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El mercado único de servicios aún presenta obstáculos por la falta de "acciones legales" de la Comisión

  • Lo afirma el Tribunal de Cuentas de la UE en un informe sobre la directiva de Servicios
  • Critica la falta de impulso del Ejecutivo comunitario, la directiva se adoptó en 2006
  • La CE debería reducir los plazos de los procedimientos de infracción

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La comisaria europea del Mercado Interior, Elzbieta Bienkowska
La comisaria europea del Mercado Interior, Elzbieta Bienkowska.

El Tribunal de Cuentas de la UE sostiene que persisten obstáculos en el mercado único de servicios y que la Comisión Europea (CE) ha sido reticente a acometer "acciones legales" para implantarlo.

Los auditores piden más audacia a la Comisión a la hora de apoyar a los negocios y consumidores comunitarios, ya que todavía no pueden comprar o vender servicios transfronterizos tan fácilmente como deberían poder hacerlo.

En un informe especial sobre la directiva de Servicios de la UE, adoptada en 2006, los expertos destacan las diferencias entre el mercado único de bienes, generalmente bien desarrollado, y el de los servicios que "no ha alcanzado su pleno potencial".

La directiva de Servicios no ha alcanzado su pleno potencial

"La directiva de Servicios debería haber aumentado la transparencia y facilitado a los negocios y consumidores la venta y la adquisición, pero siete años después de la fecha límite de implementación (2009), permanecen obstáculos", según los auditores. La directiva abarca los servicios que aportan el 46% del PIB de la Unión Europea (UE).

Bruselas reconoció en 2013 que Europa no está a la altura de sus ambiciones en cuanto al mercado único, en particular en ámbitos clave como la economía digital, la energía y los servicios. "La CE no está mirando tan bien como debería por los intereses de los consumidores y proveedores de servicios", señala Neven Mates, miembro del Tribunal de Cuentas y responsable del informe.

En su opinión, el Ejecutivo comunitario se muestra "reacio a iniciar procedimientos legales" contra los países, particularmente debido a la lentitud del procedimiento judicial, "pero también por falta de confianza en la legislación", indica.

Tarde y mal

La mayoría de los Estados miembros no transpusieron a tiempo la directiva a su legislación nacional, si bien la Comisión ha realizado un seguimiento y ha prestado ayuda. Las evaluaciones recíprocas y los controles de eficacia en sectores específicos fueron útiles para los Estados miembros, pero también pusieron de manifiesto la persistencia de un número importante de barreras, señalan los auditores.

Sin embargo, la Comisión no investigó lo suficiente dichas barreras, afirman, en especial por su reticencia a cuestionar la justificación de "proporcionalidad" utilizada por algunos Estados miembros para mantener requisitos no conformes.

Se han utilizado métodos como SOLVIT y EU Pilot 7 para resolver problemas, aunque sin los rápidos resultados que necesitan las empresas y los destinatarios de los servicios, agregan.

Los auditores afirman que los consumidores "no disfrutan todavía del nivel de acceso al mercado interior de servicios que prevé la directiva", y destacan que aún se desconoce el posible beneficio económico que conllevaría la plena aplicación de la directiva.

Procedimientos de infracción más rápidos

El Tribunal pide a la Comisión, en particular, que sea más audaz en la ejecución de la directiva, mediante, entre otras medidas, la reducción de la duración de los procedimientos de infracción y la remisión de problemas importantes de incumplimiento o aplicación incorrecta al Tribunal de Justicia.

Asimismo, considera que la CE debería elaborar orientaciones para la transposición, en tanto que los Estados miembros deberían respetar la carta de las ventanillas únicas, por ejemplo, poniendo a disposición del público la información en varias lenguas y facilitando la realización de todos los trámites administrativos necesarios para la prestación transfronteriza de servicios.

También sostienen los auditores que la revisión del reglamento relativo a la cooperación en materia de protección de los consumidores debería ampliar su ámbito de aplicación para incluir los requisitos de la directiva.