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En esta consulta, el inspector de Trabajo Jesús Prieto, ayuda a una seguidora de Aquí Hay Trabajo. Su realidad laboral es de semi explotación laboral.

Ericka tiene contrato indefinido como empleada de hogar interna. Desde hace 5 años cuida a una persona con Alzheimer.

Nos cuenta que trabaja todos los días más de 8 horas y cobra el SMI, más 130 € en B por fin de semana. No tiene descansos. Y debe estar disponible las 24 horas. Además solo le dan la comida. Desayuno y cena corren de su cuenta.

¿Cómo puede demostrar esta situación y denunciarla ante inspección de Trabajo?

Fernando empezó a trabajar en una empresa en septiembre. Sufrió acoso laboral y decidió dejarlo en el periodo de prueba sin denunciar nada.

No le han pagado nada por los días que trabajó. Se ha negado a firmar un despido voluntario en el que le descontaban los días del preaviso.

¿Los puede reclamar? Responde la inspectora de Trabajo.

Eres autónomo, pagas tus cuotas, haces tus facturas, ¿pero tienes un jefe? Cuidado.

Esta píldora laboral de Aquí Hay Trabajo es fundamental para ver si eres un falso autónomo, es decir, un trabajador camuflado de autónomo para ahorrarle a una empresa las cotizaciones y los derechos.

Te damos 4 claves, que si las cumples todas, casi casi seguro que eres un falso autónomo. La empresa te pone un horario, es decir, te marca cuándo empiezas y terminas.

Trabajas donde te dicen y con los medios de la empresa.

Cobras una cantidad fija, no por servicios o por proyectos.

Y además no puedes rechazar encargos libremente: tienes que aceptar las tareas que te dan.

Si te pasa todo esto, casi seguro que eres un falso autónomo, es decir, deberías estar contratado como un trabajador de plantilla.

Si estás en esta situación puedes demandar a la empresa para que reconozcan tu relación laboral, te recomendamos hacerlo con un abogado laboralista o un graduado social.

También puedes denunciarlo ante Inspección de trabajo.

Si se demuestra que hay una relación laboral tendrías los derechos que te correspondan: vacaciones pagadas, salario según convenio, cotización al Régimen General, como un trabajador normal.

Y tendrían que pagarte las diferencias salariales del último año a contar desde que pusiste la demanda.

Cuando te contratan en un nuevo trabajo, ¿te pueden pedir un certificado de antecedentes penales?

La respuesta es "no", salvo excepciones muy concretas. Una empresa no puede pedir tus antecedentes penales porque sí.

La Agencia Española de Proteción de Datos dice que solo puede exigirse el certificado cuando una ley o una norma europea directamente aplicable lo contemple.

Es decir, en casos como éstos: en puestos que impliquen contacto habitual con menores, en esos trabajos la Ley de Protección de la Infancia obliga a presentar un certificado de penales. Además en empleos dentro de la seguridad privada. Y también se pide para algunos cargos del sector financiero.

Capítulo aparte, la Ley pide el certificado de penales para ciertos empleos públicos y también para los que tengan acceso a información secreta.

Pero que quede claro: NO te pueden pedir el certificado de penales para ser cajero de un súper, o camarero o lo que sea. Tiene que haber una ley concreta que lo permita.

Tercer día de huelga de profesores en Madrid y el conflicto no afloja. La Consejería de Educación rechaza sentarse a negociar. Siguen las protestas pero este viernes esos profesores han sacado sus clases a la calle, sobre todo para no perjudicar a los alumnos de segundo de bachillerato que en unos meses tiene que hacer la PAU.

FOTOGRAFÍA: ALBERTO ORTEGA / EP

El inspector de Trabajo, Jesús Prieto, responde a una seguidora del programa Aquí Hay Trabajo.

Recuerda que no se puede modificar - de forma unilateral- un contrato a tiempo completo por uno parcial, está prohibido.

A Ana le notificaron una reducción de jornada del 66% de su contrato fijo discontinuo. Élla mandó un burofax diciendo que no estaba de acuerdo, pero se tuvo que reincorporar el 9 de septiembre. Fue a conciliación con la empresa y no se pusieron de acuerdo. Está pensando en dejar el trabajo.

El despido por bajo rendiminiento es cuando te despiden porque la empresa dice que no estás trabajando al nivel que exige tu puesto.

El Estatuto de los Trabajadores contempla este despido cuando hay una disminución continuada y voluntaria del rendimiento. Y la empresa debe justificarlo y aportar pruebas.

Para que la empresa pueda aplicar este despido de forma procedente, debe demostrar ante un juez tres requisitos: primero, tiene que haber continuidad. No puede ser por un mal día o una mala semana.

Dos, tiene que haber voluntariedad, el descenso debe ser por desgana o negligencia del trabajador. No vale si rinde menos por falta de herramientas, mala organización o problemas de salud.

Y tres, tiene que haber un elemento de comparación objetivo: no valen opiniones como "está desmotivado" o "pasa de todo". Hay que dar datos que comparen tu rendimiento de ahora con el anterior o Si te despiden, recuerda que tienes 20 días hábiles para impugnarlo. Mejor ir con un profesional, un abogado o graduado social, que solo.

La gran mayoría de los despidos por bajo rendimiento, si se impugnan, se declaran improcedentes. En ese caso la empresa, por regla general, tiene que pagarte los salarios desde que te despidieron y readmitirte o indemnizarte.

A Javier, peón de jardinería desde hace 31 años, le han puesto desde hace dos a organizar a cuadrillas de trabajadores con mayor categoría que él.

La presión le ha superado y está de baja por depresión.

Para él es una sobrecarga de trabajo y exceso de responsabilidad por organizar a trabajadores, muchos conflictivos, con más sueldo y categoría que él. ¿Puede negarse y denunciar?

Responde el inspector de Trabajo Jesús Prieto.

En esta píldora laboral de Aquí hay Trabajo nos fijamos en una publicación del sindicato UGT, habla del reconocimiento de nuestro trabajo.

Si has contribuido a una mejora en tu trabajo o a una iniciativa o has tenido una idea o un proyecto bueno para la empresa y se la atribuye otro, no te debes quedar de brazos cruzados.

Estos son algunos consejos sobre qué podemos hacer si nos pasa. Primero, no guardes silencio.

Deja claro que has participado en el trabajo o que has hecho esa propuesta. Con profesionalidad y respeto, evitando confrontaciones innecesarias.

Importante también: guarda pruebas de tus aportaciones, como correos electrónicos, documentos o mensajes. Y apunta las fechas y los detalles del trabajo que hayas realizado.

Y si en el proyecto habéis participado varias personas, deja claro quién ha hecho qué. Porque reconocer el trabajo de los demás no es un favor: es una cuestión de respeto, transparencia y dignidad laboral.

Un seguidor que lleva 2 años encadenando contratos temporales nos cuenta que su empresa no le renueva, pero le ofrece un puesto de menos categoría y sueldo.

La inspectora de Trabajo, Ana Ercoreca, recuerda que tras la reforma laboral con un contrato de más de un año ya el trabajador es indefinido.

El inspector de Trabajo Jesús Prieto responde a un seguidor de Aquí Hay Trabajo.

Es soldador y cuenta que su empresa no hace evaluación de riesgos, no protege bien contra el humo y hay compañeros con problemas respiratorios.

Supone un riesgo grave el humo de los soldadores y tiene que exigir a su empresa la protección colectiva y la individual y tienen que evaluar los riesgos laborales.

En esta edición de Aquí hay trabajo explicamos la diferencia entre acoso laboral, acoso sexual y sexista.

El acoso laboral o mobbing se da cuando una persona sufre conductas hostiles o humillantes de forma reiterada que deterioran sus condiciones de trabajo o su salud. Por ejemplo, que te ignoren deliberadamente, que te asignen tareas imposibles o que echen por tierra tu trabajo constantemente.

El acoso sexual es cualquier comportamiento sexual, (verbal o físico), no deseado y que atenta contra tu dignidad. Por ejemplo: comentarios o insinuaciones sexuales, contacto físico que no quieres o presiones para hacer favores sexuales.

La diferencia con el acoso sexista es que el sexista está relacionado con el hecho de ser mujer o de ser hombre, o con estereotipos y roles de género. Por ejemplo, que te menosprecien por ser mujer, que te hagan burlas porque eres homosexual o que cuestionen tu capacidad profesional por tu género.

Todas las situaciones o comentarios incómodos NO son acoso. Que nos digan que hemos hecho algo mal NO es acoso, aunque nos incomode. Acoso es que nos digan que estamos haciendo algo mal faltándonos al respeto y continuamente. Cualquier conducta que atente contra la dignidad, la igualdad o la integridad de una persona en el trabajo debe ser tomada en serio y denunciada.

Un trabajador público con plaza fija en una empresa pública, nos cuenta que trabaja en Madrid capital y tiene distintos turnos. Además tiene que rotar por toda la Comunidad sin cobrar ni plus, ni kilometraje. Y que los desplazamientos no están incluidos en su jornada.

El inspector de Trabajo responde que no es legal y pude denunciar ante inspección de Trabajo.

¿Puede la asociación entre trabajadores ayudar a conseguir un empleo? En esta ocasión, Aquí hay trabajo presenta a agricultores que unen sus fuerzas para ganar rentabilidad y a trabajadores que, después de una crisis, han decidido convertirse en dueños de su propia empresa para sacarla adelante.

Se trata de dos formas de entender el trabajo que tienen algo en común: aquí, los empleados son parte de la empresa. AQHT presenta dos historias de trabajo colectivo en forma de cooperativa y de sociedad laboral, porque la unión hace la fuerza.

Cuando termina tu jornada y empieza tu vida privada, mucho cuidado, porque a veces lo que haces puede acabar teniendo consecuencias en tu trabajo y al revés, te puede costar hasta el empleo.

Hablamos en Aquí Hay Trabajo de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Un trabajador termina su jornada a las seis de la tarde. Veinte minutos después, a las 18:20 tiene un accidente con el coche y le hacen una prueba de alcoholemia. El resultado: 0,79 de alcohol en sangre, que es bastante, el límite en España es de 0,5.

Aunque el accidente ocurrió fuera de su horario laboral, el tribunal consideró que esa cantidad de alcohol no podía alcanzarse en solo veinte minutos.

Es decir, que parte del consumo se había producido mientras todavía estaba trabajando. ¿Y qué puede pasar en estos casos?

Si se demuestra que el trabajador bebió durante la jornada eso puede justificar un despido disciplinario, por eso el tribunal declaró procedente ese despido.

Un positivo no significa automáticamente despido. Hay que valorar cada caso: qué trabajo hacía, qué ocurrió, las pruebas y lo que diga el convenio.

No todos los trabajadores somos iguales ante el despido. Hay algunos que están especialmente protegidos. Son aquellos a los que por su situación, la ley les protege especialmente. Eso no significa que sean intocables. La empresa puede despedirlos si acredita un motivo legal, como un incumplimiento grave o una causa objetiva y justificada.

Pero si no existe esa causa o el despido está relacionado con su situación protegida, hay muchas posibilidades de que un juez puede declararlo nulo.

Tienen esta protección reforzada, las trabajadoras embarazadas, quienes disfrutan de una reducción de jornada o una excedencia por cuidado de hijos o familiares, las víctimas de violencia de género o quienes solicitan medidas de conciliación, como adaptar su jornada o teletrabajar.

¿Qué ocurre si el despido es nulo? Pues que la empresa debe readmitir al trabajador y pagarle los salarios que dejó de percibir desde el despido.

Esther, una seguidora de Aquí hay Trabajo nos escribe desde Valladolid y nos cuenta que trabaja en el servicio de limpieza de un colegio público. Dice que lo limpian entre cuatro personas y una de ellas con discapacidad y rendimiento inferior.

Asegura que cuando alguien enferma, la administración para la que trabajamos no cubre las bajas. A veces somos dos limpiadoras haciendo todo el edificio en el mismo tiempo, nos quejamos y ni caso. ¿Quién asume la carga de trabajo cuando un compañero está de baja?

El inspector de Trabajo Jesús Prieto le aconseja que recopile toda la información y pruebas y que denuncie ante Inspección de Trabajo.

Casi la mitad de las empleadas de hogar, un 49 %, ha sufrido violencia de algún tipo en su puesto de trabajo.

El 47 % ha tenido que aguantar insultos, faltas de respeto o comentarios sexistas o racistas. Son datos de la realidad que viven muchas mujeres que trabajan en las casas de otros.

Hablamos con Marta Rodríguez, jefa de unidad del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo y experta en el tema de riesgos laborales de las empleadas de hogar.

¿Están desprotegidas por trabajar en una casa, en un lugar privado?

Si una trabajadora de hogar siente que le están acosando en su puesto, ¿qué puede hacer?

Un supuesto: estás trabajando en el turno de noche y eso afecta a tu salud... ¿Te tienes que aguantar?

Lo primero, hay que demostrar que el trabajo nocturno está afectando a tu salud, no vale solo con decir que estás cansado.

El Estatuto de los Trabajadores protege especialmente a los que trabajan de noche. Por eso, obliga a las empresas a realizar revisiones médicas antes de empezar en ese turno y también de forma periódica.

Si esas evaluaciones, o los informes médicos, dicen que el trabajo nocturno te está provocando problemas de salud, como ansiedad, trastornos del sueño u otras alteraciones, entonces puedes solicitar el cambio a un puesto de día.

La empresa debe darte un puesto de día, si existe ese puesto y si estás cualificado para él. Si no hay ninguna vacante o no es posible esa adaptación, entonces tendrá que justificarlo.

Si no estás de acuerdo con esa justificación, si no te dan una razón objetiva, puedes reclamar. Y ahí serán los juzgados de lo social los que decidan si la empresa está incumpliendo la ley y te tiene que cambiar el turno.

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Una seguidora denuncia que su jefe la acosa en el trabajo y en su empresa, en vez de ayudarle a ella, le proponen que renuncie y deje su empleo.

Lleva 4 años trabajando como cocinera en un restaurante y su jefe de cocina la está acosando en el trabajo. En Recursos Humanos en vez de dar una solución, le han redactado una renuncia donde pone que me voy por asuntos personales.

El inspector de trabajo recomienda que denuncie por vulnerabilidad de su dignidad y recopile todas las pruebas para demostrar esa situación.

Esta píldora laboral es especial para los que trabajan en un supermercado, en una tienda y están manejando dinero todos los días. Si la caja no cuadra y falta dinero: ¿te puede obligar tu empresa a poner ese dinero de tu bolsillo?

El Tribunal Supremo recuerda que, por regla general, no. Según el alto Tribunal, el riesgo del negocio corresponde a la empresa, no al trabajador.

Es uno de los principios básicos del Derecho Laboral: quien trabaja por cuenta ajena no tiene que asumir las pérdidas de la actividad empresarial.

Solo hay una excepción. Que el empleado cobre un plus de "quebranto de moneda" que se llama. Es un dinero para compensar ese descuadre. Si ese plus existe, la cosa cambia y hay que ver lo que dice el convenio colectivo.

Por ejemplo, si cobras un plus de quebranto de 20 €, te puede tocar pagar hasta 20 € de descuadre. Si no hay descuadre, los 20 € te los llevas a casa. Pero insistimos, hay que mirar el convenio a ver que se hace con el plus.

Pero nunca te toca pagarlo a ti de tu bolsillo ¿eh?, lo paga la empresa. A no ser que el descuadre de caja se haya hecho aposta o por una negligencia grave.

Se dispara la silicosis, una enfermedad profesional incurable y progresiva. En el año 2000 se diagnosticaron 15 casos y ahora son más de 600 en un año.

Una enfermedad laboral que no tiene cura y que sigue creciendo, sobre todo entre los que trabajan con piedra artificial.

Detrás de estas cifras hay trabajadores que, después de respirar polvo de sílice durante años, hoy luchan por poder llevar una vida normal, historias como las de José Antonio y Serafín.

¿Tienes un jefe que duda, cambia de opinión constantemente o necesita aprobación continua? Eso afecta para mal en el trabajo según expertos de la Universidad de Harvard.

En esta píldora laboral os damos claves para gestionarlo sin entrar en conflicto con el jefe.

Estos errores pueden aumentar su desconfianza y complicar aún más las cosas en el trabajo.

La universidad de Harvard nos ayuda con lo que sí tenemos que hacer con un jefe inseguro, el método de las tres erres.

La primera R es de regular. Regula la emoción: Habla con calma, sé claro, reduce la tensión. Transmite seguridad con mensajes directos y sin ambigüedades.

La segunda R es de relacionarse: genera confianza con hechos, no con palabras: sé coherente, cumple lo que prometes y evita cambios bruscos. La previsibilidad es clave.

Y la tercera R es razonar. Cuando haya estabilidad, expón tu propuesta claramente. Ofrece opciones y pide su opinión para que sienta que controla la decisión.

El objetivo no es convencer a toda costa, sino guiar la conversación paso a paso.

El método de las 3 ERRES no siempre es inmediato. A veces es un proceso lento que requiere paciencia y constancia.

Porque en el trabajo, no siempre puedes elegir a tu jefe, pero sí cómo gestionas tu relación con él.

En Aquí Hay Trabajo descubrimos Campus Rural, un programa de prácticas pagadas en pueblos, en pequeños municipios de toda la geografía española.

Lleva en marcha desde 2022, por allí han pasado más de 2.000 universitarios de muchas titulaciones.

El programa ha crecido cada año en cuanto al número de estudiantes, universidades, municipios, empresas, presencia femenina y carreras técnicas.

Las prácticas académicas se realizan en entidades cuyas dependencias o actividades están ubicadas en municipios rurales, ya se trate de ayuntamientos, mancomunidades y otros organismos públicos, así como empresas, asociaciones, Cámaras de Comercio y fundaciones sin ánimo lucro.

Los participantes cuentan con una prestación económica de 1.000 euros mensuales, además del coste de la seguridad social, financiados por el MITECO.

Conocemos a universitarios que han elegido continuar su formación haciendo las prácticas en un pueblo de León y de Zaragoza, y algunos han conseguido un contrato de trabajo.

María del Carmen trabaja de camarera de piso y tiene una hora diaria de reducción de jornada por cuidado de menor.

No scuenta que ha pedido reducir una hora más y la empresa lo rechaza por “necesidades del servicio”.

Además, aunque trabaja y cobra una hora menos, le imponen las mismas tareas y acaba saliendo más tarde. ¿Lo puede denunciar?

El inspector de Trabajo responde.

Si eres cajero o reponedor y trabajas en un supermercado o en una gran superficie y tu jefe te manda que limpies los baños, no es cosa tuya.

Eso dice el Tribunal Supremo en una sentencia reciente. Afirma que al personal de cajas, reposición y ventas no le pueden obligar a limpiar ni baños ni vestuarios ni otras zonas comunes del supermercado.

No le pueden obligar, porque no forma parte de sus funciones, eso son tareas del personal que trabaja en limpieza.

Aunque estés en el mismo grupo profesional del convenio.

Además la limpieza de baños implica exposición a bacterias y virus y tienen que explicarnos los riesgos laborales que acarrean para evitarlos.

Lo que sí puede estar dentro de las funciones de alguien que está vendiendo en un super limpiar las zonas en las que trabaja, por ejemplo en la carnicería, la pescadería o la panadería, donde la higiene es fundamental.

Así que ya sabes: una cosa es mantener limpio tu puesto de pescadero y otra que te manden a limpiar en sitios que no tienen que ver con tus funciones.

Los algoritmos ya deciden muchas cosas en nuestro trabajo: desde qué pedido recibe un repartidor, hasta quién puede ser seleccionado para un empleo.

Se acaba de publicar una nueva norma que, a partir del 5 de octubre, obliga a las empresas a informar a los trabajadores sobre los sistemas algorítmicos que pueden afectar a sus condiciones laborales.

En Aquí Hay Trabajo nos hemos preguntado: ¿cómo funcionan estos algoritmos? ¿Y hasta qué punto pueden llegar a controlar nuestro trabajo?

Dentro de la nueva regulación sobre condiciones laborales transparentes, que estamos esperando a que se publique y entre en vigor, hay otra cosa que va a cambiar: el periodo de prueba.

Va a endurecer las condiciones de los periodos de prueba y obliga a las empresas a explicar mejor qué van a valorar durante ese tiempo.

La regla general seguirá siendo que el periodo de prueba no puede durar más de 6 meses . Si la empresa quiere superar ese límite, tendrá que justificarlo y explicar por qué es necesario un periodo más largo.

El contrato deberá dejar claro cuánto dura el periodo de prueba y qué se va a evaluar: es decir, qué tiene que demostrar el trabajador para seguir en el puesto.

El objetivo es que el periodo de prueba no se utilice para despedir a trabajadores gratis y porque sí. Que haya unas reglas claras para la empresa y para quien empieza a trabajar.

Muchas de las personas que vemos montadas en una bici repartiendo están sin contrato, sin documentación en regla y sin seguro.

Aunque la Ley Rider entró en vigor hace cinco años, todavía hay trabajadores en esta situación.

Alejandro, nombre ficticio, lleva tres años trabajando como rider: sin contrato y sin derechos, pero sí los tiene.

No puede trabajar legalmente porque no tiene papeles, así que alquila una cuenta a otro rider oficial. Y como él hay muchos más

Son trabajadores "informales" que en plataformas de reparto son invisibles.

En España han muerto cuatro personas trabajando en plataformas en situación irregular y nadie ha hecho nada.

Acompañamos a Alejandro es su jornada laboral como repartidor o rider.

Agustín Peralt es Doctor en Administración y Dirección de Empresas por la UPV y MBA por ESADE. Experto en efectividad para las empresas, Agustín es el creador de "FASE Method", que integra resiliencia, productividad y liderazgo. Tras 15 años de carrera directiva, Agustín reorientó su carrera hacia la formación, liderando más de cien proyectos de transformaciones empresariales. Ahora nos presenta su libro "Trabaja como un nórdico, vive como un mediterráneo" (Editorial Plataforma Editorial). Hablamos con Agustín de este libro, del mundo del trabajo en España, de su amplia experiencia y de cómo podemos aplicar su método a los problemas de ansiedad y de salud mental que padecen muchos ciudadanos, especialmente los más jóvenes."

El secretario general de CCOO, Unai Sordo, avisa al Gobierno que de no salir adelante el registro horario "se olviden" de llegar a más acuerdos: "Yo puedo entender que el Gobierno acuerde la reducción de la jornada y no salga en el Congreso, lo que no es de recibo es llegar a acuerdos que dependen del Gobierno y sigan empantanados". Mantiene que si no se aplica "va a ser difícil" llegar a otros acuerdos si luego "no sirven" para nada. Otra cosa es la reducción de jornada. Sordo reconoce que "es utópico" que salga adelante en lo que queda de legislatura y lo aparca a la negociación colectiva. Sobre el papel de la CEOE, cree que si es difícil llegar ahora a acuerdos es porque "prevén" que habrá un cambio político que les puede "beneficiar".

Sobre la situación de Ceuta, admite que la situación le genera "mucha preocupación" por el carácter humanitario y reclama más recursos para la Ciudad Autónoma: "Hay una sensación de abandono, el Estado tiene que estar más presente". La crisis, apunta, es un síntoma de una política migratoria que "no funciona" y pide cambiar la relación con Marruecos: "Nadie se les escapa, Marruecos es un actor, no se mueve un árbol si no lo permite". Pide revisar la política migratoria y recuerda que España y Europa van a necesitar inmigración en los próximos años para el sistema productivo. También acusa de "cinismo" a Italia de quien recuerda que reciben más personas que España.

Sordo también lamenta el alargamiento de la vida de la central de Almaraz y cree que la apuesta debe ser "energías renovables" para ser más competitivo. Sobre la propuesta de Yolanda Díaz para dirigir la OIT cree que es un buen perfil para estar al frente de una institución "de mucha trascendencia".