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El Supremo confirma la condena a Blesa por las tarjetas opacas y sus herederos deben pagar las indemnizaciones

  • El tribunal informa a la Audiencia Nacional para que ejecute la sentencia
  • La responsabilidad penal se extingue con el fallecimiento del banquero
  • Pero la responsabilidad civil pasa a los herederos
  • Blesa y el resto de condenados deben devolver 9,3 millones gastados con las tarjetas

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El expresidente de Caja Madrid Miguel Blesa a su salida de la Audiencia Nacional.
Imagen de archivo del expresidente de Caja Madrid Miguel Blesa a su salida de la Audiencia Nacional.

El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia que condenó a Miguel Blesa por el uso de tarjetas opacas de Caja Madrid y, aunque la responsabilidad penal se ha extinguido con su muerte el pasado julio, sí se mantiene la condena por responsabilidad civil y la obligación de abonar junto al resto de condenados 9,3 millones de euros, el importe cargado a las tarjetas durante su mandato como presidente de la caja de ahorros madrileña. Esa responsabilidad civil recaerá ahora en los herederos del banquero, cuyos bienes pueden ser embargados para acometer el pago.

Blesa recurrió esa condena con el argumento de que se basaba en pruebas obtenidas de forma ilícita con las que se vulneró su derecho a la intimidad económica.

Ahora, el Tribunal Supremo explica en un auto (ver documento en pdf) que, tras el fallecimiento del banquero, sus herederos podían haber continuado adelante con el recurso de casación interpuesto por él contra la sentencia. Sin embargo, como recoge el texto, el representante de Blesa "no ha aportado poder de los herederos para sostener el recurso, por lo que debido al tiempo transcurrido, el recurso debe tenerse por desistido y debe declararse desierto".

Los herederos deben afrontar el pago

"Esta declaración determina la firmeza de la sentencia de instancia, lo que se comunicará al Tribunal sentenciador [la Audiencia Nacional], a los efectos de su ejecución, sin perjuicio de que la responsabilidad criminal deba tenerse por extinguida por fallecimiento del reo", se lee en el auto del Supremo.

De este modo, la muerte de Blesa no impedirá que sus herederos tengan que asumir la responsabilidad civil y, por lo tanto, hacer frente a las posibles indemnizaciones, a no ser que renuncien a la herencia.

El pasado 23 de febrero Miguel Blesa fue condenado a 6 años de cárcel por un delito de apropiación indebida. Esa sentencia le condenaba además a devolver -de forma conjunta y solidaria con el resto de condenados- las cantidades totales utilizadas indebidamente por los condenados entre 2003 y enero de 2010, cuando presidió Caja Madrid.

Pero Blesa se suicidó el pasado 19 de julio con un rifle de caza de su propiedad y, aunque la muerte de una persona investigada extingue su responsabilidad penal, la civil pasa a los herederos del fallecido.

La Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que "la acción penal se extingue por la muerte del culpable, pero (..) subsiste la civil contra sus herederos y causahabientes".

Sin fecha para deliberar sobre el resto de recursos

El pasado 1 de noviembre, la Fiscalía Anticorrupción solicitó al Tribunal Supremo que rechazara los recursos interpuestos por los 65 acusados por el uso de tarjetas opacas de Caja Madrid, en un escrito en el que refutaba los argumentos de todos ellos.

El documento sintetizaba los tres argumentos expuestos en los recursos: la ausencia de pruebas de cargo que justifiquen la condena, la impugnación de las hojas de cáculo que contenían los gastos y el desconocimiento de que el uso de las tarjetas era ilícito.

Sobre esos recursos, el Supremo indica que continúa la tramitación de dichos recursos, y señala que todavía no se ha fijado fecha para su deliberación y fallo.