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El juez considera acreditada la financiación ilegal del PP valenciano

  • Estos hechos ocurrieron en las campañas electorales de 2007 y 2008
  • El presidente del PP valenciano entonces era Francisco Camps
  • El delito electoral cometido pone en riesgo el interés general
  • Los políticos cometieron los delitos "por pura ambición política" de poder

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Ricardo Costa y Francisco Camps se saludan en las Cortes Valencianas en una imagen de archivo
Ricardo Costa y Francisco Camps se saludan en las Cortes Valencianas en una imagen de archivo.

El juez de la Audiencia Nacional José María Vázquez Honrubia considera acreditada la existencia de un sistema de financiación ilegal para las campañas electorales de 2007 (los comicios municipales y autonómicos) y 2008 (elecciones generales) del PP valenciano, cuando lo presidía Francisco Camps, quien de haber cometido un delito habría prescrito. A quien señala el fallo directamente es al entonces secretario general del PP Ricardo Costa como la persona que conocía lo que estaba ocurriendo.

En la sentencia del juicio a la rama valenciana de Gürtel (ver .PDF), el juez expone que el PP de Valencia financió parte de las citadas campañas, organizadas por la trama Gürtel, con dinero en "B" y facturas falsas pagadas por empresarios, quienes confesaron en la vista oral que pagaron algo más de 1,2 millones para financiar a la formación regional.

El juez da por probada la financiación ilegal del PP en la condena por la trama valenciana de la Gürtel

Dice el juez que para organizar las campañas de 2007 y 2008, el PP valenciano contrató a la mercantil del Grupo Correa llamada Orange Market "con el propósito de obtener mayor despliegue en el proceso electoral" de 2007 y 2008, unos "servicios que abonaron de modo irregular, en parte en efectivo y en parte a través de terceros".

Para desarrollar las campañas electorales, según la sentencia, los acusados no tuvieron en cuenta la cuantía máxima admitida del gasto electoral prevista por la ley y recurrieron a empresarios, infringiendo la genérica prohición legal de abono de los gastos de los partidos políticos por terceras personas.

Más de dos millones de euros no fueron facturados ni contabilizados

La sentencia cifra en 175.000 euros la única cuantía declarada por la sociedad Orange Market y por el PPCV por la organización de actos para las campañas de 2007 y 2008, entre ellos el mitin que ofreció el presidente del Partido Popular, Mariano Rajoy, en la plaza de Toros de Valencia en 2008. Sin embargo, el magistrado señala en su resolución que "fue muy superior el servicio que encargó y recibió de Orange Market SL".

En total, entre las tres elecciones no se facturaron 2.035.919 euros, según el juez. En concreto, la sentencia cifra en 1.155.231 euros el dinero que no fue objeto de facturación y contabilización en relación con los actos ejecutados para las elecciones autonómicas de 2007, así como 78.878 euros por las municipales de ese año.

Con motivo de las elecciones generales de 2008, el juez cifra en 801.810 euros por los servicios prestados por la red de Correa y que tampoco fueron objeto de facturación y contabilización.

La sentencia señala que los empresarios condenados financiaron una parte del gasto comprometido por los cargos políticos acusados y que actuaron en connivencia con los cargos del PPCV y con los responsables de Orange Market.

"Se podría hablar de un soborno en diferido", dice la sentencia

El juez considera en la sentencia que el delito electoral cometido es de mera actividad, que no exige resultado alguno. Es lo que se conoce como un delito de riesgo donde "el bien jurídico protegido es (...) mantener la pureza de los procesos electorales, el 'juego limpio' electoral".

Ese delito de riesgo es un peligro futuro pues "en síntesis se podría hablar de un soborno en diferido: ciertos empresarios pagan hoy campañas electorales y mantienen u obtienen mañana contratos administrativos".

Otro objetivo es el de "preservar la neutralidad y objetividad del Estado (...) frente a supuestos como en el presente caso en que dicha neutralidad y objetividad de las administaciones se ve seriamente cuestionada cuando los financiadores de la campaña electoral son, exacta y precisamente, adjudicatarios y/o concesionarios de obras, servicios o suministros contratados por la Administración cuyos representantes políticos han sido elegidos apoyándose en una campaña financiada ilegalmente".

Es decir, que el magistrado concluye que afecta a los intereses generales que los financiadores sean o vayan a ser adjudicatarios de obras o servicios públicos y empaña de una manera "absoluta" la neutralidad y objetividad del Estado.

Los políticos actuaron "por pura ambición de alcanzar y permanecer en el poder"

Pero además de los intereses generales, el magistrado destaca los intereses concretos que también están en juego y que son los de los empresarios que no participan en la financiación irregular.

El motivo, según la sentencia, es que "es fácilmente inducible que tendrán enormes dificultades cuando no serán inmediatamente excluidos para ser adjudicatarios de obras o servicios de una administración cuyos ocupantes sean de un partido al que no han querido financiar".

La responsabilidad de los empresarios que aportaban fondos al PP es, según el juez, la clave del asunto pues -además de la financiación ilegal al partido- se colocaban en una situación privilegiada, ventajosa, "por no decir monopolística", para mantenerse como contratistas de la administración regional.

Respecto de los políticos, el juez reconoce como cierto que de sus actos "ni se acredita indiciariamente, ni se contempla, ni se acusa de ninguna clase de enriquecimiento personal" y señala que los cometieron "por pura ambición política de alcanzar y permanecer en el poder".

En este punto, señala a Ricardo Costa -entonces secretario general del PP- como "el hombre que está detrás" y que tuvo el dominio funcional del hecho delictivo respecto a la financiación ilegal de las sucesivas contiendas electorales.