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Irlanda del Norte no anula la condicional de De Juana, pero da luz verde a su arresto

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La Justicia norirlandesa considera que ningún tribunal de la provincia tiene competencias para anular la libertad condicional del ex preso etarra José Ignacio de Juana Chaosahora en paradero desconocido, pero ha dejado abierta la puerta a su detención por las fuerzas del orden.

La Fiscalía norirlandesa había pedido revocar las condiciones de libertad vigilada al Alto Tribunal de Belfast, encargado de tramitar el recurso de apelación presentado por la defensa contra la extradición a España de De Juanaordenada el pasado marzo por el juzgado de primera instancia del magistrado Thomas Burgess.

La Fiscalía, que representa en este caso los intereses de la Justicia española en Irlanda, pidió que se anulara la libertad condicional de De Juana porque éste la había incumplido al no presentarse ante la policía y encontrarse en situación de paradero desconocido.

Obligación de fichar en comisaría

Después de estudiar durante las últimas semanas la legislación vigente, los tres jueces que componen el tribunal de apelaciones han dado la razón a la defensa del ex preso, que había alegado irregularidades en la Ley de Extradición británica de 2003.

Según expertos judiciales, en virtud de esta ley "el Alto tribunal de Apelaciones puede otorgar libertad condicional a un sujeto, pero no puede revocar o anularla si ya ha sido procesada en otro tribunal".

Tampoco lo puede hacer ahora Burgess, quien impuso a De Juana las condiciones de libertad vigilada (fichar en comisaría y respetar un toque de queda en su domicilio) al comienzo del proceso de extradición, en noviembre de 2008, en contra de la opinión de la Policía norirlandesa (PSNI), que alertó del riesgo de fuga.

Huido desde el pasado 25 de marzo

El ex jefe del comando Madrid de ETA permanece huido de la Justicia desde el pasado 25 de marzo, fecha de su última comparecencia en la comisaría de Belfast donde se personaba diariamente para firmar el libro de registros.

El Alto Tribunal ha asegurado que De Juana ha cometido un delito al violar los citados requisitos y que, en consecuencia, "podría ser arrestado" y juzgado, aunque la pena por dicha ofensa suele ser una sanción económica.

No obstante, en su sentencia, los tres jueces no quisieron entrar a valorar si su hipotética detención puede ser respaldada legalmente con una orden judicial, por lo que aludieron a la "combinación" de la Ley de Extradición de 2003 y a la Ley de Policía y Evidencia Criminal de 1989 de Irlanda del Norte (PACE).

Según la PACE, un agente del orden puede efectuar un arresto "sin orden" judicial si tiene motivos razonables para sospechar que se ha cometido un delito y que el sujeto es "culpable", o si el delito efectivamente se ha cometido, como es el caso con De Juana.

El Alto Tribunal mantiene aún las fechas de los próximos 28 y 29 de junio para escuchar los alegatos de la defensa en contra de la extradición del ex preso de ETA, cuyo proceso puede ser tramitado "en ausencia del interesado", explicaron fuentes judiciales.