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La UE no está obligada a dar visados humanitarios a los refugiados, según el Tribunal de Justicia

  • Los países pueden conceder los visados si los autoriza su legislación nacional
  • El fallo responde a la solicitud de una familia siria residente en Alepo
  • Bélgica: La sentencia impide "ampliar las fronteras de la UE hasta las embajadas"

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Familias sirias desplazadas por los combates cerca de la ciudad de Manbij
Familias sirias desplazadas por los combates cerca de la ciudad de Manbij

Los países de la Unión Europea no están obligados a dar un visado humanitario a las personas que deseen entrar en su territorio para pedir asilo. Así lo ha dictaminado este martes el Tribunal de Justicia de la UE, como respuesta a la petición de visados presentada a Bélgica por parte de una familia siria de Alepo.

El tribunal ha fallado que la normativa comunitaria sólo establece "los procedimientos y las condiciones para la expedición de visados para tránsito o estancias previstas en el territorio de los Estados miembros no superiores a 90 días".

La corte precisa, no obstante, que los Estados miembros son libres de conceder esos visados humanitarios, sobre la base de su derecho nacional, informa Efe.

Familia siria en Líbano

Los jueces europeos se pronunciaron sobre el caso de una pareja siria y sus tres hijos menores, de nacionalidad siria y con residencia en Alepo (Siria), que en octubre de 2006 presentaron sendas solicitudes de visado en la embajada belga de Beirut, tras lo cual regresaron a Siria. Las solicitudes tenían por objeto la obtención de visados de validez territorial limitada para permitir a esta familia abandonar Alepo y presentar una petición de asilo en Bélgica.

El 18 de octubre del pasado año, las autoridades belgas desestimaron estas solicitudes, al entender que pedir un visado de validez territorial limitada para presentar una petición de asilo en Bélgica, la familia siria tenía la intención de permanecer más de 90 días en Bélgica, lo que infringe el Código de visados de la UE.

El fallo del Tribunal precisa que no se aplica en este caso la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, ya que la legislación comunitaria no regula la expedición por los países de visados o permisos de residencia de larga duración a personas de terceros países por razones humanitarias. De esa manera, las solicitudes de la familia siria sólo están sujetas al Derecho nacional.

Según el Tribunal, permitir a los nacionales de terceros países que presenten solicitudes de visado con la finalidad de obtener el beneficio de la protección internacional en el Estado miembro de su elección "iría en contra de la estructura general del sistema establecido por la UE para determinar el Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional".

Bélgica se felicita por la sentencia

El gobierno belga ha dado la bienvenida a la sentencia. "Las ONG querían mover la frontera de la UE a las embajadas, pero el Tribunal se ha impuesto. Una buena cosa", ha declarado el ministro de Migraciones, Theo Francken.

Las ONG querían mover la frontera de la UE a las embajadas, pero el Tribunal se ha impuesto

La UE acordó un sistema de reparto de 160.000 refugiados que han llegado a Italia y Grecia huyendo de los conflictos al otro lado del Mediterráneo, en especial en Siria, en la mayor crisis desde la Segunda Guerra Mundial. Pero la cifra de personas reubicadas con este sistema está muy lejos del objetivo.

La Unión llegó también a un acuerdo con Turquía para intercambiar a refugiados que habían llegado irregularmente a Grecia por otros que solicitaran el asilo desde suelo turco.

La ONU estima que los recientes combates en el norte de Siria han causado el desplazamiento de casi 66.000 personas.