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Cataluña

El Constitucional admite el recurso de Puigdemont y Comín contra su orden de detención cuando eran eurodiputados

  • Estudiará si el Tribunal Supremo vulneró sus derechos al mantener la orden de detención tras ser elegidos
  • Rechaza suspenderla de forma cautelarísima porque fue sustituida por la euroorden reactivada tras la sentencia del 'procés'

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El expresidente catalán Carles Puigdemont y el exconseller Toni Comín.
El expresidente catalán Carles Puigdemont y el exconseller Toni Comín recogen su acreditación como diputados del Parlamento Europeo, en diciembre de 2019.

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite por unanimidad el recurso de amparo presentado por el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y el exconseller Antoni Comín, huidos en Bélgica, contra la decisión del Tribunal Supremo, que mantuvo las órdenes judiciales de detención y puesta a disposición de la autoridad judicial que pesaban contra ellos antes de que fueran elegidos diputados al Parlamento Europeo, cargo que actualmente ostentan.

El Constitucional ha decidido admitir a trámite este recurso porque considera que tiene una "especial trascendencia constitucional", en tanto que "plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina" en el tribunal de garantías. Para el TC, este asunto "plantea una cuestión jurídica de relevante y general repercusión social o económica", según una providencia difundida este jueves.

El TC revisará las órdenes de arresto

Los autos que revisará el tribunal de garantías se remontan a junio de 2019, después de que ambos líderes independentistas, huidos de la justicia desde 2017, fuesen elegidos eurodiputados en mayo pero rechazasen venir a España a acatar la Constitución y adquirir formalmente tal condición. El juez instructor del "procés", Pablo Llarena, y después la Sala del Supremo que revisaba sus autos en la causa rechazaron retirar las órdenes nacionales de búsqueda, detención e ingreso en prisión contra ellos, como habían pedido para acceder al acta de eurodiputados.

En enero, al poco de ser reconocidos diputados del Parlamento Europeo, Puigdemont y Comín presentaron un recurso de amparo al Tribunal Constitucional para pedir que se suspendiera de manera cautelarísima el auto de la Sala de lo Penal que confirmaba la negativa del juez Pablo Llarena a dejar sin efecto sus órdenes nacionales de detención e ingreso en prisión por esta causa sobre el referéndum ilegal de independencia en Cataluña.

Ambos defendían que la decisión de Llarena vulneró sus derechos, entre ellos el de acceder en igualdad de condiciones a los cargos públicos, el de libertad e igualdad y el de entrar y salir libremente de España sin limitación. A su juicio, el Tribunal Supremo generó una "situación de anomalía democrática" por el "absoluto desprecio" por las inmunidades recogidas por la Unión Europea y demandaban que se levantaran las órdenes de detención una vez que fueron proclamados eurodiputados.

El Supremo destacó que los razonamientos del juez Llarena fueron claros y no arbitrarios al fundar el mantenimiento de las órdenes de detención y prisión en la "incuestionable persistencia de la situación de rebeldía de los acusados y en su procesamiento por graves delitos". Añadieron que para aplicar el privilegio de la inmunidad que alegaban Puigdemont y Comín no basta con tener condición de europarlamentario electo sino que es obligatorio haber adquirido la condición de eurodiputado, algo que en ese momento aún no había sucedido.

No se suspende la decisión del juez Llarena

Pero el Tribunal Constitucional rechaza suspender con urgencia esta decisión del Supremo dado que las resoluciones quedaron sin efecto y fueron sustituidas por otras posteriores, dictadas a raíz de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que estableció que se debió haber reconocido al exvicepresidente catalán y líder de ERC, Oriol Junqueras, condenado por el "procés", como eurodiputado cuando fue electo.

El 14 de octubre de 2019, día en el que se dictó la sentencia del Supremo por el 'procés' independentista, el juez Llarena reactivó las órdenes europeas e internacionales de detención y entrega contra el expresidente de la Generalitat y el exconsejero, que había reactivado al empezar el procesamiento de los investigados en la causa del 'procés', y que antes habían sido retiradas en diciembre de 2017 tras la decisión de un tribunal alemán de entrega a Puigdemont solo por el delito de malversación y no por rebelión, por el que había sido procesado por el 'procés'.

Dados los efectos que la sentencia del TJUE tenía en Puigdemont y Comín, el juez Llarena dictó en enero un auto en el que pedía a la Eurocámara el suplicatorio para ambos, que no pueden ser detenidos fuera de España, pero mantuvo con plena vigencia las órdenes nacionales de arresto e ingreso en prisión al considerar que la inmunidad no les protegía en territorio nacional y que estas seguían teniendo "viabilidad".

No obstante, el tribunal de garantías acuerda formar pieza separada y conceder un plazo de tres días al fiscal y a los solicitantes de amparo para que efectúen las alegaciones que consideren convenientes. El magistrado Cándido Conde-Pumpido será el ponente de la sentencia que se dicte sobre estos recursos.