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La firma textil Mango cierra un año brillante superando los 3.700 millones de euros en facturación y alcanzando un beneficio récord de 242 millones. La compañía prosigue su expansión global sumando 260 nuevas tiendas y alcanzando los 18.000 empleados.

Los tres hermanos Andic controlan el emporio familiar a través de Punta Na Holding tras heredar las acciones a partes iguales. Pese al relevo y a ingresar 204 millones en dividendos, la dirección descarta por el momento cotizar en bolsa. FOTO: AFP / MANAURE QUINTERO

Ahora mismo en España hay unos 800.000 supervivientes de cáncer en edad laboral.

Casi la mitad ha tenido dificultades para hacer su trabajo, y 1 de cada 4 se ha visto directamente obligado a dejar su empleo.

No tiene por qué ser así. Se ha elaborado una guía que explica qué se puede hacer para ayudar a los pacientes de cáncer en el trabajo.

La han realizado entre empresas e instituciones como la Asociación Española Contra el Cáncer.

Pacientes y empresas elaboran un protocolo laboral para incorporar a los más de 110.000 trabajadores que cada año sufren un diagnóstico de tumor.

Proponen más flexibilidad horaria para el enfermo y horas para que el empleado pueda acompañar a los tratamientos al familiar enfermo

En Aquí hay Trabajo hemos hablado con Ana Monroy, gestora de proyectos de atención a pacientes.

¿Qué se puede hacer desde las empresas para ayudar a los enfermos que se han curado o están curándose de un cáncer?

Hay que recordar un básico: cuando vuelves a tu trabajo con secuelas, no vale un despido porque sí, hay que hacer lo imposible para adaptar el puesto.

A una seguidora del programa Aquí hay Trabajo, su médico le ha dado un informe para que le adapten el puesto de trabajo.

Pero su mutua lo ha revisado y dice que es “apta” para realizar su tarea. La empresa le dice que le adaptan el puesto de trabajo si cambia el turno que tiene desde hace 6 años.

El inspector de Trabajo recuerda que es el médico del servicio de prevención de la empresa el que tiene que evaluar al trabajador para ver si es apto o no.

Ni la mutua, ni el médico de cabecera son los que determinan si es apta o no.

La semana pasada en Aquí Hay Trabajo hablamos de una nueva sentencia del Tribunal Supremo que obliga a las empresas a pagar el permiso de 4 días por causa de fuerza mayor.

Hay quien tiene dudas y lo confunde con el permiso de hospitalización o con llevar al niño al médico.

En esta píldora laboral os contamos las diferencias entre estos dos permisos.

El permiso por por causa de fuerza mayor permite ausentarse del puesto hasta 4 días laborables al año para atender motivos familiares urgentes e imprevisibles.

Se puede disfrutar también por horas.

Mientras que el permiso por hospitalización es un permiso, también pagado, de 5 días laborables para ausentarse del puesto de trabajo por accidente, hospitalización, enfermedad grave de un familiar o de un conviviente. También cubre cuidados posteriores en casa.

Explicamos las diferencias entre esos permisos con tres ejemplos.

Nos ponemos en situación, tenemos que llevar a nuestro hijo a una revisión rutinaria del pediatra. Ni es imprevisto, ni grave, así que no hay permiso pagado que valga, o recuperas las horas o te las descuentan de la nómina. A no ser que tu convenio diga que te lo tienen que pagar.

Otro supuesto: nos llaman del trabajo que nuestro hijo tiene mucha fiebre y tenemos que ir a recogerle. Pues ahí entraría el permiso por fuerza mayor porque es imprevisto y es urgente. Podríamos cogernos las horas que necesitemos o la jornada entera.

Y otra posibilidad, que esperemos que no pase: que a tu hijo le tienen que ingresar, pues ahí entraría el permiso de 5 días por hospitalización.

También puede pasar y se pueden sumar los dos permisos: un permiso por fuerza mayor porque el niño se pone malo repentinamente y otro por hospitalización porque al final lo ingresan.

Castilla y León, al igual que el resto de España, tiene problemas para encontrar trabajadores que cubran las vacantes en sectores como la hostelería, el transporte y la agroindustria. Se trata de un desafío estructural que, como advierte el CES, no es a corto plazo, sino una nueva realidad del mercado laboral que "está aquí para quedarse".

Para hacer frente a los más de 140.000 empleos sin cubrir que hay en todo el país, el CEOE reclama desde el diálogo social un trabajo "digno, estable y con derechos" como "la mejor herramienta para fijar población". Los sindicatos destacan la importancia de las personas migrantes, a las que califican de "fundamentales" para sostener el tejido productivo y cubrir todas las vacantes que las empresas no logran satisfacer.

Foto: EFE / Mariscal

Lo de la antigüedad en el trabajo es muy importante, puede ser la clave que te libre de un despido o que te haga ganar más dinero.

Cuando te despiden y calculan tu indemnización miran tu antigüedad: más antigüedad, más dinero.

La antigüedad influye también en los trienios y cuantos más trienios, más tres años, más dinero. Pero ese concepto solo lo cobras si lo dice tu convenio colectivo.

En los ERES, en los despidos colectivos y en algunos procesos de reestructuración, la antigüedad puede ser un criterio que decida si te quedas en tu trabajo o te vas a la calle o entras en una jubiliación anticipada...

Más cosas de la antigüedad: en muchas empresas se tiene en cuenta para mejoras en el trabajo, por ejemplo para acceder a excedencias o promociones internas.

Por todo esto y más, es muy importante que la antigüedad que te reconozca la empresa sea la real.

Normalmente viene en tu nómina y si no viene pregúntala y que te la den por escrito.

Cuidado porque la antigüedad no es la de tu último contrato.

Si has tenido varios en la misma empresa, con poco tiempo entre uno y otro, normalmente un juez considera que tu antigüedad es la del primer contrato.

En esta píldora de Aquí hay Trabajo hablamos de algo que nos importa a todos los trabajadores: el horario. Porque te condiciona totalmente la conciliación y la vida.

Te contamos dos cambios que tu empresa no puede hacer con tu horario.

El primero es cambiarte el horario de un día para otro. No puede modificar tu horario sin un avisar con tiempo, mínimo 5 días y siempre con justificación.

Otra cosa es un pequeño ajuste temporal porque un compañero se ha puesto malo o ha surgido un imprevisto, pero tampoco es barra libre.

Hay que respetar los descansos legales y también tus circunstancias personales.

Otra cosa que no puede hacer nunca la empresa y que es bastabnte común es mandarte a casa porque no hay tarea, porque no hay trabajo, como si fuese un favor, para que otro día recuperes las horas.

Es es totalmente ilegal. Si no hay trabajo, es responsabilidad de la empresa.Te deben pagar igual y no te puden obligar a recuperar esas horas.

Si no respetan tu horario, puedes denunciarlo ante la Inspección de Trabajo. No olvides que cualquier cambio en jornada, horario o funciones tiene un proceso y no se puede hacer de hoy para mañana.

Tenemos un 10 % de paro y empresas que no encuentran trabajadores, esa es la realidad de nuestro mercado laboral.

Hoy nos fijamos en la parte de los que no encuentran trabajadores y nos quedamos con una pequeña empresa que se ha puesto en contacto con el programa Aquí Hay Trabajo porque tiene 30 trabajadores, pero necesita contratar por lo menos 15 más.

Se trata de Pinturas Carmona, en Benidorm, su gerente lleva más de 30 años al frente de esta empresa Justo Martínez Carmona.

El que quiera trabajar en Pinturas Carmona puede dejar su currículum en la WEB de la empresa, pinturascarmona.com en el apartado trabaja con nosotros.

El buque insignia del gigante español Inditex ha superado por primera vez a la firma estadounidense en una lista que lidera Google y en la que cada vez tiene más peso la inteligencia artificial. Zara ha alcanzado una valoración superior a los 44.000 millones de dólares. El salto confirma, dicen los expertos, su peso internacional gracias a su visión estratégica.

Es la única compañía española incluida entre las 100 marcas más valiosas. Se ha revalorizado un 18 % en el último año, frente a la caída del 17 % de Nike, líder tradicional en moda y deporte.

Foto: EFE

Hablamos de un derecho que tenemos reconocido los trabajadores desde hace poco.

El permiso de hasta 4 días al año por fuerza mayor te lo tienen que pagar, aunque tu empresa o tu convenio no lo diga.

Esto es importante porque hasta ahora, si no ibas al trabajo por una urgencia, por un accidente familiar o porque tu hijo se ponía malo, tenías derecho a cogerte esos días o esas horas, pero te lo podían descontar del sueldo. A no ser que tu convenio dijera que había que pagarlo.

Da igual lo que diga el convenio, desde ya las empresas tienen que pagar los permisos por fuerza mayor sí o sí, lo ha sentenciado el Tribunal Supremo.

Da igual que te cojas un día entero o unas horas, que también se puede.

El fallo del Supremo además dice que cobrar por estos 4 días de permiso, promueve la conciliación y ayuda a que los hombres se impliquen más en las responsabilidades en casa, que las mujeres siguen siendo las que asumen la mayor parte de los cuidados y la atención de la familia.

En Aquí Hay Trabajo queremos recordar que cobrar el sueldo en tiempo y forma, no es un favor, ni un detalle de la empresa, es un derecho con mayúsculas.

Te tienen que pagar en la fecha que dice tu contrato, tu convenio o la costumbre de la empresa. Un día ya es retraso.

En esta píldora laboral te contamos 4 claves sobre el tema.

Número 1. Si tu empresa se retrasa, te debe el sueldo más un 10 % de recargo sobre la cantidad que te debe.

Este interés del 10% también es sobre las pagas extras o cualquier concepto salarial. Si a tu empresa se le olvida el 10 % estás tú para recordárselo y reclamarlo en el juzgado si hace falta.

El tercer punto clave en este tema es que no tienes que demostrar perjuicios, es decir, no necesitas justificar daños o problemas económicos: el recargo se aplica automáticamente.

Por último, si lo de pagar tarde es cada 2 por 3 y es grave, puedes solicitar en el juzgado la extinción de tu contrato.

Si el juez te lo concede tienes derecho a una indemnización equivalente a un despido improcedente y a cobrar el paro.

Recuerda: te tienen que pagar tu salario puntualmente y si no tendrán que sumar un 10 % de recargo.

Si te dan de alta y por lo que sea no estás de acuerdo, existen unos plazos para reclamar y cuidado, porque el primero es muy muy corto.

Solo tienes 4 días naturales para solicitar la revisión del alta.

Además, debes comunicarlo a tu empresa el mismo día o al siguiente día hábil.

Y luego el INSS tiene 7 días para responder. Si en esos 7 días la Seguridad Social no responde, la solicitud se considera denegada y al día siguiente tienes que reincorporarte al trabajo porque el alta médica pasa a ser efectiva.

Si no vas, la empresa te puede sancionar.

Pero no todo está perdido, te queda la justicia, tienes 20 días hábiles para presentar una demanda.

Por último, si estás enfermo, ve al médico. Si se acabó tu baja pueden darte otra por recaída.

Y también puedes solicitar una incapacidad permanente.

En Aquí Hay Trabajo las dudas complicadas las contestan nuestros expertos, pero hay algunas a las que podemos solucionar nosotros.

En esta píldora laboral respondemos a esta duda: ¿tengo derecho al permiso de 5 días por hospitalización si le pasa a mi pareja y no estoy casada?

La respuesta es sí, no hace falta que estés casado ni seas pareja de hecho para que tengas derecho a este permiso pagado, basta con que convivas. Eso sí, tienes que demostrarlo.

Tendrás que acreditar la relación aportando: el empadronamiento, el contrato de vivienda o cualquier otro documento que demuestre la convivencia.

Es más no tiene por qué ser tu pareja. Ese permiso es tuyo si ayudas a un familiar lejano o una amiga o un compañero de piso.

Es para cualquiera que conviva contigo y lo demuestres. Te recordamos son 5 días pagados por hospitalización, enfermedad grave o intervención quirúrjica de un familiar de hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.

Y también es de convivientes. Y esos 5 días, no tienen que ser seguidos, puedes cogerte dos una semana, uno a la siguiente y la que queda más adelante.

Lo ha dicho hace poco el Tribunal Supremo.