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El ex alcalde de Benalmádena, condenado a ocho años de inhabilitación por prevaricar

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El Juzgado de lo Penal número 7 de Málaga ha condenado al ex alcalde de Benalmádena, Enrique Bolín, a ocho años de inhabilitación, así como al pago de una multa de 20 euros durante 12 meses, por un delito de prevaricación urbanística en la concesión de una licencia en la zona de La Leala en 2002.

El ex regidor benalmadense tiene la intención de recurrir esta sentencia y pretende, en el caso de que sea revocada, poder presentarse a las próximas elecciones municipales, según publican hoy los diarios 'Málaga Hoy' y 'El Mundo'.

Durante el juicio, la Fiscalía de Málaga mantuvo la acusación contra Bolín por un delito contra la ordenación del territorio, al considerar que concedió la licencia en la zona de La Leala "a sabiendas de la ilegalidad, transmitida por los técnicos, e incumpliendo la normativa urbanística".

La fiscal sostuvo la petición de ocho años de inhabilitación y una multa de 16.200 euros, según la defensa de Bolín, que pidió la libre absolución del ex regidor, quien ha asegurado al final de la vista que actuó "correctamente" y no había cometido "ningún delito".

Para la representante de la acusación pública, "se construyó en suelo no permitido" y se cambiaron los usos "para una mayor densidad" en una operación en la que "se tenía que haber seguido un orden riguroso", según ha dicho, y en la que Bolín "omitió los trámites necesarios a sabiendas de que no podía ser modificado el planteamiento general".

Asimismo, ha asegurado que el acusado "aprobó los decretos con informes contrarios de los técnicos" y precisó que "es posterior a la concesión de la licencia cuando se hizo la modificación de elementos necesaria", por lo que ah apuntado que "no se puede presumir buena fe" en el acusado.

Por su parte, la defensa ha insistido en que el suelo era urbanizable y que la licencia "no es ni injusta, porque el acto administrativo está legalizado, ni arbitraria ni se dio a sabiendas de su injusticia", al tiempo que ha señalado que el Ayuntamiento era competente para modificar los parámetros urbanísticos.

El letrado ha explicado que había un desfase en superficie de la parcela de unos particulares y se le iba a dar un uso diferente para las vías del tren, por lo que se firmó un convenio "con el que se pretendía compensar esos usos". Además, ha asegurado que la operación fue "amparada por el pleno y los informes técnicos" y dijo que en todo caso pudo haber "un desfase procedimental administrativo", pero no un delito.