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El Supremo opta por aplicarle la doctrina Parot al 'violador del Vall d'Hebron' que volverá a prisión

  • Cumplió 16 de los 311 años a los que se les condenó por 17 violaciones
  • Salió de la cárcel en septiembre de 2007 y ahora tendrá que volver para terminar su condena
  • Por esta doctrina se aplica beneficios penitenciarios a toda la pena y no a cada condena

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El violador de la Vall d'Hebrón, volverá a ingresar en prisión

La Sala Segunda del Tribunal Supremo (TS) ha remitido vía fax a la Audiencia de Barcelona su fallo sobre la petición de la Fiscalía para que le sea aplicada la 'doctrina Parot' a José Rodríguez Salvador, conocido como el 'violador de la Vall d'Hebron', lo que supondrá su reingreso en prisión. Rodríguez Salvador tendrá que volver a prisión para cumplir otros cuatro años de condena, según informa Radio Nacional.

El Alto Supremo ha admitido el recurso de la Fiscalía contra la excarcelación de Rodríguez Salvador, que salió de la cárcel en septiembre de 2007 el pasado año. Cumplió 16 de los 311 años que se le impusieron por 17 violaciones. 

Los cinco magistrados del Supremo que estudiaron este miércoles el asunto a puerta cerrada son Adolfo Prego, Julián Sánchez Melgar, José Ramón Soriano, Luciano Varela y Diego Ramos, quien será el ponente de la sentencia que se dictará en los próximos días.

En abril, el TS acordó el pasado mes de abril dejar a la Fiscalía de Barcelona recurrir dicha excarcelación en un auto en el que decidió permitir recurrir los autos de licenciamiento definitivo de los delincuentes y en el que unificó su doctrina tras mantener posiciones no siempre unánimes al respecto.

La resolución estimó así parcialmente el recurso de queja de la Fiscalía contra el auto de la Audiencia de Barcelona, que en 2007 denegó la pretensión del representante del Ministerio Público y la acusación particular de recurrir ante el Supremo.

Las acusaciones pretendían que se le aplicara dicha "doctrina Parot" -dictada por el TS en 2006-, que descuenta los beneficios penitenciarios sobre cada condena e impone su cumplimiento sucesivo, pero la Audiencia de Barcelona concluyó que la liquidación de condena que se hizo a Rodríguez Salvador en 1999 era firme.

El Alto Tribunal declara nulo y sin efecto el auto de 21 de septiembre de 2007 que dictó la Audiencia Provicial de Barcelona sobre el licenciamiento definitivo del violador y remite las actuaciones a este órgano "a fin de que, tras las diligencias que sean pertinentes, dicte una nueva resolución con arreglo a derecho". .

¿Qué es la 'doctrina Parot?

En 2006, una sentencia del Tribunal Supremo abrió la puerta al cumplimiento íntegro de las penas para los presos juzgados con el Código Penal de 1973. Se trata de la 'doctrina Parot', llamada así porque fue la respuesta a un recurso interpuesto por el etarra Henri Parot.

La 'doctrina Parot' establece que los beneficios penitenciarios se deben computar sobre cada una de las condenas impuestas y no sobre el total de la pena.

El Supremo decidió entonces unificar en una sola pena de 30 años todas las condenas que pesaban contra él. De esta forma, Parot, que estaba condenado a 26 penas que sumaban 4.799 años de prisión, tendrá que permanecer en la cárcel el máximo permitido por el Código con el que fue juzgado, sin posibilidad de reducción.

¿Cuándo saldrá de la cárcel?

El 'violador de la Vall d'Hebron', José Rodríguez Salvador, volverá previsiblemente a la cárcel donde tendrá que pasar cuatro años que sumados a los 16 que ya ha cumplido harán los 20 años de internamiento máximo en prisión. En casos de terrorismo la estancia máxima es de 30 años.

¿A quiénes se les puede aplicar la 'doctrina'?

Este no es el único caso en el que se plantea la aplicación de la 'doctrina Parot'. El más conocido es el caso del terrorita de ETA Iñaki de Juana Chaos a quien no se le ha aplicado. En los últimos días se habla de aplicársela a condenados por delitos sexuales como el asesino de las niñas de Alcásser, Miguel Ricart, y el conocido como 'violador del ascensor', Luis Gallego.