIRE.

Contra la resolución, cabe la interposición de un recurso de apelación ante la Audiencia de Madrid en el plazo de diez días.

Acción concertada como "mecanismo de presión laboral"

En su sentencia, cuyo contenido íntegro se conocerá en los próximos días, la magistrada considera "probado" que se trataba de una "acción concertada ideada por el colectivo de los controladores como protesta ante la publicación del Real Decreto que afectaría sus condiciones laborales" y que se publicó el 3 de diciembre de 2010 a las 21:26 horas.

Para la juez, "en el puente de diciembre del año 2010, los controladores de tránsito aéreo acusados en este procedimiento, adoptaron un mecanismo de presión laboral consistente en abandonar sus puestos de trabajo de forma masiva, paralizando, de esta forma, el tráfico aéreo y ello bajo la dirección de los miembros de la Junta directiva y delegados sindicales del sindicato Usca".

También señala la juez que la actuación de los controladores no solo afectó a los ciudadanos que no pudieron viajar en el puente de diciembre de 2010, sino que también se derivaron "graves consecuencias económicas" para el turismo de la Comunidad de Madrid. Sin embargo, aclara la juez, no se ha reclamado ninguna indemnización por este motivo a pesar de que fueron numerosas las cancelaciones de reservas de hotel.

Reconocimiento de los hechos

La magistrada recuerda que de los 133 controladores acusados, 119 reconocieron durante el juicio los hechos que recoge el escrito de la Fiscalía, que sostenía que USCA planteó el modo de actuar para ejercer presión sobre AENA y el Gobierno en un conflicto que se remontaba a enero de ese año, durante las negociaciones del segundo convenio colectivo del sector.

La Fiscalía defendió que se trata de "una acción colectiva y concertada con el fin de paralizar la actividad aeronáutica al margen de cualquier negociación colectiva u otra vía legal, presentaron ante el responsable de la sala dicho documento, escrito de su puño y letra, en el que alegaban una disminución significativa de sus capacidades psicofísicas para desempeñar su puesto".

La titular del juzgado dedica una mención especial a las declaraciones de los testigos durante la vista oral, en la que "relataron la secuencia de hechos que se produjo el puente de diciembre de 2010".

Sus versiones, así como "la prueba documental, pericial y la audición de las grabaciones", muestran que los acusados "se concertaron con la finalidad de interrumpir el tráfico aéreo", ya fuera presentando "en cascada" tal formulario, no acudiendo a sus puestos de trabajo o si lo hicieron, limitándose "a controlar los vuelos previstos en el Convenio de Chicago".

De las pruebas interpreta además que los controladores "desplegaron una conducta de presión laboral hacia AENA, y su objetivo consistía en paralizar el tráfico aéreo", meta que "consiguieron en unas fechas en las que iba a haber mucho movimiento de pasajeros, pues se trataba del puente más largo del año".

En concreto, recalca, "utilizaron este mecanismo de presión" para, de esta forma "ganarle el pulso al Gobierno, que iba a modificar ese mismo 3 de diciembre sus condiciones laborales".

La magistrada explica que llega a la conclusión de que fue una acción concertada para presionar a AENA y al Gobierno por "los hechos relatados por los testigos", así como por la "ingente prueba practicada en el plenario".