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La abogada del Tribunal de la UE recomienda multar a España por las "vacaciones fiscales vascas"

  • La jurista da la razón a la CE que pedía imponer sanciones a España
  • Cree que se debe multar por la dilación en la recuperación de las ayudas

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La abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) Eleanor Sharpston recomendó este jueves imponer una multa de 50 millones de euros a España por no recuperar a tiempo las ayudas concedidas en los años 90 a empresas del País Vasco, que fueron declaradas ilegales.

La jurista comunitaria da la razón por tanto a la Comisión Europea (CE), que había solicitado la imposición de una sanción financiera contra España, aunque reduce la cuantía frente a lo que había solicitado Bruselas, unos 64 millones de euros.

Sharpston considera que 50 millones ya es una cuantía importante, con suficiente carácter disuasorio, y destaca que si el Tribunal finalmente está de acuerdo con su recomendación e impone esta sanción, sería la suma a tanto alzado más elevada impuesta hasta ahora por los jueces de Luxemburgo.

En su opinión, España merece una multa de esta magnitud porque tanto la cuantía de las ayudas ilegales como la demora en su recuperación son considerables, y porque la infracción reviste tal gravedad como para afectar al comercio entre los Estados miembros durante un largo período de tiempo.

Dilación para devolver las ayudas

La abogada señala además que parece que las autoridades españolas han dedicado gran cantidad de tiempo y de energía a intentar aminorar las cantidades que debían recuperarse, a menudo aportando detalles excesivos que entrañaban más dilaciones.

De hecho, la recuperación no comenzó a llevarse a cabo de forma significativa hasta que pasaron más de cuatro años desde la sentencia de 2006, en la que el Tribunal de Justicia declaró las ayudas ilegales y pidió su recuperación.

La máxima instancia judicial comunitaria declaró ilegal en 2006 el antiguo régimen fiscal del País Vasco, conocido como "vacaciones fiscales vascas", y pidió que los beneficiarios devolvieran las ayudas.

Las ventajas fiscales, que nunca fueron notificadas a la CE, consistieron en un crédito para las empresas del 45 % del importe de ciertas inversiones y una reducción de la base imponible. Fueron concedidas en Álava, Vizcaya y Guipúzcoa entre 1994 y 1997 y estuvieron en vigor hasta alrededor del año 2000.

España y la CE, que denunció el caso ante el Tribunal de Justicia, protagonizaron un extenso litigio en el que tuvieron numerosos desencuentros, sobre todo acerca de la recuperación de las ayudas.

Parte de las ayudas se devolvieron tras la solicitud de multas en 2011

Bruselas consideró en 2011 que los beneficiarios aún no habían devuelto las ayudas y decidió pedir al Tribunal de Justicia que impusiese una multa a España de cerca de 65 millones de euros.

La abogada general subrayó en su recomendación de este jueves el hecho de que España hubiese reconocido que una gran parte de la recuperación de las ayudas tuvo lugar tras esa solicitud de multa de la CE en 2011.

La Comisión, por su parte, informó al pasado mes de octubre al Tribunal de que ya se habían recuperado totalmente las ayudas y concretó que el último pago se efectuó el día 15 de ese mes.

España y la Comisión mantuvieron posturas enfrentadas con respecto al cálculo y al importe total de las ayudas que procedía recuperar. Sin embargo, España accedió finalmente a recuperar la cantidad que pedía Bruselas con el propósito de limitar cualquier multa que pudiera imponer el Tribunal.

La recomendación de la abogada general no tiene carácter vinculante, si bien el Tribunal de Justicia suele tener este tipo de aportaciones en cuenta a la hora de dictar sentencia. La decisión final del Tribunal sobre este caso podrá demorarse aún varios meses y contra ella no cabe recurso.