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Coronavirus

El Gobierno aclara que podrán ir dos personas por coche, el conductor y otra atrás, en los viajes permitidos

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Agentes de la Policía Local ayudados por personal militar controlan la circulación de vehículos por una avenida zaragozana en una jornada marcada por las medidas del estado de alarma a causa del coronavirus.
Policías y personal militar controlan la circulación de vehículos por una avenida de Zaragoza durante el estado de alarma por el coronavirus EFE

El Gobierno ha modificado un punto de la norma que regula la movilidad para hacer frente al coronavirus y ha dejado claro que se permite que dos personas viajen en un coche, el conductor y otra en el asiento opuesto de atrás, y siempre que el desplazamiento se realice por una de las causas contempladas en el decreto del estado de alarma.

La medida se hace extensible a los vehículos, públicos o privados, de hasta nueve plazas, estos últimos normalmente con tres filas; por lo que en este caso sería posible que viajaran hasta tres personas.

Este miércoles, el Boletín Oficial del Estado publica cómo queda la norma, literalmente así:

"El transporte público, privado complementario y particular de personas en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, llevado a cabo en el marco de los supuestos de desplazamiento autorizados en el artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, en los que deba viajar más de una persona en el vehículo, respetará que vaya como máximo una persona por cada fila de asientos, manteniéndose la mayor distancia posible entre los ocupantes".

En su comparecencia tras la reunión diaria del gabinete técnico de crisis del Ejecutivo, la secretaria general de Transportes, María José Rallo, ha llamado la atención sobre la restricción de movimientos por motivos de salud pública. En concreto, solo se permiten desplazamientos para comprar alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad, para asistir a centros y servicios sanitarios, para acudir al trabajo, para retornar al lugar de residencia habitual o para asistir y cuidar a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

También se permite desplazarse para acudir a entidades financieras y de seguros y por "causas de fuerza mayor o situación de necesidad", y siempre de forma individual, salvo algunas excepciones, como la que ahora contempla en los desplazamientos en coche.

Esta modificación se ha realizado mediante una orden del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, que modifica a su vez otra de la semana pasada de este mismo departamento que dirige José Luis Ábalos.

El ministro también explicó el lunes otro cambio por el cual estos desplazamientos se pueden hacer también con vehículos de alquiler.

El ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha anunciado este lunes en rueda de prensa que, con el fin de facilitar el desarrollo de las actividades esenciales, se hará extensiva la autorización de apertura de establecimientos dedicados al alquiler de vehículos sin conductor, que solo estaba permitido para uso profesional de transporte de mercancías y que se extiende "a todos los supuestos permitidos en la declaración de estado de alarma que tienen que ver con la movilidad". Es una medida que trata de ayudar a familias, colaboradores y empresas hasta que puedan reanudar su actividad con normalidad, ha dicho el ministro, "una vez se haya ganado la batalla a la pandemia".

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